Hernán Medrano Marin

Un informe de la campaña de El Comercio publicado la semana pasada, puso al descubierto la existencia de un grupo de 9 personas que tienen a su nombre 77 minivanes que hacen en la . Todos ellos tendrían el control de este ilegal negocio que ha ocasionado una serie de accidentes, genera tráfico y además está protegido por redes de cobro de cupos y extorsión. Asimismo, una reciente investigación nos otorga más evidencia de la impunidad con la que parecen gozar cientos de este tipo de unidades que recorren esta importante vía.

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Tras analizar y verificar minuciosamente 230 placas de estas unidades en el Servicio de Administración Tributaria () y la ATU, se comprobó que acumulan un total de 1.270 por infracciones graves. Es decir, por cada 100 taxis colectivos que circulan por la Javier Prado se registra poco más de 600 papeletas.

Vale precisar que todas estas multas no han sido pagadas. Se constató que a la fecha la deuda asciende a 1 millón 968.207 mil soles. Es decir, se calcula que por cada 100 minivanes informales de la avenida Javier Prado existe una deuda cercana al 1 millón de soles en multas.

Entre las principales faltas cometidas por los conductores de las minivanes se encuentran: manejar en estado de ebriedad, sin licencia, sin SOAT, sin revisión técnica e incluso dejar a pasajeros en mitad de la pista. En tanto, al inspeccionar una por una las papeletas impuestas este Diario constató que en 3 de cada 10 de estas figura que el conductor del colectivo se negó a identificarse.

Papeletas que no son efectivas

Como parte de una reciente investigación, El Comercio revisó el estado en el que se encuentran cada papeleta de los 230 vehículos analizados anteriormente. Esto se hizo solo a través del sistema del SAT, ya que en el de la ATU no es posible realizarlo. Es decir, se verificaron en total 470 papeletas.

Los resultados muestran la facilidad con la que las papeletas son impugnadas en el sistema del SAT, un procedimiento que se realiza por medio de una red de abogados especializados en dilatar multas hasta lograr su prescripción, aprovechando la carga procesal en cada fase del reclamo, como ha denunciado El Comercio.

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En la muestra recogida en Javier Prado, 137 papeletas figuran como “Pendiente” de pago y 13 como “Pendie-Pr”. Asimismo, 100 papeletas se encuentran bajo “Medida cautelar” y 35 con “Medida-Pr”. En tanto, en el estado de unas 99 multas se lee “En Coactiva” y en otras 27 “En Coa-Pr”, mientras que en 8 papeletas se encuentran con “Expediente Pendiente”.

Vale precisar que “Pr” significa que dicha papeleta ya se encuentra en la parte final de ese proceso. En resumen, un total de 150 multas están a la fecha pendientes de pago (con o sin resolución de la infracción), 135 papeletas están bajo medida cautelar (el órgano jurisdiccional ha suspendido de momento el pago o la orden de captura), mientras que en el caso de 126 papeletas el SAT ya se vale de medios coactivos para hacer efectivo el cobro de la deuda.

Todo esto quiere decir que los infractores solo se ven obligados a pagar el 25% del total de papeletas impuestas, es decir, solo 126 de 470. Esto es así ya que en los otros estados sí es posible seguir impugnando y/o apela una multa a fin de dilatar el proceso y que finalmente este prescriba. Mientras que la papeleta no entre en proceso coactivo, los infractores “no están obligados” realmente a cancelar la deuda. Ellos se valen de esto para seguir operando impunemente en la Javier Prado.

Tomando en cuenta que la deuda por las 470 papeletas registradas en el SAT asciende a 703 mil 149 soles, según calculó este Diario, por el momento los infractores solo “están obligados” a pagar 175 mil soles. El resto de la deuda (528 mil soles) aún puede ser objeto de argucias legales para que se dilate el proceso de cobro.

Un sistema que favorece al infractor

Franklin Barreto, exjefe de investigación de accidentes de tránsito de la PNP, detalló todo el proceso desde que se impone la papeleta hasta que finalmente se hace efectiva o prescribe, según sea el caso.

Cuando un policía (o una cámara, en el caso de las fotopapeletas) impone una papeleta, esta información es registrada ante la autoridad competente, en este caso en el SAT. Estas multas se someten al mismo procedimiento sancionador que rige para cualquier otra multa administrativa (por ejemplo, construir un edificio sin licencia municipal, etc.).

La papeleta es una denuncia. Se denuncia la infracción que se ha cometido ante la autoridad competente que es en este caso es la autoridad administrativa. Si nos situamos en Lima, la denuncia se hace ante la municipalidad y la coge el SAT, que sigue un procedimiento. Una vez que llega la papeleta a ellos, lo que hace la autoridad administrativa es notificar a la persona para iniciar el procedimiento administrativo sancionador”, indicó.

Esta notificación puede demorar por lo menos, en el caso de una fotopapeleta, fácilmente un mes y medio. Una vez que se notifica al infractor este tiene la potestad de poder efectuar sus descargos. Previamente, si paga la deuda puede recibir descuentos de acuerdo a la escala que maneja el SAT.

Efectuado sus descargos o no, se inicia el procedimiento administrativo sancionador hasta que esto se convierte ya en una sanción mediante una resolución, la cual se le tiene que notificar al infractor. Dada esta resolución quien cometió la infracción tiene los medios que prevé la ley del procedimiento administrativo general, es decir, hablamos del recurso de consideración y el de apelación. Por su parte, la autoridad tiene 30 días para poder contestar.

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En caso la autoridad le acepte el recurso al infractor se revierte todo y se anula la resolución. Sin embargo, lo que ocurre normalmente es que la autoridad administrativa se ratifica en su procedimiento y vuelve a notificarlo para que la sanción se haga firme. Recién aquí es cuando la sanción debe ser inscrita en el Registro Nacional de Sanciones. Para esto ya ha pasado un montón de tiempo”, señaló Barreto.

Desde la imposición de una papeleta pueden pasar 4 años sin que esta sanción se haga efectiva, ya que el infractor puede interponer varios recursos para cuestionar la sanción hasta lograr su prescripción. La ley permite presentar descargos, reconsideraciones, apelaciones y otros recursos. Si a esto se suma un abogado experto en dilatar, tenemos la combinación perfecta para perpetuar la impunidad.

Como ha publicado la campaña #notepases, en Lima operan una red de abogados especializados en dilatar multas hasta lograr su prescripción valiéndose de la carga procesal y sin importar el motivo por el que se cometió la infracción.

Este ilegal negocio es el causante de accidentes y tráfico, además de estar protegido por redes de cobro de cupos y extorsión. (Foto: Joel Alonzo/GEC)
Este ilegal negocio es el causante de accidentes y tráfico, además de estar protegido por redes de cobro de cupos y extorsión. (Foto: Joel Alonzo/GEC)

El administrado tiene, además, 3 meses para ir a la vía contenciosa administrativa del Poder Judicial y eso puede durar más de los 4 años que toma en prescribir”, comentó Luis Quispe Candia, director de la ONG Luz Ámbar. En el caso de infracciones de reglas de transporte (impuestas por la ATU), pueden ser hasta dos años.

Mientras se impugna la papeleta, la sanción queda pendiente y el SAT no puede utilizar medios coactivos para cobrar. Es decir, no podrá embargar cuentas bancarias o pedir la captura del auto. Pero cuando la multa queda consentida, el SAT sí es coactivo, explicó Quispe, aunque agrega que solo ocurre con un número reducido de papeletas.