La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Diana Miloslavich, reafirmó su postura contra la aprobación del dictamen del proyecto de ley 904/2021-CR, que permite una intervención obligatoria de los padres de familia en la realización de materiales educativos, porque consideró que limita las competencias del Ministerio de Educación (Minedu).
En diálogo con TV Perú, la funcionaria consideró que esta norma limita las competencias del Minedu en la elaboración de materiales educativos. Anunció que el próximo miércoles durante el Consejo de Ministros votará a favor de observar esta ley.
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Al ser consultado sobre si la aprobación de este proyecto de ley estaría limitando las competencias del sector Educación, señaló: “Siempre la institucionalidad que tenemos podrá tener algún ajuste, pero creo que en esa reforma entra también lo que acaba de usted mencionar, sobre la injerencia de otros sectores en los materiales y contenidos, en los programas del Minedu. Yo creo también que esto afecta nuestra rectoría. Yo voto por observar la legislación. Espero tener el apoyo del Consejo de Ministros y del presidente”, indicó Miloslavich.
Esta semana, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) emitió un comunicado respecto a este dictamen que fue aprobado por el Pleno del Congreso con 88 votos a favor, 17 en contra y 13 abstenciones, y quedó exonerado de la segunda votación con 91 votos a favor, 18 en contra y 8 abstenciones.
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“El Congreso de la República aprobó el dictamen del proyecto legislativo denominado Ley que impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos en el Perú, que limita las competencias del Ministerio de Educación para la elaboración de los materiales, textos y recursos educativos y pretende erradicar el enfoque de género en el Currículo Escolar”, indicó el MIMP en el pronunciamiento.
Además, recordó que el Tribunal Constitucional estableció, en su sentencia emitida en el expediente 01479-2018-PA/TC, que el enfoque de género “se presenta como una herramienta metodológica que necesariamente debe ser empleada en el ámbito institucional (y también en el ámbito privado), ya que ayuda a la materialización de las medidas públicas adoptadas para lograr una real igualdad en derechos entre hombres y mujeres”.
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Incluso, remarcó que la Corte Suprema de Justicia emitió sentencia en 2019 respecto a la inclusión del enfoque de género en el currículo de la educación básica, tras el proceso interpuesto por el colectivo Padres En Acción (PEA), y concluyó que “el Estado tiene el deber de erradicar los valores contrarios a la Constitución, educando a los futuros ciudadanos en el respeto irrestricto a los derechos de todas las personas” y que los enfoques, como el cuestionado, que buscan una sociedad más igualitaria no pueden ser sometidos a consulta.
“Hacemos una invocación al Congreso de la República para que reconsideren la decisión tomada hoy, que nos llevará a mantener o agravar la situación de discriminación y violencia que viven nuestras niñas, niños y adolescentes. Esto constituye un retroceso en la garantía de los derechos adquiridos a una educación integral”, advirtió el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
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