Según el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), alrededor de 150 mil personas en el país presenta algún tipo de cáncer. De este total, el 60% de casos corresponde a mujeres, en su mayoría, diagnosticadas con cáncer de cuello uterino y de mama.
Según el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), alrededor de 150 mil personas en el país presenta algún tipo de cáncer. De este total, el 60% de casos corresponde a mujeres, en su mayoría, diagnosticadas con cáncer de cuello uterino y de mama.
Hernán Medrano Marin

Desde el 2015, el en sus diversos tipos y modalidades se ha convertido en la enfermedad que más muertes causa en el Perú. Según el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), alrededor de 150 mil personas en el país presenta algún tipo de cáncer. De este total, el 60% de casos corresponde a mujeres, en su mayoría, diagnosticadas con y de , mientras que el 40% restante a hombres, con cáncer de próstata y pulmón.

Debido a este contexto y a recurrentes pedidos de la sociedad civil organizada, , con 101 votos a favor, el texto sustitutorio de los proyectos de ley N°5834, N°5977, N°6827, N°7106 y N°7127, con lo que se crea la Ley Nacional del Cáncer y se admite algunas disposiciones.

Congreso de la República aprobó la Ley Nacional del Cáncer

La tiene como como objetivo garantizar la cobertura universal e integral de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos, a fin de garantizar el acceso al derecho fundamental a la salud en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación.

A continuación todos los detalles de la norma:

Principales disposiciones de la Ley

- Le ley tiene como fin principal garantizar a toda la población una cobertura universal, gratuita y prioritaria a los servicios de salud cuando tienen algún diagnóstico confirmado de cáncer, sin importar el tipo de esta enfermedad. Se pretende asegurar el tratamiento oportuno y de calidad.

- Se dispone que dichas coberturas se hagan sin restricciones y libre de discriminación, resaltando que la salud es un derecho fundamental de las personas y reconocido en nuestra Constitución.

- En cuanto al ámbito de aplicación, se señala que lo es a nivel nacional a todas las instituciones o empresas públicas, privadas o mixtas que tengan por finalidad la prestación de servicios de salud oncológica, en concordancia con la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud y la normativa vigente.

- Se establece que el Estado debe garantizar el acceso y la cobertura oncológica integral, que deberá incluir, entre otros aspectos, los servicios de prevención, promoción, control y atención oncológica en cualquiera de sus distintas manifestaciones.

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- En ese sentido, se prescribe que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, quien es la entidad rectora en materia de salud del país, formule, implemente y evalúe la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer. Dicha policía pública establecerá los principales lineamientos, los objetivos como país, los indicadores especializados y los estándares mínimos de cumplimiento que posibiliten una atención integral oncológica, considerando como ejes vitales, según previo análisis, la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico oportuno, el tratamiento, la rehabilitación, los cuidados paliativos e investigación del cáncer, entre otros aspectos.

- Se señala que la implementación de la norma se financiará totalmente con cargo a las diferentes Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, tanto públicas como privadas.

- Se considera también que en caso la persona no se encuentre afiliada al seguro social o un seguro privado, o también cuando la cobertura o capas de su seguro sea insuficiente, deberá ser afiliado de manera inmediata y diligente al Seguro Integral de Salud.

- Igualmente, se establece que el Estado, a través de las entidades del sector salud de los tres niveles de gobierno (gobierno nacional, gobiernos regionales y locales), incentivarán y promoverán medidas concretas que fomenten la promoción de la salud, la prevención primaria del cáncer y el control de cáncer a nivel nacional, los cuales tendrán que realizarse de manera igualitaria e inclusiva.

- También se autoriza al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas a implementar y actualizar un Registro Nacional de Pacientes con Cáncer.

- Por último, como disposiciones complementarias, se declara de necesidad pública y preferente interés nacional la organización y ejecución de acciones para la prevención, promoción, control y vigilancia del cáncer de mama y de cuello uterino a nivel nacional.

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Un primer paso en materia normativa

Susana Wong, directora general de “Lazo Rosado” (programa de prevención del cáncer de mama), felicitó al Congreso de la República por la aprobación de la Ley Nacional de Cáncer, y destacó que la norma presenta muchos puntos favorables para la atención de casos de cáncer de forma integral, sin descuidar ninguna parte del proceso, desde que se diagnostica la enfermedad.

Me parece que la ley está muy acertada. Aborda la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación y también los cuidados paliativos. Se busca tratar al cáncer de forma totalmente integral, que es lo que se ha querido hacer desde hace mucho tiempo, pero que cogerá mayor impulso con la aprobación de esta ley”, sostuvo.

Por su parte, Indyra Oropeza, blogger y fundadora de la ONG “Con L de Leucemia”, calificó de “primer gran paso” la aprobación de la norma por el Pleno, ya que “se ha convertido en el primer marco normativo que vela por la atención de todos los pacientes oncológicos sin importar edad o estatus socioeconómico”.

Sin embargo, Oropeza señaló que no se tomaron en cuenta algunas recomendaciones de modificaciones que tanto su ONG, como “Lazo Rosado” y otras asociaciones, hicieron llegar al Congreso. “De todas formas es un gran paso. Esperemos que este o quizá el otro año se puedan añadir nuestras recomendaciones, las cuales nos parecen vitales, pero por algo se comienza”, expresó.

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Propuestas presentadas para que sean incluidas

Entre las propuestas para que se tomen en cuenta presentadas por distintas asociaciones se encuentran:

  • Que se declare el cáncer de mama de interés nacional (el cual finalmente fui incluido en el texto sustitutorio).
  • La actualización del listado complementario de medicamentos oncológicos.
  • La creación del Consejo Nacional del Cáncer .
  • La actualización de las guías de práctica clínica (tratamiento) como máximo cada dos años.

Respecto a que finalmente se haya declarado al cáncer de mama de interés nacional, Wong indicó que esto era un pedido urgente, ya que es el tipo de cáncer de mayor incidencia en mujeres y la primera causa de su muerte en el Perú. Precisó que “cada año 7 mil mujeres son diagnosticadas con cáncer de mama, perdiendo la vida 1.800″.

De igual manera, Oropeza señaló que se hizo especial énfasis en que se incluya este tipo de cáncer (junto con el de cuello interino) en la ley. “Algo que no se daba hace años y que se dio este 2021 es que la incidencia de cáncer de mama le ganó al de pulmón, que ocupaba el primer lugar en mortalidad desde hace 10 años. Que se haya incluido como diagnóstico de interés nacional significa que habrá mucha más información preventiva al respecto y sobre todo acceso para los exámenes preventivos y diagnostico temprano”, resaltó.

Por otro lado, ambas pidieron que más adelante se pueda revisar e incluir las otras propuestas que no fueron tomadas en cuenta en el texto sustitutorio de la ley. Dos de ellas son la actualización del listado complementario de medicamentos oncológicos y la actualización de las guías de práctica clínica.

Indyra Oropeza explicó que así como existe el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME), documento técnico que incluye los medicamentos esenciales para satisfacer las necesidades prioritarias de la salud de la mayoría de la población, también se tiene un listado de medicamentos destinado a los pacientes de cáncer. Esta lista, así como las guías de tratamiento deben ser actualizadas constantemente, debido a los avances científicos y tecnológicos.

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Estamos planeando mandar una carta haciendo énfasis en la actualización de listado complementario de medicamentos oncológicos y la actualización de guías. El tratamiento de cáncer se van actualizando contantemente. Hoy en día existen mil opciones de tratamiento para el cáncer, no puede existir la excusa de que pacientes mueran por falta de acceso a una tecnología mucho más innovadora”, dijo la fundadora de “Con L de Leucemia”.

En ese sentido, Susana Wong agregó que en pleno 2021 sí existen medicamentos altamente efectivos e innovadores para el cáncer, por lo que el pedido es tener acceso a ellos. De igual modo, lamentó que en el Perú se sigan llevando a cabo tratamientos con 20 años de antiguedad.

Oto punto importante es la actualización anual de las guías de práctica clínica. El problema es que cada entidad del sector salud tiene su propia guía clínica de tratamiento, no están unificadas. A esto hay que agregar que en el Perú hay tratamientos que son totalmente obsoletos. Asimismo, tenemos una lista de medicamentos en espera para ser utilizados por los pacientes, pero demoran en llegar por la lentitud del sistema. No están siendo vistos como prioridad”, resaltó.

Otra recomendación que ambas especialistas esperan sea tomada en cuenta es la creación del Consejo Nacional de Cáncer, con el que la sociedad civil organizada podría estar vigilante de todo lo que se haga e invierta en materia de atención del cáncer.

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Pedimos también que el consejo, formado por una cabeza de las instituciones que toman las decisiones en salud, se incluya también a la sociedad civil organizada, a través de tres representantes de asociaciones de pacientes”, comentó Oropeza.

Finalmente, ambas opinaron que es necesario fortalecer la atención primaria, de forma descentralizada, ya que si se pudieran hacer chequeos preventivos anuales a la población, por ejemplo, que vive en zonas alejadas del país, aparte de darle mayor acceso a la salud el Estado podría detectar casos de cáncer en estadios mucho más tempranos.

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