¿Es correcto que el Estado obligue a los ciudadanos a portar su carné de vacunación para acceder a lugares públicos? El médico epidemiólogo Percy Mayta-Tristán y el abogado Alfredo Bullard tratan de responder a estas preguntas en el marco de la tercera ola del COVID-19 en el Perú. (Ilustración: Giovanni Tazza)
¿Es correcto que el Estado obligue a los ciudadanos a portar su carné de vacunación para acceder a lugares públicos? El médico epidemiólogo Percy Mayta-Tristán y el abogado Alfredo Bullard tratan de responder a estas preguntas en el marco de la tercera ola del COVID-19 en el Perú. (Ilustración: Giovanni Tazza)
Alfredo Bullard

¿Es legítimo fumar? Por supuesto. Es parte de nuestra . No le corresponde a la ley prohibir que lo hagamos. Puede causar daño, pero este recae en nosotros mismos.

¿Es legítimo fumar al lado de otra persona que no quiere respirar nuestro humo? Por supuesto que no. Tenemos derecho a que no nos causen daño. No se puede causar, sin justificación, daños a otros.

Fumar o no es un ejemplo del “principio del daño” o “‘harm principle’”, de John Stuart Mill: “cada individuo tiene el derecho a actuar de acuerdo a su propia voluntad en tanto que tales acciones no perjudiquen o dañen a otros”. Es admisible, para un liberal, aceptar la intervención del poder público, por medio de la ley, para preservar este principio.

¿Es legítimo no ? Por supuesto que lo es. Es parte de nuestra libertad. Puede causar daños, pero recaen en nosotros mismos.

¿Es legítimo para un no vacunado imponer a los demás que respiren el aire que exhalamos con el riesgo de contagio? No. No lo es. Tenemos derecho a que no nos causen daños.

La libertad y la ley tienen una relación complicada. Para preservar la libertad, la ley puede ponerle límites razonables a dicha libertad. Esa es la base del ‘harm principle’.

Cuando la ley nos exige acreditar que estemos vacunados para entrar a un centro comercial o asistir a nuestro centro de trabajo está aplicando el ‘harm principle’: evitar que las acciones de los individuos, en principio libres y voluntarias, causen daños. Esos daños son conocidos como “externalidades”; es decir, costos que imponemos (“externalizamos”) con nuestra conducta a los demás.

No revisar los frenos de su carro puede causar externalidades. Si usted no los revisa, puede derivar en que sufra daños por no gastar en revisarlos. Pero también puede dañar a los peatones. Si se admite como derecho no revisar los frenos, morirán más peatones.

Vacunarse no solo evita que uno mismo se enferme. No vacunarse causa externalidades a los demás. Si no admitimos que el contagio es una externalidad, entonces las personas nos vacunaremos menos de lo que deberíamos. Y no solo eso. Al contribuir al aumento de contagios reducimos el acceso a recursos escasos para atender a los enfermos, como camas UCI u oxígeno.

Claro que ello se puede resolver de muchas maneras. Podríamos tener unos supermercados, cines o centros de trabajo para vacunados y otros para no vacunados. Ello ocurría antes, en relación con el cigarro, con las zonas para fumadores y no fumadores en los restaurantes, por ejemplo. Pero el nivel de interacción en la sociedad hace que ello sea inviable.

Por supuesto, usted es libre de no vacunarse. Es parte de su libertad. Pero ello no le da derecho, al ejercerla, de imponernos a los demás el riesgo de contagio que su decisión genera. La autonomía individual no es una licencia para dañar a otros.

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