Con la presencia del alcalde Jorge Muñoz, esta mañana se realizó la primera sesión ordinaria del Concejo Metropolitano de Lima.
Tal como se había anunciado previamente, la reunión fue difundida públicamente a través de la página web y el Facebook oficial de la Municipalidad de Lima. "Además se han habilitado las galerías para las personas que quieran estar presentes sean ciudadanos o prensa en general", explicó Muñoz. Asimismo, se contó con un traductor de lengua de señas.
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Pese a que las sesiones de concejo son públicas, durante la gestión anterior de Luis Castañeda, no se transmitían y los asistentes a ella estaban prohibidos de tomar fotos.
Los 39 regidores participaron en la cesión. Acción Popular, partido de Jorge Muñoz, tiene cuenta con la mayoría de concejales (21).
-CAJA METROPOLITANA-
Durante la sesión, se aprobó elaborar un informe sobre la situación de la Caja Metropolitana. Según informó El Comercio, al término de la gestión del alcalde Castañeda, la entidad reporta pérdidas por más de S/10 millones.
"Estamos viendo cuál es la utilidad en sí misma de esta caja, si es algo que realmente nos interesa mantener porque hoy en día hay otras instituciones financieras, fuera de la municipalidad, que están dando préstamos o teniendo actividad de esa naturaleza financiera mucho más competitivas", manifestó Muñoz.
De igual forma, se delegó al alcalde la facultad para designar y cesar a los representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima ante la Junta General de Accionistas de la Caja Metropolitana y a los miembros de su Directorio para el período 2019 al 2022.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS REGIDORES
1. Asistir y participar en las sesiones del Concejo Metropolitano y en las comisiones que integran.
2. Formular propuestas debidamente fundamentadas ante el pleno, atender a los vecinos y fiscalizar la gestión municipal metropolitana y distrital.
3. Reciben una dieta por cada sesión a la que asisten. Solo pueden recibir cuatro dietas por mes. Esta será fijada en el primer mes de cada año.
4. Pueden ser vacados tras inasistencias injustificadas a tres sesiones ordinarias consecutivas o a seis no consecutivas durante tres meses.