El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente el recurso de agravio constitucional presentado por la empresa de transporte Veintidós, con la intención de volver a circular por el corredor Javier Prado.
La Municipalidad de Lima (MML) informó que la empresa, que circula con la ruta CR-54, solicitaba que la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) cumpla las actas de acuerdos adoptados con el Callao, referidas a autorizaciones otorgadas. El pedido busca que se le permita seguir circulando por las vías del Corredor Rojo.
El TC consideró que “las referidas actas constituyen acuerdos entre Lima y Callao para reordenar el servicio de transporte público urbano e interurbano y adoptar medidas de carácter técnico y legal que faciliten la ejecución de las actuales y futuras políticas municipales con mira a la implementación de un transporte moderno y seguro”.
Además, según la MML, el TC remarcó que dichas actas no constituyen actos administrativos que reconozcan algún derecho específico a la empresa Veintidós que deba ser cumplido por la comuna limeña. Declaró improcedente el recurso de agravio constitucional en sentencia notificada a la GTU el 5 de diciembre.
Para Elvira Moscoso, gerente de Transporte Urbano de Lima, esta sentencia rechaza argucias legales con las que algunas empresas del Callao pretenden retornar a las vías de los corredores complementarios. Remarcó que dichas vías son intangibles como parte del Sistema Integrado de Transporte Público (SIT).
La ruta CR-54 fue retirada en julio de 2016 de ese corredor complementario y, desde entonces, los directivos de la empresa apelan a recursos legales para volver a operar en el eje Javier Prado-La Marina- Faucett. La Municipalidad de Lima recordó que, en agosto del año pasado, la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Lima desestimó un recurso similar.