El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) publicó el proyecto del Reglamento de la Ley de Acceso Universal al Agua Potable (Ley N° 32065), también conocida como LAU, la cual establece las disposiciones necesarias para la adecuada implementación de la LAU, a fin de dotar de agua potable a la ciudadanía que actualmente no cuenta con este servicio básico, a través de opciones tecnológicas no convencionales o alternativas.
La Resolución Ministerial N° 281-2024-VIVIENDA contempla la participación de diversos sectores del Ejecutivo, así como gobiernos regionales y locales, y las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), como responsables de las intervenciones para la instalación de los sistemas no convencionales a nivel nacional y, de esa manera, garantizar el acceso al agua potable, principalmente a la población pobre o vulnerable.
A través de estas intervenciones se estima que en un periodo de cuatro años y, de manera progresiva, los 3.15 millones de peruanos que actualmente no cuentan con agua potable accedan por primera vez.
Las tecnologías no convencionales son soluciones temporales que funcionarán hasta que se concluyan las obras tradicionales que permitan llevar el agua potable a cada uno de los domicilios. Entre dichas soluciones destacan las plantas potabilizadoras portátiles y piletas públicas, módulos de agua de lluvia, sistemas de tanque móvil, cisternas y piletas públicas, filtros intradomiciliarios o filtros comunales, entre otras opciones tecnológicas no convencionales.
La población beneficiaria de la LAU es aquella sin acceso al agua potable de los ámbitos urbano y rural, a nivel nacional, principalmente la que se encuentre en condición de pobreza o vulnerabilidad, quienes tendrán un ahorro mensual de hasta S/ 80, pues dejarán de pagar a los cisterneros cerca de S/ 100, realizando un pago de menos de S/ 20 al mes.
Se especifica, además, que también serán considerados beneficiarios de interés social en la LAU -con la participación de los respectivos sectores- los colegios, postas y hospitales, viviendas de interés social, organizaciones de base (como vasos de leche, comedores populares o albergues), comisarías, entre otros.
Mediante la ejecución de las intervenciones se garantiza la dotación de agua potable, la cual debe encontrarse en un rango de entre 20 y 50 litros por persona por día (Lppd).
Banco de Intervenciones de acceso universal
A fin de facilitar la gestión de las intervenciones desde la fase de elaboración del expediente hasta la operación y mantenimiento, a través de la LAU se implementará un Banco de Intervenciones que sistematice todas las acciones.
Este componente tecnológico también permitirá la identificación de las zonas de intervención y reportar la culminación de las mismas. Todo ello estará alineado al Plan de Intervenciones que el Ministerio de Vivienda elaborará y aprobará en coordinación con los gobiernos regionales y locales, y las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, para garantizar una atención efectiva.
Durante el segundo semestre del 2024, el sector Vivienda, Construcción y Saneamiento invertirá más de S/ 22 millones en intervenciones bajo la normativa de la LAU, a fin de beneficiar a más de 100 mil personas que hoy no acceden a agua de calidad, lo que impactará directamente en la mejora de su calidad de vida.
Para asegurar el financiamiento de las intervenciones se cuenta con el Fondo de Inversión para el Acceso al Agua Potable y a los Servicios de Saneamiento (FIAS), con el cual los gobiernos locales y las EPS tendrán los recursos necesarios para los trabajos, así como los recursos que se asignen mediante la Ley de Presupuesto.
Instituciones, estudiantes universitarios, colectivos, academia y público en general pueden dejar sus aportes, comentarios y sugerencias al proyecto de Reglamento de la LAU desde el 18 de agosto hasta el 2 de setiembre, a través de la página web del Ministerio de Vivienda: www.gob.pe/vivienda.
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