Augusto Townsend Klinge

Imaginemos que entra al poder un gobierno populista con un discurso fuertemente anti empresarial, acompañado por un en el que no tiene mayoría pero cuyas bancadas endosan ese mismo discurso. Muy al inicio de su mandato, empiezan a aparecer denuncias muy serias que comprometen penalmente al nuevo , y para desviar la atención pública, este decide echar mano de una de sus principales propuestas de campaña: expropiar empresas.

El gobernante cita a su despacho al ministro de Justicia, que es el asesor jurídico del gobierno, y le pregunta: “¿Qué tengo que hacer para poder expropiar empresas? Quiero empezar por estas, porque sus dueños le dieron financiamiento de campaña a mi rival”.

El ministro de Justicia responde que hay un artículo en la Constitución, el 70º, que dice que: “A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago de una indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio”.

“¡Ajá! ¡Ahí está reconociendo que sí podemos hacerlo!”, exclama jubiloso el gobernante, proyectándose al momento en el que gritará “¡Exprópiese!”, cual émulo de un finado expresidente venezolano.

El ministro le hace notar que la Constitución exige tres condiciones para ello. La primera y más importante, es que se pueda acreditar una causa de seguridad nacional o necesidad pública. “¡Fácil!”, dice el gobernante, “podemos decir que son monopolios, que explotan a sus trabajadores o que quieren tirarse abajo a mi gobierno, el pueblo va a comprar cualquiera de esas cosas”.

A quien hay que convencer primero, advierte el ministro, es al Congreso, porque la segunda condición es que este saque una ley que diga cuál es esa causa de seguridad nacional o necesidad pública. “¡No es problema porque ellos van a estar de acuerdo!”, retruca el gobernante, “solo vayamos llamando al ministro de Economía para ir viendo qué obras les vamos a ofrecer a los congresistas en sus regiones para que voten con ganas y se apruebe en dos patadas esa ley, sin que los empresarios tengan siquiera la oportunidad de defenderse”.

“Al menos habrá que pagarles la indemnización correspondiente”, recuerda el ministro, aludiendo a la tercera condición que prescribe la Constitución. “Acuérdate de mí: no les vamos a pagar un sol y la gente hasta nos va a aplaudir”, sentencia el gobernante. “¡Pero nos van a demandar!”, le increpa el ministro. “¡Oye! ¿Tú estás en mi gobierno o eres de la oposición?”, reclama el gobernante. “Ese juicio va a tardar años, ya le tocará a otro asumir las consecuencias y a nosotros nos irá bien mientras tanto”, concluye.

Este es un relato ficticio, pero quizá a algunos les resultará alarmantemente creíble. ¿Por qué nos atemoriza? Porque cosas como esta no deberían, pero podrían pasar en el Perú. La Constitución no define con exactitud qué es una “causa de seguridad nacional o necesidad pública” en los casos de expropiación. Gobierno y Congreso podrían estar controlados por partidos distintos y, sin embargo, estar alineados en una misma agenda populista anti empresarial. Una empresa que es víctima de una expropiación arbitraria en teoría debería poder hacer valer sus derechos a la propiedad, a la libertad y al debido proceso en las cortes. Pero conseguirlo podría tardar años después de perpetrado el atropello, sin que se pueda enmendar por completo el daño ocasionado.

Reflexionemos. Con frecuencia, quienes quieren perforar el Estado de derecho en el Perú encuentran la forma de arropar sus pretensiones, paradójicamente, con un manto de supuesta legalidad, escudándose en la literalidad de una norma. Lo que suelen hacer también es caracterizar a sus víctimas de tal manera que parezca que sí merecen la conculcación de sus derechos, porque son “traidores”, “antipatriotas” o (inserte aquí cualquier otro calificativo que sea circunstancialmente efectivo para evocar desprecio).

Pero, como decíamos, que esté permitido expropiar no significa que esto se pueda hacer en cualquier caso y de cualquier forma. En el derecho las formas importan, a veces tanto o más que el fondo.

No pretendo decir aquí que este es un caso idéntico a lo que está pasando hoy con los miembros de la . Pero, por ser más cercano a sus miedos, podría servir para que algunos sectores de la opinión pública aprecien cómo se puede transitar del uso al abuso del derecho, recurriendo con fines subalternos a narrativas demagógicas que buscan inflamar a los ciudadanos antes que hacerlos pensar, para justificar en última instancia todo tipo de arbitrariedades.





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Augusto Townsend Klinge es fundador de Comité de Lectura y cofundador de Recambio