Gobierno prolonga por 10 días más el toque de queda en Puno. (Foto: El Peruano)
Gobierno prolonga por 10 días más el toque de queda en Puno. (Foto: El Peruano)
Redacción EC

El Gobierno prorrogó, a partir del 25 de enero, por 10 días más la inmovilización social obligatoria, más conocida como , de todas las personas en , en medio de las protestas y enfrentamientos que se registran en el Perú.

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A través de un , el Ejecutivo establece que el toque de queda regirá de 8 p.m. a 4 a.m. del día siguiente. Enfatizó que la Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, verificará el cumplimiento de lo dispuesto.

Además, se precisa que, durante la inmovilización social obligatoria, las personas pueden circular por las vías de uso público para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

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Durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, transporte, vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes y hoteles, asistencia, servicios financieros, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y actividades conexas”, se indica en la norma.

Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia”, agrega.

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El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su documento nacional de identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función”, se señala.

El Gobierno remarcó que también se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud, así como, para la adquisición de medicamentos.

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