Regulan recompensas por dar información contra delincuentes
Regulan recompensas por dar información contra delincuentes

Hoy fue publicado el decreto legislativo que establece el pago de recompensas para todos los ciudadanos colaboradores que brinden información oportuna que permita buscar, capturar o ubicar organizaciones criminales, terroristas y responsables de delitos de alta lesividad.

La norma publicada hoy en El Peruano regula las recompensas a favor de los ciudadanos que den información que permita capturar a miembros de una banda criminal, personas vinculadas a ella o que actúen por encargo de estos mismos delincuentes.

También permite dar recompensas para los colaboradores que permitan ubicar organizaciones terroristas, así como presuntos autores y partícipes de uno o más delitos. Todo esto para reducir los índices de criminalidad que afecten el orden y la seguridad ciudadana.

Las entidades que podrán establecer propuestas y efectuar los pagos de recompensas son la Policía Nacional del Perú, a través del Director Nacional de Operaciones Policiales y luego de proponerla ante las comisiones evaluadoras establecidas por la ley.

También las Fuerzas Armadas a través del Jefe del Comando Conjunto y solo luego de proponerla ante la Comisión Evaluadora contra el Terrorismo.

Los ministerios del Interior y de Defensa, conforme lo establezca la comisión evaluadora correspondiente, son los responsables de concretar los pagos de la recompensa y de informar del pago a las comisiones.

SEGURIDAD DE COLABORADORES

Cada ciudadano colaborador es identificado con un seudónimo, clave o código, para que su identidad se mantenga en secreto. El reglamento de este decreto legislativo, el cual será publicado en un plazo de 60 días, establecerá los métodos de protección correspondientes.

Esta información recibirá el mismo tratamiento que la referida en el numeral 2 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N°043-2003-PCM.

EXCLUIDOS

Las recompensas no podrán ser entregadas a miembros de las comisiones evaluadoras de recompensas, miembros de las FF.AA. o policías en actividad, disponibles y en retiro, así como a magistrados del Ministerio Público y personal administrativo del despacho fiscal.

También están excluidos magistrados del Poder Judicial y personal administrativo, los Procuradores Públicos y sus Adjuntos. Tampoco se le pagará a funcionarios, directivos o servidores de entidades públicas que hayan tenido acceso a información privilegiada que le permitan acceder al beneficio.

Tampoco se le pagará a quienes se acojan al proceso de colaboración eficaz por participar en los mismos hechos delictivos.

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