Redacción EC

Continúan las críticas al ministro de Salud . Esta vez, el decano del Colegio Médico del Perú (CMP), Raúl Urquizo, informó que la institución recibió una denuncia por el traslado de una bebe desde Cañete hasta el Instituto Nacional de Salud del Niño en Lima.

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La denuncia es por “exposición contra la dignidad del paciente”, señaló Urquizo, lo que viola el Código de Ética. “No puedes poner a un niño en esas condiciones”, dijo.

Urquizo indicó que la denuncia fue presentada por una pediatra del Hospital del Niño ante el Consejo Regional, donde se ha abierto un procedimiento ético disciplinario contra Condori Machado. En esa primera instancia se recaba información y el denunciado puede presentar su defensa. En caso de apelación, la denuncia pasaría al Consejo Nacional, como última instancia.

El presidente Pedro Castillo y el ministro de Salud, Hernán Condori, trasladan a bebé desde Cañete a Lima. Por este caso, una pediatra hizo la denuncia.
El presidente Pedro Castillo y el ministro de Salud, Hernán Condori, trasladan a bebé desde Cañete a Lima. Por este caso, una pediatra hizo la denuncia.
/ ALDAIR MEJIA

Asimismo, el decano del CMP señaló que todo el proceso de investigación es “un poco largo” y podrá terminar en una sanción, “dependiendo de la gravedad de la falta ética” y de la valoración del Consejo Ético. “Puede ser una llamada de atención, suspensión, entre otras”, dijo.

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El médico lamentó que este tipo de procedimiento demoren hasta dos años en algunos casos, por lo que señaló que están buscando acortar los procesos. “Debería durar máximo tres meses”, sostuvo.

El caso

La mañana del pasado 9 de marzo, una niña de solo 10 meses de nacida fue llevada en una ambulancia desde Palacio de Gobierno al hospital del Niño. Previamente, la menor, junto a sus padres, había sido trasladada desde Cañete hasta Palacio en un helicóptero junto al presidente de la República, Pedro Castillo.

El mandatario decidió disponer que un helicóptero del Ejército lleve a la niña y su familia hasta la capital para que reciba atención médica, ya que presentaba “complicaciones congénitas”. A su llegada a Palacio de Gobierno, el ministro de Salud, Hernán Condori, trasladó en brazos a la menor.

Posibles implicancias penales

Walter Palomino, profesor de Derecho penal de la Universidad Científica del Sur, explicó a El Comercio que la actuación del ministro de Salud podría dar lugar a dos posibles escenarios con contingencias penales:

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El primero es que si Condori no siguió los protocolos necesarios para realizar el traslado de la menor de edad en tales condiciones de salud, podría configurarse el delito de exposición al peligro, “que está regulado en el artículo 125 del Código Penal”. Este ilícito penal consiste en exponer a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud a un menor de edad o a una persona que es incapaz de valerse por sí misma.

No es necesario que dicho peligro se concrete efectivamente en un impacto negativo para la vida o salud de la persona, sino que basta con que se acredite la situación de riesgo prohibido, esto es, que exista un contexto de protección provocado por la falta de asistencia o de cuidados, lo que efectivamente evidenciará la probabilidad de una exposición a peligro. La pena vinculada a este delito oscila entre uno a cuatro años de prisión”, sostuvo el penalista.

El posible escenario es que se haya realizado el delito de lesiones culposas. Para ello se requiere que la menor pase por exámenes médicos que muestren que el traslado afectó su salud, al no tomarse las previsiones necesarias.

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La esencia de dicho ilícito penal es que las lesiones hayan sido provocadas por falta de cuidado, al actuarse con negligencia, exceso de confianza, imprudencia o impericia. Tal delito está regulado en el artículo 124 del Código Penal. El castigo es no mayor a un año de prisión si acaso la lesión es leve. En caso la lesión haya sido grave la pena oscilará entre uno a dos años de prisión”, detalló.

Palomino precisó que es importante indicar que en cualquiera de los dos escenarios debería tomarse en consideración que no es la labor del ministro de Salud llevar a cabo, por sí mismo, y sin seguir el protocolo médico apropiado, tal actividad de riesgo. “En lugar de ello, su función está orientada a formular y dirigir las políticas de salud, representar a su sector ante entidades nacionales o internacionales, entre otras. Si acaso el propósito era auxiliar a aquella menor de edad, se debió seguir el protocolo adecuado que garantice su salud y no exposición a riesgo”, consideró.

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