Ayer, a través de un oficio firmado por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, se formalizó la entrega del proyecto de ley sobre terrorismo urbano del Ejecutivo al Congreso para su análisis, debate y eventual aprobación. Esta propuesta incluye una disposición complementaria que permite que los miembros de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas denunciados por actos ocurridos durante los estados de emergencia sean investigados y/o procesados por el Fuero Militar Policial.
El documento indica que el artículo 173 de la Constitución Política del Perú dispone que “en caso de delito de función, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional están sometidos al fuero respectivo y al Código de Justicia Militar. Las disposiciones de este o son aplicables a los civiles, salvo en el caso de los delitos de traición a la patria y de terrorismo que la ley determina. La casación a que se refiere el artículo 141° solo es aplicable cuando se imponga la pena de muerte. Quienes infringen las normas del Servicio Militar Obligatorio están asimismo sometidos al Código de Justicia Militar”.
Es en esa línea que el Ejecutivo incluye la disposición complementaria para su ejecución durante la vigencia de estados de emergencia, como se explicó líneas arriba. “Que durante la vigencia de los estados de emergencia sean denunciados por actos realizados en cumplimiento de sus funciones, serán investigados y de ser el caso procesados conforme lo dispuesto en el Código de Justicia Militar Policial, Decreto Legislativo 961, según lo previsto en el artículo 173 de la Constitución Política del Perú”, se lee en la propuesta.
Es preciso resaltar que la declaratoria de estado de emergencia implica restringir algunos derechos constitucionales como la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad de domicilio, la libertad de reunión y tránsito. La medida mencionada actualmente rige en 13 distritos de Lima Metropolitana y 1 en el Callao, desde el 27 de setiembre.
Un informe emitido por este Diario ha señalado que en menos de una semana desde su declaratoria se ha registrado el asesinato de nueve personas. Seis de ellas perdieron la vida en distritos como: Puente Piedra, San Martín de Porres, Ventanilla, Comas e Independencia, donde la medida está vigente.
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Un compromiso saldado
A favor de los fueros militares se mostró el ministro del Interior, José Santiváñez, quien el martes indicó que la propuesta del ejecutivo se justifica porque se trata de temas referidos al ámbito de la función. Asimismo, señaló que la medida busca “proteger” al personal militar y policial.
“Se va a efectuar la propuesta normativa, para que todos los policías y militares, que pudieran ser denunciados como consecuencia del ejercicio de su función, por el uso de sus armas de fuego, sus procesos pasen al Consejo Supremo de Justicia militar, es decir, que no sean vistos por los juzgados civiles, sino por los juzgados militares, ya que estamos hablando de temas referidos al ámbito de la función”, declaró Santiváñez luego de la III Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
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Al día siguiente, durante una conferencia de prensa, el jefe del Gabinete, Gustavo Adrianzén, resaltó que la disposición complementaria es un compromiso del Gobierno con los miembros de las instituciones militares y policiales. “Ese es un compromiso que teníamos con las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para que ellos tengan el respaldo jurídico que necesitan para que puedan actuar en los estados de excepción y lo hagan con las garantías de protección legal correspondiente”, dijo Adrianzén.
Bajo la lupa
El experto en derechos humanos, Percy Castillo explicó que el Fuero Militar Policial solo existe para investigar y sancionar lo delitos de función que puedan cometer los efectivos de las fuerzas del orden, mas no cualquier otro hecho.
Si una denuncia es referida al uso de armas de fuego que ha resultado con el fallecimiento de una persona o causándole heridas, este escenario no sería el indicado para ser juzgado dentro del fuero militar, sino debe ser visto por el fuero común.
“La constitución hace referencia a bienes jurídicos y militares, no lleva a toda denuncia. Ahí es donde hay un error interpretativo de extensión que sería grave si es que intentan que toda denuncia termine en el fuero militar [...] Se entendería como una forma de buscar algún tipo de facilidad en el proceso que no se condice con lo que dice la Constitución y la ley”, dijo Castillo.
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El experto indicó que toda formula que busque impedir establecer la verdad de algún hecho que vincule al Estado, vulnera derechos. “Los Estados no pueden propiciar formulas que pretendan la impunidad. Al contrario, tendrían que propiciar alternativas que favorezcan de la mejor forma a la investigación y sanción de hechos o actos donde se han visto perjudicados los derechos humanos”, agregó el experto en derechos humanos.
Explicó que cualquier policía o militar que hace uso de sus armas de reglamento o retribuciones en el marco de la ley, no va a sufrir ninguna consecuencia. “Tiene que haber investigaciones porque se debe, no basta con las negaciones. No basta decir ‘yo actué conforme a mis consecuencias’. Obviamente las autoridades del Ministerio Público y del Poder Judicial tienen que verificar si es cierto, de ser así nada les va a pasar. No debe haber miedo al examen jurídico que deben hacer los fiscales y los jueces”, aseveró Castillo.
El exministro del Interior Rubén Vargas señaló que existe una falsa conclusión la cual indica que para luchar contra el crimen se tiene que estar al borde del respeto de los derechos humanos. Asimismo, coincidió con Castillo manifestando que el Fuero Militar Policial se encarga de investigar y sancionar delitos de función. “Los hechos dolosos no son delitos de función”, precisó.
Cabe resaltar que la propuesta del Ejecutivo se adjuntaría a un grupo de 17 proyectos de ley de diferentes bancadas. Este Diario informó que el dictamen de ley será modificado previo a su votación en el pleno.