El horario de inmovilización social obligatoria en Lima y Callao comienza a las 11:00 p.m. y va hasta las 4 de la mañana del día siguiente. | Foto: GEC
El horario de inmovilización social obligatoria en Lima y Callao comienza a las 11:00 p.m. y va hasta las 4 de la mañana del día siguiente. | Foto: GEC
Redacción EC

Las personas que viven en Lima Metropolitana y el Callao tendrán que cumplir el sábado 29 y domingo 30 de enero con las restricciones dispuestas por el Gobierno, en el marco del estado de emergencia sanitaria por el coronavirus (), vigente desde marzo del 2020 en todo el país.

A pesar de que el ministro de Salud, Hernando Cevallos, confirmó el miércoles que el Consejo de Ministro aprobó la suspensión del toque de queda (inmovilización social), el decreto supremo que hará oficial dicho acuerdo aún no ha sido oficializado hasta ahora a través de las Normas Legales de El Peruano. En consecuencia, continúan vigentes las restricciones actuales hasta el 30 de enero .

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Lima y Callao continúan en el nivel de alerta sanitario alto debido al incremento de casos de COVID-19 en el contexto de la tercera ola de la pandemia en el país, motivo por el cual permanecen vigentes las siguientes disposiciones.

Toque de queda

El horario de inmovilización social obligatoria (toque de queda) en Lima y Callao comienza a las 11:00 p.m. y va hasta las 4 de la mañana del día siguiente. Aunque quedan exceptuados de acatarla el personal que participa en la prestación de los servicios de salud y financieros, medicinas, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio y recojo en local.

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Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo con la norma. También se permite el desplazamiento peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación, sin restricciones por el toque de queda, incluyendo a un acompañante.

Salida de autos particulares

Lima y Callao no tienen la restricción de uso de autos particulares los domingos, pese a figurar en el nivel de alerta sanitario alto. Esto quiere decir que este domingo 30 de enero estará permitido la salida de autos.

Transporte interprovincial

El transporte interprovincial terrestre continúa funcionando de forma libre en Lima y Callao con un aforo al 100%, según lo indicado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Los conductores, pasajeros y tripulación deben utilizar obligatoriamente doble mascarilla (una quirúrgica de tres pliegues debajo y sobre ella otra de tela) o una mascarilla KN95 tanto en los terminales terrestres como dentro de los buses. Adicionalmente, se recomienda el uso del protector facial.

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Además, desde el 10 de diciembre del 2021 se exige el carné de vacunación completa contra el coronavirus a los mayores de 18 años para poder viajar vía terrestre y aérea a nivel nacional.

Acceso a espacios cerrados

A partir del 27 de enero, según lo anunciado por el Minsa, las personas mayores de 40 años deberán acreditar haber recibido la tercera dosis de refuerzo para acceder a espacios públicos cerrados.

La dosis de vacunación puede haber sido recibida en el Perú o en el extranjero. En el caso de que no se cuente con ellas, los pasajeros pueden presentar una prueba molecular con resultado negativo con fecha no mayor a 48 horas antes del abordaje.

Aforo en nivel de alerta alto

Actividades en espacios cerrados

  • Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60% (antes 40%)
  • Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60% (antes 50%)
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% (antes 50%)
  • Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80% (antes 50%)
  • Casinos y tragamonedas: 40%
  • Cines y artes escénicas: 60% (antes 40%)
  • Bancos y otras entidades financieras: 60%
  • Templos y lugares de culto: 60% (antes 40%)
  • Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% (antes 50%)
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60% (antes 50%)
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60% (antes 50%)
  • Eventos empresariales y profesionales: 60% (antes 50%)
  • Peluquería y Barberia: 60% (antes 50%)
  • Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
  • Estadios y coliseos: 50% (antes no permitido)
  • Gimnasios: 60% (antes 40%)

Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias)

  • Artes escénicas
  • Enseñanza cultural
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Baños termales al aire libre
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales al aire libre
  • Mercados itinerantes
  • Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 30% (antes no permitido).

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