La Ley 32033, publicada el 20 de mayo del 2024 en “El Peruano”, tiene como objetivo promover el acceso, el uso y la venta de medicamentos genéricos en Denominación Común Internacional (DCI) como parte esencial del derecho a la salud de todos los peruanos. Esta ley establece que las cadenas de farmacias y boticas del sector privado deben tener a disposición del público, del total de su oferta de medicamentos “de marca”, al menos un 30% en la alternativa de medicamentos genéricos. Asimismo, se deben mantener precios asequibles, y promover y desarrollar mecanismos para lograr modalidades de compra mediante la implementación de un sistema de información de precios de productos farmacéuticos con la finalidad de prevenir monopolios y segmentación de mercado.
¿Cómo afecta la Ley 32033 al precio de los medicamentos genéricos? En primer lugar, fomenta la promoción y el uso de estos medicamentos, a fin de que sean más accesibles que los medicamentos de las marcas comerciales. Esto crea una competencia transparente entre ambas, obligando a las marcas comerciales a ajustar sus precios. En segundo lugar, hay una mayor disponibilidad debido a que la ley obliga a las farmacias privadas a mantener un ‘stock’ de medicamentos genéricos. En tercer lugar, aunque no sea un control de precios como en otros países, la ley garantiza opciones económicas de medicamentos esenciales como beneficio para la población en general.
No obstante, ¿qué ocurre con los medicamentos de las marcas comerciales? Pues la Ley 32033 no se enfoca en los medicamentos de laboratorios comerciales o de marcas específicas, sino solo en los medicamentos genéricos en DCI. De esta manera, los medicamentos de marca no están regulados en el Perú y, actualmente, no hay proyectos de ley que busquen establecer regulaciones a medicamentos de grandes empresas farmacéuticas como Pfizer, Novartis o AstraZeneca (piénsese en el Paxlovid para tratar el COVID-19 moderado y grave).
El problema es que muchos de los medicamentos no regulados por esta ley son utilizados en diferentes rubros, tales como la salud mental, las enfermedades neurodegenerativas, la enfermedad cardiovascular, entre otras. Eso deja de lado a un gran porcentaje de la población debido a que simplemente no hay medicamentos genéricos para estos problemas de salud. ¿Y por qué no se regula a los medicamentos de marca como sí se ha hecho con los genéricos? Algunas de las razones son la presión económica de la industria farmacéutica que afectaría la inversión en investigación y desarrollo (se argumenta que los altos precios son necesarios para financiar proyectos), el equilibrio entre la oferta y la inversión en nuevas terapias, el lobby y la influencia política que tienen las empresas farmacéuticas y, finalmente, la libertad de mercado, arguyendo que el mercado debe regularse a sí mismo sin intervención del gobierno, lo que termina dejando a muchos pacientes sin acceso a tratamientos por los precios excesivos.
El tema de la regulación de los medicamentos es un desafío sumamente complejo. En mi opinión, el Gobierno debe tomar cartas en el asunto considerando los intereses de la población por sobre los de las empresas farmacéuticas, limitando la libertad con la que colocan y sacan productos del mercado incrementando los precios, sin perjuicio de crear necesidad en la población al no favorecer la creación de genéricos más accesibles a los estratos socioeconómicos más bajos.
No se trata de estar en contra de lucrar o pretender que las cosas sean gratis, pero hablamos de empresas que sirven a la salud de la gente. Solo por ese motivo, la accesibilidad en cuanto a precios y la garantía de un ‘stock’ suficiente tendría que ser el objetivo. Pero dado que esto es contraintuitivo, el Estado tiene que funcionar como un ente regulador serio. Esto, infelizmente, no ocurre y, en lugar de ello, la salud de los peruanos queda en las manos de los intereses de unos pocos.