SNI: 11.6 millones de peruanos no accede a derechos laborales - 1
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Jorge Toyama

Hace 25 años comencé a investigar y trabajar en el mundo laboral. Desde entonces tuve el honor de gozar de las enseñanzas inagotables del profesor Javier Neves en las aulas universitarias, y de Luis Vinatea en el foro laboral y el desempeño profesional. Ambos grandes maestros, grandes amigos. 

En estos años de experiencia he visto de diversa índole que han transformado todas las instituciones del trabajo: leyes, sentencias, criterios inspectivos y directivas en un sentido u otro. 

Desde 1990, los peruanos hemos vividos dos grandes reformas radicales en lo laboral, cada una con una tendencia opuesta. 

En 1990 comenzó la reforma orientada hacia la flexibilidad laboral. En la búsqueda de atraer inversiones privadas así como reformar la estructura del Estado, se emitieron disposiciones flexibles, modificando –en una década– casi todas las instituciones laborales. En la contratación, se generaron más supuestos para contratar a plazo fijo, se permitió contratar jóvenes hasta casi la mitad de la plantilla o tener trabajadores a través de intermediación laboral hasta el 50% de la actividad principal. También se cambió la reposición por una indemnización ante un despido injustificado, se flexibilizó el cese colectivo, se modificó el derecho colectivo reduciendo derechos de los sindicatos, simplificando la negociación colectiva y dificultando la huelga.

En suma, tuvimos una reforma normativa “feroz” (en los términos de la ). Quizá la mayor expresión de ello fue la intención de desaparecer el para convertirlo en una dependencia del Ministerio de Justicia a fines de la década de 1990.

El primer proceso de reforma culminó en el año 2000. Desde el 2001 se emitieron normas, así como criterios judiciales y administrativos que han seguido una tendencia contraria más cercana a la posición de los trabajadores. Entonces, se limitaron la intermediación laboral y contratación de jóvenes, y a través de criterios judiciales se restableció la reposición en la estabilidad laboral. También se controló más los contratos a plazo fijo y tercerizaciones ficticias, se delimitó abusos y excesos en materia colectiva, etc.

Además, los mecanismos de verificación del cumplimiento de “lo laboral” se han vuelto más fuertes, con mejores inspectores, más multas, inspecciones céleres y una entidad a tiempo completo (Sunafil). Del lado judicial, la justicia oral ha reducido los plazos procesales, mejorado la calidad de las sentencias y obligado a las partes que actúen de buena fe.

Por supuesto, en general, la reforma de la década de 1990 fue aplaudida por inversionistas y empresarios, mientras que fue cuestionada severamente por sindicatos y trabajadores. Las reformas desde el 2002 suponen una inversión de roles: un apoyo del mundo sindical y críticas del sector empresarial. 

Lo cierto es que, tras 25 años, seguimos con el mismo problema. Pese al crecimiento y ciertas mejoras en el empleo, el país no ha podido revertir la amplia informalidad laboral que genera pocos trabajadores productivos, sin empleo adecuado ni seguridad social. Hay incumplimientos laborales, poca cultura previsional, extrema informalidad en la microempresa, baja capacitación, poco diálogo social, entre otros. Estos son los temas relevantes del país, ojalá que pronto una reforma integral se dedique a tiempo completo a atacar estos problemas.