El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) recordó que las personas mayores de 18 años pueden acceder a una pensión de alimentos siempre y cuando cumplan una serie de requisitos que detallaremos en esta nota.
Cabe indicar que, la pensión de alimentos para menores de edad es un derecho indiscutible y obligatorio que padres y madres de familia deben cumplir para asegurar el desarrollo integral de sus hijos e hijas.
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¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos contemplados en el Código Civil para que los mayores de 18 años puedan seguir accediendo a una pensión de alimentos, sin importar sin son hijos matrimoniales y extramatrimoniales, son los siguientes:
- Es básico que la persona mayor de edad que recibe este beneficio, que contempla alimentos, vestimenta, vivienda, recreación, salud y educación, curse estudios superiores de manera exitosa, es decir, con notas aprobatorias y tengan un óptimo rendimiento académico.
- Dichos estudios pueden ser tanto universitarios como técnicos. Sin embargo, la edad tope en estos casos es 28 años.
Cesar pensión
Los jueces, entretanto, tienen el criterio de cesar la pensión en caso de que no haya necesidad de parte del alimentista. Por ejemplo, una persona de 22 o 23 años, con título universitario, está en capacidad de tener un empleo; en este caso, el juez toma una decisión en función del criterio de necesidad.
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¿Qué sucede si se incumple con la pensión?
Si el juez fija un monto de pensión y se diera un caso de incumplimiento de la obligación, los hijos e hijas están en condición de solicitar una liquidación de pensiones devengadas, que implica el cálculo de la deuda total y la exigencia del pago completo.
Si los padres no cumplen, pese a las exhortaciones del juez, se iniciará un proceso penal de omisión a la asistencia familiar.
Por ello, se recomienda contar con una buena asesoría legal para que los hijos e hijas tengan el apoyo financiero necesario que les permita culminar sus estudios y desarrollarse como personas.
Recibe orientación
Las personas pueden llamar a la línea gratuita Fono Alegra 1884, donde se brinda orientación y, de ser necesario, se deriva a la oficina más cercana para el patrocinio legal respectivo.
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