Redacción EC

El Gobierno informó que desde el próximo 15 de diciembre, las personas mayores de 18 años tendrán que demostrar que están vacunadas con ambas dosis contra el para poder acceder a espacios cerrados, como centros comerciales, restaurantes y bancos. La misma exigencia rige desde ayer para los mayores de 45 años que deseen realizar un viaje interprovincial terrestre.

De acuerdo al titular del Ministerio de Salud (), Hernando Cevallos, la medida fue adoptada con el fin de incentivar el proceso de y se suma a otras propuestas que ya han sido implementadas en el Perú.

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La manera de poder acreditar haber recibido la inmunización completa es con el respectivo carné de vacunación, sea físico o virtual. En caso de que las personas no puedan demostrarlo, no podrán ingresar a ciertos lugares.

Ante esta disposición surge la siguiente interrogante: ¿Cómo harán las personas que se vacunaron fuera del país? En esta nota te aclaramos algunas dudas.

Acreditación de personas vacunadas en el extranjero

El ministro Cevallos precisó que los ciudadanos que se vacunaron contra el COVID-19 fuera del país y deseen ingresar a establecimientos cerrados o realizar viajes interprovinciales, podrán presentar al personal que lo requiera el documento que se le entregó al momento de su inmunización.

Si uno tiene la acreditación de haberse vacunado en otro país, (esta) vale también en el nuestro”, aseguró el titular del sector. Fuentes del Minsa indicaron a este Diario que la presentación de dicha acreditación también puede ser física o virtual.

Asimismo, Cevallos aclaró que aquello que no realiza el Minsa es certificar la vacunación en otro país “con un nuevo documento”.

Cabe recordar que en setiembre pasado, el Minsa emitió un comunicado señalando que no le compete emitir algún documento que certifique que una persona se vacunó en el extranjero. Esto debido a que una de sus dependencias venía otorgando “un supuesto certificado de vacunación internacional para COVID-19″.

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El sector aclaró en su momento que esa emisión fue sido irregular y no tiene validez legal, y que se estaban tomando las medidas correctivas del caso.

Respecto a los vacunados en el Perú, el ministro de Salud informó, además, que son válidos tanto el carné manual que recibieron las personas en los respectivos vacunatorios del país, como los que se pueden descargar de la , a cargo de dicha cartera.

Pérdida de carné de vacunación del extranjero

De darse este caso la presentación de la acreditación de la vacunación también puede ser virtual. “Si el ciudadano no cuenta con su carné, debe tramitarlo. De acuerdo a un compromiso asumido, todos los países estamos asumiendo la responsabilidad de generar, además de una entrega física del carné, uno de tipo virtual”, señaló Gabriela Jiménez, jefa de Inmunizaciones del Minsa, a un medio local.

La funcionaria explicó que si perdió su carné de vacunación expedido en el extranjero, el ciudadano debe ingresar a la plataforma virtual del país donde se vacunó, donde se le emitirá la respectiva certificación, la misma que es reconocida en nuestro país.

Cabe recordar que en setiembre pasado, el Minsa emitió un comunicado señalando que no le compete emitir algún documento que certifique que una persona se vacunó en el extranjero. Esto debido a que una de sus dependencias venía otorgando “un supuesto certificado de vacunación internacional para COVID-19″.

Actividades permitidas para personas con dos dosis

Desde este lunes 15 de noviembre las personas mayores de 45 años a más con ambas dosis ya pueden acceder al servicio de transporte interprovincial terrestre. La medida se cumple en los cuatro niveles de alerta (moderado, alto, muy alto y extremo) y tiene como objetivo fomentar la vacunación contra el coronavirus.

Asimismo, desde el 15 de diciembre las personas mayores de 18 años con su vacunación completa podrán acceder a espacios cerrados. De acuerdo al ministro de Salud, Hernando Cevallos, se trata de supermercados, mercados, restaurantes u otros comercios.

De igual forma, los choferes y cobradores del transporte público a nivel nacional deberán estar debidamente vacunados para seguir laborando. La medida rige desde el 15 de diciembre y también aplica para los conductores que realizan servicio de delivery.

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A nivel de empresas, estas podrán operar desde el 15 de diciembre de manera presencial siempre y cuando todos sus trabajadores acrediten estar vacunados con las dos dosis contra el COVID-19.

Respecto al ingreso al Perú vía aérea, los compatriotas, extranjeros residentes y extranjeros no residentes mayores de 12 años que provengan de otro país, deberán presentar su certificado de vacunación completa contra el COVID-19 para poder ingresar al país.

Además, para el ingreso a las cadenas de cines nacionales también es obligatorio que la ciudadanía presente su carné de vacunación contra el coronavirus que acredite que recibió ambas dosis. Quienes completen su inmunización podrán consumir alimentos dentro de las salas.

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