Desde el 1 de abril se exigirán tres dosis de la vacuna a mayores de 18 años | Foto: Britanie Arroyo / @photo.gec
Desde el 1 de abril se exigirán tres dosis de la vacuna a mayores de 18 años | Foto: Britanie Arroyo / @photo.gec
Redacción EC

El Gobierno publicó el que dispone la prórroga del estado de emergencia por un plazo de 30 días calendario. Además, la exigencia a las personas mayores de 18 años de presentar su carné de vacunación con las tres dosis contra el coronavirus para ingresar a establecimientos públicos y privados.

La norma publicada hoy, sábado 26 de marzo, indica que la ampliación del estado de emergencia por es a partir del viernes 1 de abril, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del coronavirus.

MÁS INFORMACIÓN | COVID-19: El lento avance en la aplicación de la tercera dosis pone en riesgo a los peruanos

El dispositivo también recuerda que se mantiene el uso permanente de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela).”

Respecto a la presentación de la aplica para todas las personas mayores de 18 años. No obstante, la norma hace incidencia a los trabajadores del sector salud, peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes, y pasajeros del servicio de transporte terrestre y aéreo nacional e internacional.

También pasajeros de transporte urbano. En esa línea alcanza a los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como las personas que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si acreditan haber recibido, en el Perú o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.

MIRA AQUÍ | Vacuna contra el COVID-19: adolescentes de 12 a 17 años recibirán tercera dosis desde este sábado 26

Asimismo la exigencia de las tres dosis contra el COVID-19 permitirá a los residentes mayores de 18 años a que ingresen a los centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas.

Además, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.

La exigencia de las tres dosis de vacuna también alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen acudir a los estadios y coliseos.

SEPA MÁS | COVID-19: ¿dónde pueden aplicarme la tercera dosis y qué tipo de vacuna me corresponde?

La verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento de la aplicación de la vacunación contra la COVID-19, en el Perú o el extranjero, debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.

Trabajadores de los sectores privados y públicos

Toda persona que realice actividad laboral presencial también debe contar con las tres dosis. En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la aplicación de las tres dosis de vacunación contra la COVID-19, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto.

En el caso de empleados del sector público que realicen actividades presenciales es obligatorio la aplicación de las tres dosis.

LEE TAMBIÉN | Link, Bono 210 vía Essalud: consulta con tu DNI si accedes al subsidio

No obstante el Gobierno otorga un plazo máximo de 15 días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para que los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis puedan seguir realizando su actividad laboral presencial.

VIDEO RECOMENDADO

Alberto Fujimori: La reacción de los políticos tras la aprobación del hábeas corpus a favor de su indulto
Los magistrados aprobaron el hábeas corpus presentado por un abogado para anular la decisión que fue en contra del indulto del expresidente.


TE PUEDE INTERESAR

Contenido sugerido

Contenido GEC