Unas cámaras de seguridad registraron el momento en que un hombre identificado como Julio César Rojas Mogollón (46) roció gasolina a su pareja e intentó quemarla en la avenida Las Américas, en el distrito de La Victoria. Un transeúnte que pasaba por la zona logró impedir que se concrete el hecho.
El agresor intentó irse del lugar en su moto, pero el serenazgo logró detenerlo y llevarlo a la comisaría de Apolo, junto con la agraviada Brigitte Flores Luna. Ambos fueron trasladados hacia el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, en donde se negaron a pasar el examen del médico legista.
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Tras las diligencias frustradas, la pareja se retiró junta hacia su domicilio en Pueblo Libre. Se supo que la mujer no había interpuesto ninguna denuncia.
El abogado penalista, Carlos Caro, indicó a El Comercio que en casos de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar donde existen pruebas sobre la comisión del delito no hace falta la denuncia de la víctima, ya que la Policía Nacional y el Misterio Público deben actuar de oficio.
“En estos casos el procedimiento es de oficio, no hace falta la denuncia de la víctima, ni siquiera la de los testigos. Estamos hablando de un delito flagrante grave. La fiscalía con las imágenes debe iniciar de oficio un proceso por tentativa de feminicidio”, explicó.
Asimismo, señaló que los agentes policiales y la fiscal de turno, Luz Marina Gonzales Palacios, no actuaron debidamente de acuerdo a las facultades que le otorga la Constitución. El Misterio del Interior informó que Julio César Rojas Mogollón (46) fue liberado esta madrugada por disposición de la citada fiscal.
“El caso estuvo totalmente mal manejado. No hace falta ni siquiera que el fiscal esté presente, ya que en la medida que es un delito flagrante, la Constitución establece que la detención del sujeto se pude producir de inmediato y se lo debe poner a disposición del fiscal. Si este no va a a la comisaría, la policía puede llevara al detenido a la fiscalía para que se decida las diligencias a ordenar”, sostuvo Caro.
El penalista consideró que existe una falta de información por parte de ambas instituciones respecto a lo que les corresponde efectuar de oficio. “Hay un problema de capacitación del personal policial que no sabe cuáles son sus funciones en este tipo de casos graves. Estamos hablando de una potencial muerte. El policía que no actúa está cometiendo un delito de omisión de funciones y puede ser sancionado”, expresó.
Vale precisar que la Guía de Procedimientos para la Intervención Policial, elaborada por la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú (PNP), en el marco de la Ley que previene, sanciona y erradica la violencia contra poblaciones vulnerables (Ley N° 30364), detalla las competencias que tienen los agentes en este tipo de casos.
Una vez detenido el agresor y llevado a una dependencia policial, la fiscalía debe tomar una decisión en las siguientes 24 horas. En ese lapso, Rojas Mogollón deberá permanecer en la comisaría hasta que se presente el pedido de prisión preventiva. Una vez se haga esta solicitud, que lo más probable es que sea de 9 meses, tiempo suficiente para realizar las investigaciones en este tipo de casos, opinó Caro, el Poder Judicial tendrá que tomar una decisión en los siguientes días.
“No debería tomar más de cinco días para que este sujeto sea recluido en un penal. Mientras tanto Rojas tendrá que permanecer en la dependencia policial, no puede ser liberado”, detalló Caro.
-Condenas-
El penalista informó que Rojas Mogollón puede recibir una pena de hasta 35 años, considerando el agravante de haber querido quemar a su pareja. “En hecho que haya una relación entre la chica y el hombre califica el hecho como tentativa de feminicidio. Este delito puede tener una pena similar a la del delito consumado”, dijo.
Además, sostuvo que el hombre que impide que Rojas Mogollón concrete el feminicidio también puede denunciarlo por intento de asesinato, ya que al interponerse entre la pareja estuvo expuesto al peligro inminente de ser quemado por el agresor. La fiscalía podría sumar a su carpeta fiscal este hecho y así incrementar algunos a años a la condena.
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