¿Por qué callan las mujeres? Marcela Poirier acaba de ser condenada a un año y ocho meses de prisión suspendida y al pago de S/180 mil por difamación agravada tras denunciar por hostigamiento sexual a su exprofesor, el arqueólogo y exministro de Cultura Luis Jaime Castillo. La denuncia la hizo ante la PUCP y a través de sus redes sociales.
Castillo no ha sido investigado ni sancionado por hostigamiento sexual. La Comisión Frente al Hostigamiento Sexual de la PUCP conoció inicialmente del caso por una publicación que hizo el periodista estadounidense Michael Bartel, quién recogió otros testimonios que acusan a Castillo y que refieren hechos que habrían sucedido entre el 2007 y el 2013. Todos anónimos por miedo a represalias, incluyendo presuntos testigos. La Comisión señaló que habían graves indicios de que las denuncias fueran ciertas, pero no inició una investigación formal y archivó el caso porque los hechos ocurrieron antes de la conformación de la Comisión. La ley que obliga a las entidades educativas a investigar y sancionar estos casos es del 2004. Con o sin comisión conformada, la PUCP debió pronunciarse.
En un análisis simple, uno podría concluir que Castillo tiene razón y que, al no haber sido investigado ni sancionado, cualquier cosa que Poirier señalara en sus redes sociales sobre el particular afectaba su derecho al honor. Pero este no es un caso simple. Es un caso en el que se contraponen el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor. Un caso, además, en que aquello que se silencia se refiere al derecho humano de las mujeres a vivir una vida libre de violencias.
Que los hechos en disputa estén referidos a violencia basada en género no es menor. De acuerdo a estándares internacionales, esa particularidad hace que este caso deba estar revestido de una protección especial. Esto no significa que Castillo no tenga derecho al honor, sino que por los valores en juego este debió ceder ante el otro derecho: el de la libertad de expresión.
¿Por qué? La cuestión no es si Castillo hostigó sexualmente o no a sus ex alumnas. La cuestión es si pueden hacerse denuncias públicas por violencia basada en género cuando la persona acusada no ha sido investigada ni sancionada. Esto es, si se avala el escrache en casos donde suele imperar el miedo y la desconfianza. Casos en los que la otra opción es el silencio.
La denuncia contra Castillo la hace una exalumna, no un medio periodístico. Esto nos señala qué es lo que se busca y ello incide sobre el estándar a aplicar. La PUCP tiene en su haber otros casos de inacción en situaciones de hostigamiento sexual, algunos de ellos vinculados a denuncias anónimas en los que se decide no investigar. Una denuncia pública en este contexto es una forma de buscar activar procesos disciplinarios y de romper con una cultura de tolerancia al hosigamiento sexual que se excusa en especificaciones legales. Al ser hecha por una exalumna, la denuncia busca interpelar y cuestionar la tolerancia, no informar de un hecho noticioso.
Además, la denuncia se hace contra Luis Jaime Castillo, que es una figura relevante en el mundo académico, además de haber sido ministro de Cultura. Su prestigio y rol en el mundo académico hacen que esté sujeto a mayor escrutinio, uno que puede tener también una mirada de género.
La denuncia se hace en redes sociales. Este es, sin duda, uno de los puntos más álgidos. Pero ante sistemas que no funcionan para las mujeres, hoy las redes sociales constituyen un espacio de denuncia y de reivindicación de derechos. Se recurre al escrache como forma de cuestionar las debilidades institucionales y esta es hoy una forma de materializar la libertad de expresión.
Las mujeres no denuncian las violencias que viven a diario. En muchos casos, no lo hacen por miedo a las represalias. La sentencia contra Marcela Poirier, que falla al ponderar los derechos en juego, alimenta ese miedo y perpetúa un sistema de impunidad hacia los agresores. La sentencia contra Marcela Poirier establece el silencio como estrategia.