Carlos Paredes

El nuevo capítulo del enfrentamiento Congreso-Junta Nacional de Justicia (JNJ) nos ha traído una cuota adicional de polarización local y ruido internacional. Al filo de que se venza el plazo de investigación, se filtró a la prensa el proyecto de dictamen elaborado por el equipo técnico de la Comisión de Justicia, liderado por el abogado Max Nicolini Del Castillo. El informe, de exactamente cien páginas, concluía que ninguno de los cinco casos denunciados por la congresista Patricia Chirinos eran causa grave para destituir a uno o más integrantes de la JNJ.

Un sector importante de medios y opinólogos concluyó, inmediatamente, que era una decisión tomada por la Comisión de Justicia contra todo pronóstico. No era así. Se trataba solo de un proyecto de dictamen, que la presidenta Janet Rivas hizo suyo, actuando como ponente, y que puso a consideración de los otros 20 congresistas titulares.

En una larga jornada de deliberaciones en la Comisión de Justicia, bajo la presidencia de la profesora, neófita en asuntos legales, y azarada perulibrista, Janet Rivas; el informe cambió 180 grados: encontró en tres de los casos causa grave y recomendó la destitución de los siete integrantes de la JNJ. Los cambios en los proyectos de dictámenes o de leyes, en comisiones o en el pleno, son una práctica parlamentaria usual, por una razón obvia: no son los asesores los que deciden, sino los congresistas los que lo deben hacer, luego de las deliberaciones del caso, premunidos de la representación que les otorga el voto popular.

Separándonos de la evidente inquina política que está detrás de la investigación a la JNJ, como un capítulo más de esta larga saga de enfrentamiento político de golpes y contragolpes, de uno y otro bando; no es ocioso analizar –con argumentos fácticos– cada uno de los cargos que le achacan a la JNJ.

1.Edad de Inés Tello: El inciso 3, del artículo 156 de la Constitución, y el artículo 10 de la Ley Orgánica de la JNJ son taxativos en señalar el requisito de edad para ser miembro de la Junta. No menor de 45 ni mayor de 75 años. Es un enunciado categórico que no admite dudas ni interpretaciones disímiles. Esta es una limitación etaria explícita de orden objetivo para el ejercicio del cargo, como sucede con los altos funcionarios públicos que no sean de elección popular. Los titulares del JNE, ONPE, CGR, PJ y MP tienen límite de edad fijada en 70 años. Podemos discutir si a los 70 o 75 años una persona todavía está en plenitud de sus facultades físicas e intelectuales, o si resulta discriminatorio poner un límite de edad para el ejercicio de la función pública. Más en estos tiempos en los que la expectativa de vida ha subido en todo el mundo y también en el Perú. Pero en este momento la norma constitucional está escrita en blanco y negro y, mientras no se cambie, es de obligatorio cumplimiento. De todos, sin excepción.

¿Cuál fue la solución de la JNJ, ante este grave inconveniente, para que una de sus integrantes continúe en el cargo? Hacer una “interpretación auténtica” de este artículo constitucional. Para ello, solicitaron opinión vinculante a Servir, institución que respondió de inmediato con un informe que concluía que el límite de edad era para el ingreso, no para el ejercicio del cargo. Los acusadores de la Junta han recordado que su actual secretario general Juan Carlos Cortés Carcelén fue por varios años jefe de Servir. La funcionaria que firmó este informe, Cynthia Su Lay, fue también por varios años subordinada de Cortés Carcelén en Servir. Si no es un conflicto de intereses, podría parecérsele.

Sea como fuere, la Junta no tiene prerrogativa para hacer esta interpretación, menos para favorecer a una de sus integrantes legislando por la vía interpretativa. Evidentemente, al hacerlo, usurparon funciones del Tribunal Constitucional o del Congreso cuando aprueba una ley de desarrollo constitucional. Esta situación es una amenaza letal para su propia legitimidad y para la seguridad jurídica del país. Podría viciar todo lo que están resolviendo, con una de sus integrantes en evidente usurpación de funciones. Mañana un magistrado venal, debidamente destituido por el JNJ, podría recurrir en amparo al Poder Judicial sosteniendo que su separación la firmó alguien que usurpa funciones. Y podría obtener el amparo judicial, si nos ceñimos a la Constitución. El efecto práctico de un amparo de esta naturaleza, convertiría a la JNJ en una institución inservible. Un precio alto para la institucionalidad por la terquedad de la Dra. Inés Tello Valcárcel de Ñecco de aferrarse a su cargo a cualquier costo. Es muy lamentable que una destacada jueza anticorrupción del pasado como ella termine de tan mala manera su carrera pública.

Como argumento de defensa, se han rescatado videos para sostener que la Comisión Especial entendía que el límite de 75 años es para el acceso, mas no para el ejercicio. En uno de esos videos, se escucha al expresidente del TC Ernesto Blume aclarando en la entrevista a Tello como postulante que podía quedarse más allá de los 75 años. En otro video del recuerdo, quedó inmortalizado el exdefensor del Pueblo Walter Gutiérrez pronunciando “por cinco años” el día que le tomó juramento a Tello. No dijo “por ocho meses”, que era el tiempo que le quedaba en funciones antes de cumplir los 75 años, el 10 de septiembre del 2020. Pero también está el registro en video donde José Luis Lecaros, entonces presidente del Poder Judicial, le aclara a Tello que, según el Reniec y la Constitución, de ser elegida solo tendría unos meses para ejercer el cargo. El mismo Walter Gutiérrez, expresidente de la Comisión Especial, le ha confesado al periodista Fernando Vivas cuatro años después que sí se deliberó al respecto en el seno de la Comisión y, en su oportunidad, quedó claro que Inés Tello tenía que cesar al cumplir 75 años. Debía ser reemplazada por el primer accesitario Abraham Siles Vallejos. En todo caso, las opiniones de los comisionados no pueden cambiar de facto lo que establece la Constitución.

En una democracia que se respete no pueden haber excepciones en el cumplimiento de la ley. Peor todavía si los que la incumplen son los que tienen el encargo de supervisar que los magistrados respeten y cumplan las leyes. Los jueces de los jueces y fiscales no pueden ser los primeros violadores de la Constitución.

2. Comunicado a favor de Zoraida Ávalos: No está en tela de juicio si las instituciones debieran pronunciarse por temas de interés nacional o si los miembros de la JNJ pueden o no ejercer su libertad de expresión mientras estén en el cargo. Pero en este caso la Junta tenía varias denuncias (de todo tipo) contra Zoraida Ávalos, que debía de investigar con la imparcialidad que le impone la norma. Y el sentido común. Una de esas denuncias es la que acaba de concluir en una sanción de suspensión por seis meses al haber nombrado a la hija de su comadre e integrante de la JNJ María Zavala como fiscal provincial. Sanción simbólica o tardía porque Ávalos no es más fiscal suprema. En esa posición, los miembros de la JNJ, no pueden adelantar opinión defendiendo explícitamente a Ávalos, ni a ningún magistrado, en un caso que está investigando otro poder del Estado. Son los jueces, no los abogados de oficio de todos los magistrados del país. En su defensa ante el Congreso, han sostenido que, como finalmente la exhortación que hacían en su comunicado, no surtió efecto, porque Ávalos igual fue defenestrada, no se cometió falta alguna. Metafóricamente diríamos que es como si alguien se pasara la luz roja de un semáforo y, como no atropelló a nadie, no cometió la falta.

3. Evidente filtración de información a IDL-Reporteros. Es usual que los periodistas recibamos información de primera mano sobre asuntos de interés público. Si confirmamos la autenticidad de la información nuestro deber es publicarla. Hacer lo contrario sería no cumplir con nuestra función. El problema no está del lado del equipo periodístico que dirige Gustavo Gorriti. La falta grave es de Inés Tello, la magistrada que tiene a su cargo investigar a la fiscal de la Nación Patricia Benavides. ¿Por qué? Porque, habiéndose ratificado IDL-Reporteros en la autenticidad de la información que publicó, y que tiene origen en la JNJ, esto demuestra que se violó dos derechos fundamentales de la investigada Benavides: el debido proceso (se adelantó conclusiones antes de terminar las diligencias de investigación, como quedó demostrado con citaciones a testigos el mismo día de la publicación periodística) y su derecho a la defensa. Esto es grave para una institución que debiera dar el ejemplo, precisamente, a jueces y fiscales, con investigaciones prolijas. Se ha dicho que no hay prueba de tal filtración. Queda claro que del único lugar de donde pudo salir esta información es de la JNJ. En este caso, la magistrada Tello, que tiene a su cargo la investigación, es la responsable, por acción u omisión. No puede sustraerse.

4. No enviar informes anuales al Congreso. El espíritu de la norma constitucional que obliga a la JNJ a enviar un informe anual de sus actividades es la transparencia. Es como la obligación constitucional que tiene el presidente de la República de informar a la nación, a través de la representación nacional, sobre sus acciones de gobierno cada 28 de julio. No es al Congreso que tienen que dar cuenta de sus actividades, sino a la ciudadanía. Simplemente no lo cumplieron. La justificación para su opacidad fue risible: “nunca nos convocaron al pleno”. Quizá los miembros de la Junta estaban esperando que el Congreso les mande una “comisión de invitación”, como se hace con el presidente en Fiestas Patrias.

5. Presionar al Poder Judicial para pronunciarse a favor de Zoraida Ávalos. Este cargo se ha desvanecido por el testimonio del presidente del Poder Judicial Javier Arévalo, quien declaró que nunca nadie lo ha presionado para ese tema, ni para ninguno otro. Era previsible su respuesta. Lo que sí está corroborado, sin embargo, es que se convocó a una sesión extraordinaria de la Sala Plena de la Corte Suprema, a solicitud de César San Martín, para analizar el caso Ávalos y, eventualmente, emitir un pronunciamiento institucional. En la primera citación no hubo quorum, quedó suspendida y se reanudó unos días después. Producida la deliberación, se impuso el criterio de abstenerse, enfureciendo a sus promotores. Si hubo o no presión, o coordinación con la JNJ, no se sabe. Menos se ha demostrado.

Así las cosas, en el Congreso ahora el caso está en fase terminal. Del lado del pacto que ha tomado el control del parlamento sus esfuerzos están por alcanzar los 87 votos para defenestrar a la JNJ, como se hizo con la CNM en el 2018. Solo que esta vez no irán por crear otra institución vía reforma constitucional. Si alcanzan los votos, serán los siete miembros accesitarios, elegidos junto con los titulares en el 2019, los que completen el mandato hasta el último día del 2024. La próxima JNJ debe ser elegida por la comisión especial presidida por el cuestionado defensor del Pueblo Josué Gutiérrez e integrada por los titulares del Poder Judicial, Ministerio Público, contraloría, Tribunal Constitucional y dos representantes de universidades públicas y privadas. O sea, no es que el Congreso impondrá a sus candidatos como nuevos integrantes de la JNJ. Tampoco que los reemplazarán inmediatamente. Ni siquiera sabemos si este parlamento seguirá hasta el 2026. En la política peruana lo único previsible es que todo es imprevisible.

Desde mi punto de vista, el problema principal en esta lucha política es que para la progresía local la sola idea de fiscalizar a su Junta es antidemocrático. Como ahora, los que lideran ciertas instituciones no coinciden con sus ideas o sesgos políticos todo está mal. Todo es ilegítimo, oscuro y hasta mafioso. Aceptar esa narrativa sería como dar crédito a la otra teoría del complot, que afirma que la JNJ quiere destituir a la fiscal Benavides como venganza por haber investigado a Castillo, provocando su estrepitosa caída.

Qué puede ser más profundamente antidemocrático y destruir la institucionalidad que aceptar que, en una democracia, pueden haber intocables. Qué puede ser más corrosivo para el país que reivindicar ese viejo y perverso adagio que dice: “Para mis amigos, todo; a mis enemigos la ley”.

Carlos Paredes es periodista