Mathías Panizo Arana

El Reglamento Nacional de Tránsito establece que la velocidad máxima para recorrer una carretera en automóviles, camionetas y motocicletas es de 100 kilómetros por hora. El límite para el transporte público de pasajeros es de 90 km/h y de 80 km/h para los vehículos de carga. Sin embargo, cuando la autopista cruza centros poblados o las circunvala, todo cambia.

Esto último ocurre en el sector del centro poblado de Bujama, en el distrito de Mala, provincia de Cañete. Entre los kilómetros 89 y 91 de la carretera Panamericana Sur, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutrán) ha iniciado acciones de fiscalización, multando a quienes excedan el límite establecido en dicha zona: 60 kilómetros por hora.

El Reglamento Nacional de Tránsito establece en su artículo 164 que “en vías que circunvalen zonas urbanas [como sucede en el caso de Bujama]” la velocidad no puede superar los 60 km/h, “salvo señalización en contrario”. Es en este tramo, donde los vehículos particulares deberán reducir su velocidad hasta en 40 kilómetros por hora, donde la Sutrán ha iniciado el control por medio de fotopapeletas.

Para dicho fin, la entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha desplegado operativos de fiscalización con cinemómetros -en coordinación con la autoridad distrital y la empresa concesionaria, Coviperu- “a fin de detectar esta falta grave para la seguridad vial que no solo pone en riesgo a los conductores que circulan por la vía, sino que además pone en peligro la vida de miles de ciudadanos del distrito de Mala”, señala la Sutrán.

Cabe señalar que el Reglamento de Tránsito modificó en el 2014 el artículo 324 que permitía a la Policía Nacional del Perú (PNP) detectar infracciones utilizando métodos electrónicos. “Cuando se detecten infracciones al tránsito mediante los medios o mecanismos electrónicos, computarizados o tecnológicos [...] la autoridad competente, en la jurisdicción que corresponda, deberá emitir el acto administrativo que corresponda y aparejarla con el testimonio documental, fílmico, fotográfico, electrónico o magnético que permita verificar su comisión”.

En conversación con El Comercio, Franklin Barreto, exjefe de la División de Prevención e Investigación de Accidentes de Tránsito de la PNP, explicó que esta es la razón por la cual la Sutrán es la entidad que realiza estas acciones en el marco de sus competencias.

Señalética en falta y cuestionamientos

El especialista advirtió que existe un riesgo cuando el cambio de velocidades -como ocurre en el sector de Bujama- no está bien señalizado. “Tenemos vías de circulación que tienen un límite de 100 km/h, pero en cualquier momento que se le ocurra a la autoridad, se cambia la velocidad sin previo aviso”, criticó. “Si un vehículo recorre a 100 kilómetros por hora y [al frente otro vehículo reduce su velocidad a 60], vamos a ver que una persona que acate esto puede ocasionar un mayor perjuicio”, contempló Barreto.

Asimismo, el entrevistado cuestionó que la Sutrán enfoque esta campaña de fiscalización a los vehículos particulares y no a los de transporte público. “Me suena más que el efecto [que busca esta medida] es más recaudatorio que preventivo”, sostuvo, argumentando que la fiscalización en este punto al transporte privado “no soluciona los problemas”. Asimismo, criticó la señalética incorporada en varios tramos de las diversas vías nacionales, puesto que no se asocian a lo dispuesto en el Reglamento y obvian los límites diferenciados que establece la norma. “Si el cartel dice únicamente que la velocidad máxima es de 100 kilómetros por hora, un conductor de bus o de carga peligrosa puede entender que entonces se le está permitiendo avanzar a esa velocidad”, mantuvo Barreto.

Las faltas que implica

Exceder los límites de velocidad es una falta tipificada en el Reglamento de Tránsito como una “muy grave”. Se trata de la infracción M20 y se compone de tres causales que definen el precio de la multa y la cantidad de puntos que se acumulan al récord del conductor.

En primer lugar, está la falta M20a, la cual se impone al conductor que supere el límite máximo establecido hasta en 10 km/h adicionales. En este caso, la multa es de 927 soles y se suman 50 puntos al récord del conductor. Para los casos donde el máximo sea superado en hasta 30 km/h, la multa asciende a los 1.236 soles y los puntos a 60. Esta es la infracción M20b.

La M20c es la infracción más grave en lo que compete a los límites de velocidad. Esta se da cuando el conductor supera los 30 kilómetros por hora adicionales a la velocidad máxima permitida. En tal caso, el monto es de 2.575 soles y los puntos ascienden a 70.

Es decir, si las personas que transitan por la Panamericana Sur con vehículos particulares a una velocidad de 100 kilómetros por hora –el máximo establecido- y hace caso omiso a la señalización ubicada en el sector de Bujama, la multa a recibir sería la M20c. Esto porque se superaría el límite en 40 km/h.

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