La Ley de Participación Ciudadana, Ley 26300, establece un plazo de 120 días para que el Congreso de la República ponga a debate las iniciativas legislativas ciudadanas. Esto es lo que debió haber ocurrido en el caso de la iniciativa 3839/2014-IC, que propone la despenalización del aborto en caso de violación. Sin embargo, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos pretendió archivarla sin haber invitado siquiera, como corresponde por ley, a los promotores de la iniciativa para que la sustenten en nombre de los más de 60 mil ciudadanos y ciudadanas que la suscribieron. Felizmente, la incidencia ciudadana logró, para el bien de la institucionalidad democrática, que la propuesta se pusiera a debate, aunque fuera tardíamente.
Con ello, el Estado y la ciudadanía tienen la oportunidad de abordar un problema grave de nuestra sociedad, una realidad dura y lacerante frente a la cual no podemos simplemente taparnos los ojos ni atrincherarnos en nuestros prejuicios morales ni creencias religiosas para no resolverlo. Nuestro país lidera la tasa de denuncias por violación sexual en América del Sur. Según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el año 2010 el 34% de niñas y adolescentes entre 10 y 19 años de edad que fueron atendidas en los servicios de los centros de emergencia mujer por ser víctimas de una violación sexual resultaron embarazadas. Para la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud (Minsa), entre las principales causas directas de muertes maternas en adolescentes se encuentra el aborto inseguro (29%). Los opositores de la propuesta han querido desnaturalizar el debate al señalar que estas estadísticas son inexactas.
Lo cierto es que más allá del nivel de precisión de estas cifras oficiales y de las que puedan emanar de estudios independientes, están mujeres, niñas, adolescentes, víctimas de violencia sexual a las cuales la normativa actual pretende obligar a llevar a término un embarazo resultado de una violación, revictimizándola. Como señala la opinión institucional remitida por el Poder Judicial a la Comisión de Justicia del Congreso: “Imponer este tipo de embarazos constituye una violencia estructural contra las mujeres, toda vez que no solo se afecta su libertad de autodeterminación sexual y reproductiva, sino también su integridad personal, su salud física, psíquica, moral y social, haciéndola responsable por la ineficacia e ineficiencia del Estado en combatir la inseguridad ciudadana y la violencia que vive este país”.
En efecto, la mujer agredida sexualmente tiene la condición de víctima no solo respecto del agresor que vulnera su libertad sexual, ultrajándola y humillándola, sino también del Estado que, incapaz de generar las condiciones necesarias de seguridad para que pueda desarrollarse plenamente sin violencia, sin riesgos y sin miedos, opta absurdamente por considerarla delincuente si, como resultado del ultraje, quedara embarazada y optara por interrumpir el embarazo no solo por ser algo que no eligió sino porque es el resultado de un hecho traumático que afecta su proyecto de vida. ¿Con qué derecho el Estado y la sociedad se apropian del cuerpo y del proyecto de vida de las mujeres?
Finalmente, es preciso recordar, una vez más, que la penalización no resuelve el problema, no reduce las violaciones ni los abortos. Su único efecto es que obliga a las mujeres que optan por interrumpir ese embarazo a recurrir a lugares clandestinos poniendo en riesgo su salud y su vida. Mujeres peruanas mueren día a día en esas circunstancias. ¿Por qué persistir en lo absurdo?
¿Por qué no respetar la integridad, la dignidad y el derecho de las mujeres a decidir sobre su vida y sus cuerpos? ¿Por qué no permitir que la maternidad sea siempre el resultado de la voluntad y el amor?