Nueva tarifa de peajes, que ascendería a S/5,60, empezaría a regir desde febrero próximo, según lo ordena el Tribunal de París.
Nueva tarifa de peajes, que ascendería a S/5,60, empezaría a regir desde febrero próximo, según lo ordena el Tribunal de París.

Aun cuando en la víspera, la Municipalidad de Lima rechazó la pretensión de Lima Expresa, concesionaria de la Línea Amarilla y de la Vía de Evitamiento, de establecer su “propia interpretación a la cláusula de reajuste de la tarifa de peaje”, la empresa concesionaria aseguró que la tarifa aplicable desde febrero último debe ser de S/5.60, tal como lo establece el Tribunal de París.

El nuevo cálculo se basa –como debió hacerse desde el 14 de octubre del 2018, según explica la empresa en un comunicado– en la fórmula que considera el 50% de la variación del IPC y el 50% de la variación del tipo de cambio sol/dólar.

“Esa es la tarifa que Lima Expresa debería estar cobrando hoy a todos aquellos que usan la Vía de Evitamiento y la vía expresa Línea Amarilla. En ese sentido, trabajaremos con la Municipalidad de Lima para implementar la tarifa antes indicada”, aseguran.

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Pero para empezar con el nuevo cobro tarifario, esperarán a que el Poder Judicial anule la medida anticipada que los obligó a reducir la tarifa a S/5,20. “Este laudo los ha dejado sin sustento técnico”, afirma.

A pesar del fallo a su favor, también advierten que aunque respetarán la decisión arbitral, la nueva fórmula de reajuste tarifario introduce el riesgo de tipo de cambio, lo cual va en contra de lo señalado por especialistas en la materia, como el Banco Mundial, que recomienda “vincular las tarifas de servicios públicos a la moneda local”.

Bajo esa consideración, aseguran, la nueva fórmula expone a los clientes a una mayor volatilidad en el valor de la tarifa y podría tener implicancias significativas a largo plazo, sobre todo porque “la siguiente actualización también estará expuesta a la volatilidad del tipo de cambio”, por ejemplo.

Tomando en cuenta que la decisión del Tribunal Arbitral sobre la aplicación de la fórmula de reajuste de tarifa es técnica y corresponde acatarla porque así lo establecen el contrato de concesión y el ordenamiento jurídico peruano, Lima Expresa invoca “a la Municipalidad de Lima y al Poder Judicial a respetar y permitir la ejecución de lo ordenado por este laudo arbitral”.

Como se recuerda, en enero último el Poder Judicial ordenó reducir a S/ 5,20 la tarifa cobrada a los clientes. “Esperamos que dicha medida judicial sea dejada sin efecto pues claramente contradice lo dispuesto en la referida decisión arbitral”, afirman.

COMPENSACIÓN

La concesionaria también señala que aunque su anterior solicitud de reajuste tarifario fue desestimada por basarse en una fórmula distinta a la validada por el Tribunal, el organismo internacional ha determinado que sí tienen derecho a una compensación por aceptar la postergación de los incrementos tarifarios de años anteriores.

Frente a ello, el Tribunal exhortó a ambas partes “a acordar los mecanismos necesarios que permitan compensar las sumas que pudieran mutuamente adeudarse en relación con las cuestiones objeto de las pretensiones” resueltas en el proceso arbitral.

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