La señora Pamela Moscol de 61 años experimentó uno de los episodios más traumáticos de su vida. Fue el 7 de diciembre del 2016, cuando un vehículo la atropelló en la intersección del jirón Almirante Miguel Grau y Doña Delmira, en el distrito de Surco, mientras paseaba a sus mascotas. A pesar de que el conductor infractor pagó una reparación civil, la señora Moscol denuncia que no ha recibido un trato adecuado por parte de Pacífico Seguros, la aseguradora del vehículo involucrado. Esta situación la ha llevado a enfrentar gastos inesperados, dejándola en una situación financiera precaria, además de adquirir una discapacidad motora registrada en Conadis.
En una entrevista con El Comercio, Pamela reveló que fueron los propios vecinos y transeúntes quienes detuvieron al conductor para que pudiera brindarle ayuda. Sin embargo, destaca que fue su hija quien se encargó de llamar a una ambulancia. Según sus declaraciones, el conductor manifestó “estar apurado” debido a una reunión de trabajo, lo que desencadenó un proceso legal iniciado por el Ministerio Público y que posteriormente se convirtió en un procedimiento judicial.
Pamela señaló que su salud se ha visto afectada a raíz del atropello, incluso hasta el día de hoy. Como resultado, la Corte Superior de Justicia de Lima determinó que el infractor debía pagar una reparación civil de 2 mil 325 soles por lesiones culposas, suma que ya fue saldada. “Como se puede evidenciar, el fallo estableció la responsabilidad del señor”, afirmó. A pesar de que el proceso resultó a su favor, la mujer argumenta que la cantidad recibida no ha sido suficiente para cubrir todos sus gastos, especialmente teniendo en cuenta que quedó discapacitada como consecuencia del atropello. “Yo era una mujer muy independiente, capaz de todo. Ahora no puedo moverme por mí misma, es una situación muy desgastante”, expresó.
El diagnóstico de la invalidez de Pamela fue realizado por su médico tratante y está registrado en un informe privado del año 2016, elaborado por la empresa proveedora de servicios de gestión y control en procesos médicos “Medi-k”. El detalle específico de la invalidez permanente fue “secuelas de traumatismo de nervio de miembro superior”.
Situación con la aseguradora
Moscol optó por realizar solicitudes frecuentes a Pacífico Seguros. Para acceder a dicha aseguradora, revisó la información del SOAT del automóvil, la cual había solicitado al presentar la denuncia policial. Durante este proceso, descubrió que el vehículo involucrado estaba asegurado por dicha compañía. “Verifiqué cuáles eran los requisitos para la indemnización por Invalidez Permanente. Cumplí con la presentación de toda la documentación requerida. Sin embargo, Pacífico emitió una respuesta genérica y carente de un análisis detallado”, dijo.
Mencionó que la compañía concluyó que su solicitud para tener una indemnización por Invalidez Permanente estaba bajo observación, pero sin “ningún sustento”. “Alegan que el ‘informe médico adjunto no indica el grado de invalidez’, es decir, falta algún término técnico que ellos debían solicitar a la clínica donde me realicé los chequeos. Esta comunicación se realizó en agosto del 2018. Al no recibir la respuesta esperada, continué con mis tratamientos, recurriendo a la ayuda de familiares y amigos”, añadió.
En el 2019, Pamela fue finalmente registrada en el Conadis debido a las dificultades motoras que experimenta después del accidente ocurrido en el 2016. “Sin embargo, a pesar de este registro, Pacífico optó por no proporcionar ninguna comunicación y se desvinculó. No cumplieron con la evaluación de invalidez que se esperaba”, comentó.
Respecto a por qué esperó casi tres años para obtener su carné de Conadis, sostuvo que “cuando me enfrenté a este problema en el 2016, quedé con numerosas dificultades para movilizarme. Hasta el 2017, Pacífico Seguros cubrió los gastos de mis atenciones médicas. Sin embargo, al finalizar esa cobertura, solicité a la aseguradora que reconociera mi invalidez, respaldada por un informe médico privado. No obstante, esperé en vano. Además, quiero resaltar que, al no poder moverme, dependo de taxis y me resulta costoso. Por eso, me cansé y me vi obligada a registrarme en Conadis, donde me aceptaron de inmediato, pero me demoro en las diligencias porque, reitero, no puedo moverme”.
Con respaldo legal, Pamela remitió una Carta Notarial a la aseguradora, la cual fue recibida el 23 de setiembre del 2023. Después de reiterar su mensaje, obtuvo una respuesta que indicaba “procederemos con su evaluación”. “El 27 de noviembre del mismo año, respondieron que mi solicitud estaría fuera de plazo, haciendo referencia al Decreto Supremo 001-2004-MTC, que establece que el derecho a solicitar a la compañía de seguros el pago de indemnizaciones prescribe en un plazo de 2 años desde que ocurrió el accidente. No obstante, el Decreto Supremo 021-2005-MTC es la norma actual y modifica la anterior. En ella se establece que el derecho a solicitar indemnizaciones dentro de un plazo de prescripción se extingue”, señaló. Es decir, ya no habría un plazo de vencimiento.
En resumen, plantea que el Decreto Supremo 001-2004-MTC establece que el plazo para solicitar indemnizaciones es de 2 años después del accidente, mientras que el 021-2005-MTC indica que la norma se modificó y, por ende, ya no se tendría vencimiento. Sin embargo, la defensa de Pamela reclama que la aseguradora se estaría apoyando de un decreto anterior para no aceptar su solicitud de indemnización por invalidez.
Pamela afirmó que el 14 de diciembre del 2023 tuvo una reunión con representantes de Pacífico Seguros, pero no logró llegar al acuerdo deseado. Anteriormente, la ciudadana se dedicaba a la administración y al tejido, pero debido al daño en su motricidad, le resulta imposible continuar desempeñándose laboralmente.
Los descargos
El Comercio se contactó con representantes de Pacífico Seguros para solicitar su versión de los hechos. “Se trata de un accidente cubierto por el SOAT. Desde el primer momento, Pacífico asumió las atenciones médicas y la indemnización por incapacidad por un total de 17 mil 234.57 soles; siendo la última carta de garantía emitida el 10 de abril del 2017″, explicaron.
La aseguradora informó que Pamela presentó una solicitud de incapacidad en el 2018, la cual fue observada; y en agosto de ese mismo año se le pidió la documentación necesaria para levantar la observación. “Desde entonces, la señora Moscol no presentó la información requerida ni ningún requerimiento adicional (...). En setiembre del 2023, solicitó que se retome la atención por invalidez y se cumpla con dar atención a los daños y perjuicios ocasionados a su salud. Se le respondió que, de acuerdo con la normativa del SOAT y por lo indicado en el Código Civil, el tiempo para ejercer la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual es de 2 años y ese tiempo ya había transcurrido”, comunicó.
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Pacífico Seguros agregó que se realizó una reunión el 14 de diciembre del 2023, donde se le explicó a Pamela por qué no procedía su solicitud. “Ella y su abogada solicitaron la respuesta escrita y se les envió un correo el 22 de diciembre del 2023, explicando nuestra posición. Cabe indicar también que su registro de Conadis se emite el 19 de noviembre del 2019 y nos lo remite el 25 de setiembre del 2023. (...). En Pacífico tenemos un compromiso con el bienestar de nuestros asegurados y estamos a disposición de las instituciones correspondientes para aclarar cualquier información adicional”, dijo.
“Lo que han cubierto son las atenciones médicas por el atropello. Pero, en este caso, la señora también se ha visto afectada por una invalidez permanente, y eso no ha sido cubierto. No le han compensado el monto por el cual ella ahora está reclamando ante Pacífico, que es por Invalidez Permanente, equivalente a 5 UITs correspondientes al año 2016″, acotó Melina Salas Seminario, la abogada de Pamela.
Por otro lado, al preguntar sobre lo sucedido, la defensa de Lucas Albites, el conductor infractor, señaló que “el proceso al que haces mención es uno concluido, que tiene calidad de cosa juzgada. Como bien mencionas, mi cliente ha cumplido con el pago de la reparación civil en tiempo y forma, así como con las demás obligaciones impuestas por el juzgado. En atención a esto, simplemente agradeceremos que, ante cualquier información que consideren oportuno hacer pública, sean cuidadosos en la revisión de la misma; así como de cualquier mella que se pueda hacer sobre el buen nombre y la honra de mi cliente”.
¿A dónde debo acudir?
Juan Ñahue, abogado especializado en protección al consumidor, explicó que el SOAT es un seguro obligatorio que brinda cobertura a todas las personas involucradas y afectadas en un accidente de tránsito. Según el reglamento, este seguro abarca riesgos como muerte, invalidez permanente e incapacidad temporal, así como los gastos médicos y de sepelio. “Las indemnizaciones por invalidez permanente deben ser pagadas al beneficiario en un plazo máximo de diez días, contados a partir de la presentación de la solicitud, la cual debe cumplir con todos los requisitos”, dijo.
En caso de que surja alguna discrepancia en relación con el grado de invalidez, el expediente será remitido al Instituto Nacional de Rehabilitación (INR). El especialista también señaló que, en caso de que la compañía de seguros se niegue a proporcionar las indemnizaciones correspondientes, los consumidores tienen la opción de recurrir a Indecopi. “Habría una violación al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establece que los proveedores son responsables de la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos (…). Además, cuando se enfrenten a una aseguradora por su negativa para cubrir los gastos médicos derivados de un accidente de tránsito, los consumidores deberán dirigirse a Susalud”, expresó Ñahue.