El Minsa aclaró que la presentación del carnet de vacunación en el transporte público urbano no es obligatorio para los pasajeros, pero sí para el conductor de la unidad y el cobrador | Foto: Renzo Salazar / Archivo El Comercio
El Minsa aclaró que la presentación del carnet de vacunación en el transporte público urbano no es obligatorio para los pasajeros, pero sí para el conductor de la unidad y el cobrador | Foto: Renzo Salazar / Archivo El Comercio
/ Renzo Salazar
Redacción EC

El Ministerio de Salud () aclaró este jueves que la presentación del carnet de vacunación que acredite ambas dosis contra el coronavirus () en el transporte público urbano es obligatorio solo para los choferes y cobradores. En el caso de los pasajeros, es recomendable que estén inoculados.

En el caso del transporte público urbano la disposición es obligatoriedad del uso del carnet para los choferes y cobradores. En el caso de pasajeros es una recomendación que estén vacunados”, precisó Alexis Holguín, director general de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Minsa, en entrevista a RPP Noticias.

MIRA AQUÍ | Minsa confirma 35 nuevos casos de la variante ómicron del COVID-19 y ya suman 47 en Lima

Señaló que los pasajeros están obligados a presentar su carné de vacunación con ambas dosis COVID-19 en el transporte interprovincial. Esta medida aplica para los mayores de 18 años que deseen viajar a cualquier región del país.

Minsa aclara que carné de vacunación en transporte público urbano no es obligatorio para los pasajeros
Minsa aclara que carné de vacunación en transporte público urbano no es obligatorio para los pasajeros


Consultado si el sector Salud dispondrá que en un futuro se exija el carnet de vacunación a los pasajeros del transporte público, el funcionario sostuvo que “no se va a colocar como obligatorio”. “Solo es como una recomendación que estén vacunados. Podrán solicitar el carné solo al cobrador y chofer, en el transporte urbano”, aseveró.

Asimismo, precisó que de momento es obligatorio que solo los mayores de 18 años presenten el documento que acredite su vacunación completa para ingresar a espacios cerrados, viajar en el transporte interprovincial, entre otros. “Todavía no se pedirá (a menores de 12 años)”.

REVISA | La OMS define oficialmente el covid persistente: ¿a quiénes afecta?

RESTRICCIONES POR NAVIDAD Y AÑO NUEVO

El ministro de Salud, Hernando Cevallos, anunció que se ha dispuesto la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y comidas en las playas, ríos y piscinas públicas durante los días 25 y 26 de diciembre del 2021 y los días 1 y 2 de enero del 2022, como medida preventiva en el contexto de la pandemia del COVID-19.

En conferencia de prensa, Cevallos señaló que las personas que acudan a las playas deben portar sus carnet de vacunación y que las municipalidades podrán establecer más restricciones.

Asimismo, la inmovilización social obligatoria (toque de queda) iniciará a las 11 p.m. del viernes 24 de diciembre y finalizará a las 4 a.m. del sábado 25. Lo mismo se aplicará el viernes 31 y sábado 1 de enero del 2022.

VIDEO RECOMENDADO

Ómicron en el Perú: Minsa detectó a cuatro pacientes de COVID-19 con esta variante
El ministro de Salud, Hernando Cevallos, confirmó que en el país se han detectado cuatro casos de la variante ómicron del coronavirus (COVID-19).


TE PUEDE INTERESAR

Contenido sugerido

Contenido GEC