La nueva forma de elección de dos integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por parte de los colegios profesionales que no pertenecen a los abogados es inconstitucional y muy peligrosa. La Carta Magna indica que son los miembros de estos colegios los que eligen, por eso esta elección se realizaba a través del voto universal y directo de todos y cada uno de los profesionales.
Sin embargo, la nueva forma de votación (Ley 29521, del 2010), bajo el discurso de promover que algunos de los integrantes de los colegios profesionales menos numerosos tengan chance de llegar al CNM, ha impuesto, primero, la votación indirecta con su famosa asamblea de delegados-candidatos que finalmente elegirá entre ellos a los dos nuevos consejeros. Y, segundo, no ha permitido en los hechos que todos los miembros de estos colegios voten tal como manda la Constitución, dejando de lado a casi el 86% aproximadamente.
Así, no solo se han violado los derechos fundamentales al voto y a la participación de estos profesionales; sino que, además, esa votación ha sido definida solo por el 14% de ellos (133.629), quienes tampoco han tenido una real “elección” (los diez candidatos presentados no tenían competencia dentro de sus propios colegios). Esto ha hecho que la participación democrática de todos los profesionales sea una farsa.
Por todo ello, en el 2009 y el 2010 el colegio de decanos de los colegios profesionales se pronunció contra esta nueva forma de elección, otros lo han hecho este año y dos médicos últimamente (entre ellos un ex presidente del CNM) han presentado una demanda de amparo y medida cautelar para que el Poder Judicial haga respetar sus derechos.
A todo esto le falta además transparencia. ¿Conocemos bien los antecedentes de los diez candidatos? No. Quienes seguimos las tachas vimos uno que resaltaba: el administrador y ex candidato propuesto por el gobierno aprista para el cargo de contralor. El sistema actual fomentó ese desconocimiento, más aun cuando los diez postulantes tenían asegurado desde un inicio (al ser candidatos únicos dentro de sus colegios) la elección. Y ahora que entre los diez elegirán y expondrán a puertas cerradas, se agrava el riesgo para el CNM.
A ello se sumaron los legítimos temores de una presunta injerencia política. El cambio de forma de elección estuvo promovido entre otros por un proyecto de ley (3395/2009-PE) del segundo gobierno de Alan García, que hasta ese momento no había propuesto nada relevante para el CNM. Siendo así las cosas, ¿sería demasiada coincidencia que de entre los diez candidatos salga elegido el administrador en mención?
En todo caso, si de asegurar la representación en el CNM de profesiones con pocos agremiados se trata, hay otras formas menos gravosas como el voto universal y directo pero con alternancia de los elegidos. Teniendo en cuenta lo expuesto y los procesos disciplinarios en el CNM como el de José Peláez Bardales, la elección debe parar: la Comisión de Justicia debe cerrar el debate de la reforma legal, el CNM debiera detener la elección y convocar otra bajo el nuevo sistema y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) debiera acatar. Hay mucho, mucho en juego.