El partido de fútbol Sporting Cristal vs. Flamengo que está programado para esta noche en el Estado Nacional deberá reprogramarse debido a la inmovilización social obligatoria que ordenó el Gobierno de Pedro Castillo para este martes 5 de abril, según indicó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero.
“(El partido entre Sporting Cristal y Flamengo) se tendrá que reprogramar. No olvidemos que en medidas excepcionales hay acciones extraordinarias que se deben adoptar. Creo que todos somos amantes del fútbol, todos gozamos con los partidos, pero un partido del fútbol no puede anteponerse a la tranquilidad que necesita el país”, declaró a Exitosa.
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El partido entre el equipo de Roberto Mosquera y el club brasileño es parte de la primera fecha del grupo H de la Copa Libertadores 2022 y está agendado para las 7:30 p.m. en el Estadio Nacional.
El titular del sector Justicia destacó que la decisión de la inmovilización social obligatoria se dictó en el marco de las protestas de transportistas a las cuales se plegaron otros sectores con el fin de salvaguardar la seguridad, tras los desmanes e incidentes registrados este lunes.
“Los peruanos son inteligentes y quieren tranquilidad. Ellos quieren trabajar con garantía, no quieren actos de violencia y que los servicios funcionen. Sin embargo, confío en Dios y que los peruanos van a colaborar con esta medida porque es por el bienestar de todos”, manifestó.
¿Qué se podrá hacer durante la inmovilización social?
El Gobierno dispuso la inmovilización social obligatoria entre las 2 a.m. y las 11:59 p.m. de este martes 5 de abril, medida anunciada por Pedro Castillo en un mensaje a la Nación cerca de la medianoche del lunes y refrendada por una norma publicada de manera extraordinaria en el boletín de normas legales de El Peruano.
¿Qué está permitido hacer durante la inmovilización social?
- Atención de servicios de salud, medicinas, agua, luz, gas, combustibles, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
- Farmacias y boticas puedan brindar atención.
- Podrá transitar el personal de prensa escrita, radial o televisiva siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.
- Se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
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