Marchar se realizará el sábado 23 de setiembre.
Marchar se realizará el sábado 23 de setiembre.
Oscar Paz Campuzano

Con voto unánime, esta semana, la Comisión de Defensa del Congreso avanzó hacia la posibilidad de que en el Perú se pueda utilizar la marihuana con fines médicos. A continuación se abordan varios aspectos de la iniciativa.

1 ¿Qué permitiría el proyecto de ley 982/2016?
De aprobarse en el pleno del Congreso, en el Perú quedaría autorizada la producción, importación, comercialización y el uso informado de productos derivados del cannabis con fines exclusivamente medicinales. El lunes, la Comisión de Defensa aprobó el proyecto de ley haciéndole algunas modificaciones a la propuesta original del Poder Ejecutivo, entre ellas, que se permita el cultivo y la producción en el Perú (y no solo su importación como inicialmente se planteaba) bajo estricto control de la autoridad sanitaria.

2 ¿Quién fabricaría productos derivados del cannabis?
Se otorgarían licencias a los laboratorios químico-farmacéuticos debidamente constituidos. Dichas entidades deben cumplir estrictas regulaciones que son aplicadas y supervisadas por el sector Salud. También pueden obtener la licencia, para fines de investigación científica, el Instituto Nacional de Salud, universidades, hospitales y clínicas. Solo las entidades autorizadas pueden cultivar marihuana; el resto de cultivo se incinerará sin perjuicio de las responsabilidades penales.

3 ¿Qué tipo de productos derivados podrían fabricarse?
Los aceites y las pomadas de cannabis son las presentaciones más usuales, explica el pediatra Alberto Gayoso, presidente del Comité de Medicamentos del Colegio Médico del Perú. Existen laboratorios internacionales que producen cápsulas, pero son medicamentos costosos.

4 ¿Se llevará un registro de los pacientes?
El proyecto plantea que los usuarios de productos derivados del cannabis están obligados a registrarse ante la autoridad competente, que deberá ser señalada por el Ejecutivo cuando se reglamente la ley. En este registro, deberá describirse la dolencia o enfermedad, el tipo y cantidad del producto que usa, y datos del “médico tratante especializado”.

Sobre este punto, Gayoso dijo que en el Perú no existe una especialidad en cannabis y podrían pasar dos años para que se concrete. “El proyecto debe modificarse para que médicos con una certificación puedan recetar”, dice. Agrega que su institución capacitó este año a 22 médicos sobre estos tratamientos.

5 ¿Se despenalizará la posesión de los derivados del cannabis?
El proyecto plantea modificar el artículo 299 del Código Penal para precisar que no será delito la posesión de derivados de cannabis con fines medicinales, siempre que sea la cantidad necesaria para el tratamiento recetado.

A propósito de este punto, el martes el Ministerio Público formalizó denuncia contra Ana Álvarez Rudas por la incautación de 5 kilos de marihuana en un laboratorio clandestino en San Miguel. Según la asociación Buscando Esperanza, esa cantidad de marihuana decomisada tenía fines medicinales. El congresista Alberto de Belaunde señaló que existe una figura penal que la exime de responsabilidad.

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