El líder estudiantil de la oposición venezolana, Lorent Gómez Saleh. (Foto de OSCAR DEL POZO / AFP)
El líder estudiantil de la oposición venezolana, Lorent Gómez Saleh. (Foto de OSCAR DEL POZO / AFP)
/ OSCAR DEL POZO
Agencia EFE

Un juez de condenó al por la expulsión irregular del país en 2014 del activista venezolano Lorent Enrique Gómez Saleh, quien pedía asilo político porque su vida estaba en peligro, pese a lo cual fue enviado a su país.

La decisión la tomó el Juzgado 58 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que condenó al Estado, en cabeza de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, al pago de más de 195 millones de pesos por los perjuicios morales y materiales causados a Lorent Saleh y su madre, Yamile Inmaculada Saleh Rojas, informó este lunes la defensa del venezolano en un comunicado.

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“La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia resultó condenada administrativamente, por la detención del señor Gómez Saleh el 4 de septiembre de 2014, y posteriormente entregar a los brazos de su torturador, régimen de Nicolás Maduro, quien lo tuvo privado arbitrariamente de su libertad y torturado por más de 3 años”, detalló el documento del bufete de abogados Víctor Mosquera Marín.

La defensa consideró que la decisión es “trascendental” porque introduce en la jurisprudencia colombiana el reconocimiento del principio universal de no devolución en favor de los migrantescuya vida e integridad personal corren riesgo en su país de origen.

Además con este fallo se advierte la obligación de asegurarse de que el migrante expulsado pueda escoger un tercer país seguro donde su vida no esté en peligro inminente.

El Gobierno del presidente Juan Manuel Santos (2010-2018) expulsó del país en septiembre de 2014 a Gómez Saleh, presidente de la organización no gubernamental ‘Operación Libertad’, opositora al Gobierno de Maduro.

En su momento Migración Colombia justificó la medida basándose en que tenía facultades para “expulsar a los extranjeros que a juicio de la autoridad migratoria realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública”.

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