“Invertir en oro es lo más fascinante del mundo y yo te puedo dar una ganancia fija y mensual”, decía en febrero del 2023 la gerente general de Corporación Margaritë frente a las cámaras del programa ‘Ponte las pilas’ de América TV. Seis meses antes, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) había alertado que Margaritë S.A.C. operaba un esquema de financiamiento que no contaba con autorización. Este lunes, la Policía Nacional del Perú (PNP), el Ministerio Público (MP) y la SBS allanaron las oficinas de dicha empresa por haber estafado a cerca de mil personas, recaudando un aproximado de 25 millones de soles.
Margaritë S.A.C. operaba con total ‘transparencia´. Esto pese a que la SBS ha denunciado en al menos tres ocasiones que la empresa había sido identificada por sus actividades financieras informales. Además de promover sus joyas y accesorios personalizados –de oro, playa, cuero y baby alpaca-, Margaritë promovía un sistema de financiamiento que promovía a través de diversos medios de comunicación y redes sociales.
“La modalidad de captación de dinero consistía en ofrecer al público la suscripción de ‘contratos de mutuo’ y ‘contratos de financiamiento’, prometiendo, a cambio de un capital, el pago de una rentabilidad asegurada que oscilaba entre el 10 y 12% mensual, ganancia que supuestamente provenía de invertir dicho dinero en un esquema de ‘Inversiones en Oro’ o ‘Proyecto Oro’”, señaló la SBS.
De acuerdo con el coronel PNP José Cruz, jefe de la División de Estafas, serían cerca de mil personas las afectadas por lo que sería una presunta ‘estafa piramidal’. En total, Margaritë S.A.C. habría recibido cerca de 25 millones de soles por parte de sus aportantes, quienes denunciaron que desde hace tres meses que no estaban recibiendo las supuestas ganancias.
Operaban pese a advertencias
“Esta empresa [fue] constituida para producir y comercializar joyas de oro. Sin embargo, ha estado captando ilegalmente dinero en efectivo sin ningún tipo de regulación, supervisión ni autorización- Desde el año pasado [se le notificó para] que cese este tipo de actividad ilegal y retire la publicidad y que proceda con la devolución del dinero, [pero] no lo hizo”, sostuvo el coronel Cruz.
El jefe de la División de Estafas sostuvo que la intervención se dio luego de que este año se volviera a emitir una notificación. Al hacer caso omiso -contó el policía- se iniciaron las diligencias. “Cuando hemos intervenido hemos encontrado un promedio de 25 a 30 personas, presuntas víctimas. Todas coinciden en indicar que hace tres meses que esta empresa no les paga”, mencionó el coronel.
De acuerdo con la información recopilada por los agentes del orden, el monto mínimo invertido por los usuarios afectados fue de mil soles. Sin embargo, “hemos encontrado contratos hasta por 3,5 millones de soles”, detalló Cruz. Para captar a sus clientes, Margaritë S.A.C. anunciaba por medios de redes sociales que contaban con la autorización de la SBS.
En lo alto de esta empresa se encuentra Rosa Carolina Huertas Canova, quien se desempeña como gerente general de la entidad desde el 2020. La empresa se constituyó bajo la actividad económica de ‘venta al por mayor no especializada’ y mantiene una deuda coactiva de 82.584 soles.
Consecuencias penales
Uno de los delitos por los que se investiga a los involucrados corresponden a aquellos ‘contra el orden financiero y monetario’. Estos están tipificados en el Título X del Código Penal Peruano y, según el coronel de la policía, corresponde al artículo 246 denominado como ‘Instituciones financieras ilegales’.
Esta falta penal está definida como el que “se dedica directa o indirectamente a la captación habitual de recursos del público, bajo la forma de depósito, mutuo o cualquier modalidad, sin contar con permiso de la autoridad competente”. Este delito es reprimido con una pena privativa de libertad “no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa”. Sin embargo, dicho artículo también establece que, si se emplean medios de comunicación social para estos fines, la pena incrementa a “no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa”.
Por otro lado, también se les atribuye haber cometido el delito de ‘violencia y resistencia a la autoridad’, comprendido dentro del Título XVIII que define los delitos contra la administración pública. El artículo 368 del Código Penal establece que quien “desobedece o resiste la orden legalmente impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia detención, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años”.