El caso que involucra a Agustín Lozano, presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), ha dado un giro en el ámbito fiscal tras conocerse los alcances de la resolución judicial que había revocado la detención preliminar de 15 días que se dictó contra él y otros implicados por el caso ‘Los Galácticos’.
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Lozano obtuvo su libertad, el 19 de noviembre, gracias a un fallo de la Quinta Sala Penal de Apelaciones, de la Corte Superior Nacional, que dejó sin efecto la decisión del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a cargo de Richard Concepción Carhuancho, el 7 de noviembre.
Incluso, el Ministerio Público había solicitado 36 meses de prisión preventiva contra Agustín Lozano, pero ahora todo ha dado un vuelco debido a una decisión de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada.
¿Por qué la Fiscalía ya no investigará a Agustín Lozano por el delito de organización criminal?
La noche del último martes, 3 de diciembre, la Tercera Fiscalía Supraprovincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada adecuó el delito de crimen organizado al de concurso real de delitos, por la agravante de pluralidad de investigados, a los delitos de fraude a la administración de personas jurídicas, corrupción privada, coacción y lavado de activos, atribuidos a Agustín Lozano Saavedra y otros. En pocas palabras, el Ministerio Público desistió de seguir investigando al presidente de la FPF por el delito de crimen organizado.
Dicha fiscalía argumentó que tomó tal decisión debido a que la Quinta Sala Penal de Apelaciones aplicó la reciente Ley 32138, norma que modifica los presupuestos del delito de organización criminal.
Además, indicó que solicitó al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria que la carpeta fiscal del caso ‘Los Galácticos’ sea derivada a otra Fiscalía Supranacional Especializada, en la que se viene investigando por los presuntos delitos de lavado de activos, fraude a la administración de personas jurídicas y otros delitos a Agustín Lozano y otros.
Agustín Lozano era investigado por los presuntos delitos de fraude en la administración de personas jurídicas, lavado de activos, organización criminal, corrupción en el ámbito privado y coacción, entre otros, todos ellos relacionados a su rol como presidente de la FPF.
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De acuerdo con la denuncia fiscal, el dirigente deportivo es acusado de haber tenido participación en la concentración de los derechos de transmisión del fútbol peruano; en la negociación y presunto favorecimiento a la empresa 1190 Sports; en la coacción a clubes que se resistían a sumarse al nuevo contrato con la dueña de los derechos de transmisión; en el gasto realizado para llevar a una delegación de 142 personas que acompañaron a la selección peruana en el viaje por el repechaje al Mundial 2022; la utilización de las instalaciones de la Videna en favor de terceros, entre otros.
¿Qué pasará con las pruebas, allanamientos y testimonios del caso Agustín Lozano?
El fiscal Juan Orihuela, a cargo de la investigación del caso ‘Los Galácticos’, cuestionó al Congreso de la República por emitir la Ley 32138, pues consideró que esa norma los ha “atado de manos” para enfrentar a las organizaciones criminales.
Orihuela explicó que la Quinta Sala de Apelaciones aplicó, durante el debate por el mandato de detención preliminar a Lozano, la Ley 32138, la cual establece qué delitos se pueden considerar bajo el concepto de organización criminal, y tomó en cuenta una casación de la Corte Suprema sobre el caso Orellana.
“El Congreso dio dos normas: primero la 32108, que fue en agosto de este año, y posteriormente la 32138, que es del 19 de octubre. El Congreso modifica la pena para ser considerados algunos delitos bajo organización criminal y establece que los delitos para que sean considerados como organización criminal tienen que ser en su extremo mínimo iguales o mayores a 5 años de pena privativa”, afirmó.
“Esto ha generado un problema grave en muchas investigaciones. El Congreso ha atado de manos a las fiscalías contra el crimen organizado. No solo los delitos como fraude en la administración de personas jurídicas, delitos ambientales, delitos de estafa, podríamos enumerar más de 40 tipos delictivos, han quedado fuera del alcance de poder ser investigados en el marco de una investigación criminal”, agregó.
“La Quinta Sala de la Corte Penal Nacional ha señalado, aplicando la ley dada por el Congreso, la 32138, que los delitos de fraude en la administración de personas jurídicas o corrupción privada ya no estarían sujetos a lo que contempla esta norma, por lo tanto, ya no podrían ser investigados, y se sustenta básicamente en lo también resuelto por la Corte Suprema en la casación que se da el 4 de noviembre de este año, de la Sala Penal Permanente, en el caso Orellana, donde establece que, por principio de legalidad, ya los delitos que no superen el extremo mínimo de la pena ya no pueden ser considerados como crimen organizado”, remarcó.
Orihuela explicó que han tenido que adecuar las imputaciones contra Lozano y los otros imputados debido a que, en el debate de una eventual apelación de la prisión preventiva, la mencionada sala podría argumentar que “la ley 23138 es completamente vigente y no contraviene ninguna convención internacional y que buscarán ampararse “en el principio de legalidad y en lo resuelto por la Corte Suprema”.
“No tenemos otra opción que adecuar la formalización y prisión preventiva, que ya se había solicitado antes de la audiencia, a los alcances de lo señalado por la Sala Penal, porque ellos ya han marcado la cancha de lo que va a ocurrir en esta investigación”, aseguró.
No obstante, enfatizó que sí existen elementos de que los investigados presuntamente habrían cometido el delito en el marco de una organización criminal, pero que ya no pueden continuar investigando bajo dicha tipificación porque la ley 32138 se los impide.
“Quiero ser claro en que ya no existe (el delito de organización criminal) no porque no haya suficientes elementos de que estas personas presuntamente haya cometido el delito en el marco de una organización criminal, simplemente ya no podemos (investigar) porque la ley 32138 no los impide, no es, como algunas personas lo han señalado, que la Fiscalía no tiene suficientes elementos de convicción que prueban la comisión de delitos, la Fiscalía sí lo tiene, tanto es así que en el requerimiento de prisión preventiva y en la formalización de investigación preparatoria se han establecido 20 presuntos hechos de fraude en la administración de persona jurídica. No uno ni dos, sino 20″, manifestó.
El fiscal indicó que se ha solicitado que la carpeta que contiene las acusaciones contra Lozano por el caso ‘Los Galácticos’ sea derivada a la Fiscalía que investiga temas de lavados de activos y se acumule a otro proceso que afronta actualmente el presidente de la Federación Peruana de Fútbol.
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“Atendiendo que en el Subsistema Especializado de Lavado de Activos el señor Lozano, otros directivos y otras personas de la Federación están siendo investigados por lavado de activos y otros delitos, (pedimos) que nuestra investigación se acumule a esa investigación a efectos de que esa investigación pueda verse complementada, fortalecida y que se pueda seguir desarrollando los actos de investigación para poder establecer si al final o no existe la comisión de estos delitos graves”, argumentó.
“Nosotros no estamos señalando que no hay delito, que no se investigue. Todos los delitos de fraude, de corrupción privada, y todos los delitos que se han planteado en la formalización de investigación preparatoria tienen que seguir siendo investigados. Lo que nosotros estamos planteando al señalar a la Quinta Sala que no habría un delito de crimen organizado y por lo tanto se cuestionaría la competencia de este subsistema de la carpeta fiscal y la investigación sea derivada a la Fiscalía de Lavado de Activos para que ellos culminen la investigación”, indicó.
“No estamos dejando que los casos se archiven, no estamos generando de que los hechos ya no sean delitos, nos vemos obligados, y ese es el razonamiento que hemos tenido de que la investigación continúe y estamos buscando la mejor forma de adecuar lo que tenemos ante lo señalado por la Quinta Sala Penal, que está aplicando la norma 32138. El Congreso ha atado de manos a la Fiscalía contra el Crimen Organizado, no nos está dejando investigar muchos delitos, muchos delitos, la sociedad tiene que saber, que van a quedar impunes si esto no se corrige, ya no podremos investigar delitos graves, delitos ambientales, estafas, delitos contra la administración pública si son cometidos por presuntas organizaciones criminales”, precisó.
Ley de Crimen Organizado afectó el caso de Agustín Lozano
Renato Ali Núñez, jefe de la Unidad del Observatorio Judicial del Poder Judicial, indicó que la Ley de Crimen Organizado que aprobó el Congreso viene afectando los procesos, como en el caso de Agustín Lozano.
“Definitivamente la ley de crimen organizado, considero, que ha necesitado un mejor análisis, que es lo que se colocó en su momento en el informe que se remitió al Congreso ha debido de verificar las posibles afectaciones que tiene”, afirmó.
“La gran mayoría de delitos de corrupción de funcionarios tienen sus penas menores de cuatro o cinco años, por lo tanto, van a escapar y tampoco, considero, que tomaron en cuenta la otra gran variedad de delitos adicionales que se cometen, como precisamente es extorsión”, añadió.
“Todo este conjunto de normatividad está afectando varios procesos y conllevando a que se tengan que dejar sin efecto investigaciones o archivar. La misma fiscalía hace poco, con el tema del señor Lozano, tuvo que variar la imputación de crimen organizado por otra diferente ya que ya no se adecúa, y esta adecuación finalmente, considero, tuvo que hacerse necesariamente tomando en cuenta los aspectos que la doctrina y jurisprudencia señalan sobre lo que conforma crimen organizado”, expresó.
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Lozano tiene una investigación seria en el norte por lavado de activos, señaló abogado
Julio García, abogado especialista en derecho deportivo, señaló que sería la Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en delitos de Lavado de Activos la que se encargue de investigar a Agustín Lozano, luego que la Fiscalía de Crimen Organizado decidiera no continuar con la investigación por el delito de organización criminal.
En diálogo con El Comercio, García detalló que en dicha fiscalía se investiga a Lozano Saavedra por el caso de la reventa de entradas. Consideró que en dicho proceso indagatorio hay una demora.
“Genera mucha suspicacia en la forma en que la Segunda Fiscalía de Lavado de Activos ha estado llevando la investigación porque parece que ha estado dormida”, expresó.
Además, remarcó que el caso Lozano sea derivado de una fiscalía a otra representa “un gran golpe” debido a que el nuevo fiscal tendrá que “evaluar todo” y conocer el detalle de una investigación de casi dos años.
“El fiscal de la Segunda Fiscalía (Corporativa Especializada en delitos de Lavado de Activos) tiene que empezar a revisar todo, verá qué cosa le suma, qué cosa encuentra y qué cosa le parece que constituye delito. Hay un retroceso grave”, afirmó García.
Las imputaciones contra Lozano
El abogado detalló que un hecho que llamó su atención fue que en la audiencia en la que se debatió la detención preliminar de Lozano la defensa de él afirmara que sí hubo una reventa de entradas, pero que, supuestamente, no hubo un perjuicio económico a la FPF.
“Si las entradas eran de cortesía y las entradas se entregaron para ser vendidas y las vendieron, entonces cómo que no hubo un perjuicio económico para la FPF. Por supuesto que hubo un perjuicio económico”, argumentó.
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Además, hizo hincapié en el hecho que Lozano habría estado percibiendo su remuneración de la Conmebol a través de la FPF, ya que eso, según advirtió, podría generar un tipo de relación laboral y que más adelante el dirigente reclame beneficios laborales, como CTS y liquidación.
También consideró que los constantes viajes de Lozano al extranjero por su cargo de presidente de la Federación Peruana de Fútbol no generan un arraigo, ya que sus desplazamientos hacia el exterior podrían eventualmente constituir un riesgo de fuga.
Respecto a los casos de lavado de activos, Julio García señaló que “la investigación más sólida, potente y seria” es la que corresponde a su gestión como alcalde del distrito de Chongoyape, en Chiclayo, pues recordó que se han realizado pericias contables a su patrimonio y las sospechas alcanzan hasta sus familiares. Afirmó que dicho proceso avanza lento, ya que aún no se inicia el juicio.
Defensa de Agustín Lozano pide que no se realice audiencia de prisión preventiva
Giulliana Loza, abogada de Agustín Lozano, destacó la decisión del Ministerio Público de no seguir la investigación contra su patrocinado por el presunto delito de organización criminal y que el siguiente paso es que no se instale la audiencia en la que debía analizar el pedido de prisión preventiva contra el presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF).
La abogada indicó que el fundamento para solicitar contra prisión preventiva era que supuestamente él y sus coimputados pertenecerían a una organización criminal, pero que esa tipificación ya fue desestimada.
“Nosotros considerábamos que en este caso, de acuerdo con la tipificación, no existía el delito de organización criminal y este punto la defensa de Agustín Lozano la postulamos y fue aceptada por la Quinta Sala Penal Nacional, que dispuso la liberación de él y otras personas”, refirió.
“El punto esencial aquí es que se han modificado los hechos imputados y, por lo tanto, la calificación jurídica y, por ende, la audiencia que teníamos prevista para el 10 de diciembre, a propósito de un requerimiento de una prisión preventiva que hicieron contra mi patrocinado, tendría que devenir en no instalarse porque si le pidieron la prisión preventiva por supuestamente existir una organización criminal y al no existir ahora una determinación de organización criminal, entenderá que la audiencia no tendrá que realizarse”, agregó.
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Loza explicó que el nuevo fiscal de lavado de activos será el que, en base a los nuevos hechos y la nueva calificación, analizará si corresponde requerir una prisión preventiva. Además, aseguró que dicho magistrado evaluará la legalidad de todas las diligencias realizadas en las investigaciones a Lozano, como los allanamientos.
“El delito más grave que ahora se le imputa a Lozano es el de lavado de activos”
El abogado Carlos Caro, quien ejerció como vocero de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), indicó que en la investigación contra Agustín Lozano el delito más grave es el de lavado de activos, luego que se retirara la imputación de organización criminal.
Además, Caro remarcó que, en el tema del delito de lavado de activos, el Ministerio Público tiene que establecer el delito precedente que sustente su acusación.
El abogado indicó que en la resolución de la Quinta Sala Penal de Apelaciones, que revocó la detención preliminar contra Lozano Saavedra, quedaron fuera los cargos que podrían significar delitos contra la función pública.
“El delito de lavado es el más grave que quedaría, junto con los otros delitos que se ha mencionado, pero todos tienen que ver con la administración de una organización privada porque recordemos que la Federación Peruana de Fútbol es un ente privado por mandato legal, pero ya pone completamente fuera de la órbita delitos lo que podría significar delitos contra la función pública, que era una de las hipótesis que estaba manejando el Ministerio Público”, expresó Carlos Caro.
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“Quedaría el delito de lavado de activos, pero siempre condicionado a que haya un delito precedente. Para que haya lavandería tiene que haber camisa sucia. Se tiene que determinar si hubo fraude en la administración de personas jurídicas, si hubo delito de corrupción privada que está imputando la Fiscalía”, agregó.