Diana Seminario

Quienes llaman “dictadura” a todo aquello que no coincide con sus ideas, pensamientos o intereses, probablemente no hayan sufrido los abusos de una verdadera autocracia. De lo contrario, tendrían mayor cuidado en relativizar un término con un significado tan serio y peligroso.

Durante una semana consecutiva, e intuyo que esto recién empieza, un grupo de personajes ha emprendido una campaña bien orquestada y organizada para defender los fueros de la(JNJ), luego de que el –en el uso pleno de sus facultades– decidiera investigar de modo sumario a sus integrantes. A sabiendas de la dificultad que supondría lograr 87 votos en el Parlamento para defenestrar a sus miembros, los presagios apocalípticos de que nos encontramos frente a una “dictadura parlamentaria” son de manual.

Quitándole drama al asunto, los hechos concretos apuntan a que en mayo de este año, cuando el Parlamento aprobó la acusación constitucional contra la ex fiscal de la Nación la JNJ se pronunció a favor de la exmagistrada en una clara intromisión a la autonomía del Legislativo. Además, ¿cómo una institución que evalúa y tiene en sus manos la ratificación o destitución de magistrados puede tomar partido por una fiscal? La misma que prefirió ignorar los graves indicios de corrupción de dos mandatarios: Martín Vizcarra y Pedro Castillo.

El Parlamento también investigará las presuntas presiones de la JNJ a la Corte Suprema para que se pronunciara en defensa de Ávalos. Otra vez la interrogante: ¿puede haber mayor presión cuando la institución a cargo de evaluar, ratificar o destituir a magistrados de la Suprema les pide a sus miembros un pronunciamiento?

Otro hecho por indagar es la supuesta filtración desde la JNJ de los detalles de la investigación a la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, así como el hecho de que la magistrada Inés Tello se mantenga en la JNJ pese a que su ley orgánica establece que sus integrantes deben dejar el cargo cumplidos los 75 años. La doctora Tello cumplió 75 años en el 2020.

¿Tiene el Congreso la facultad de investigar a los integrantes de la JNJ? Sí. El artículo 157 de la Constitución es claro: “Los miembros de la Junta Nacional de Justicia pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso, adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros”.

Que exista en el país un sector al que solo le gustan las leyes cuando estas no coinciden con sus intereses es otra cosa. Pero la Constitución no puede ser interpretada de acuerdo al cálculo político de quienes sienten que van perdiendo poder.

En un país donde reina la libertad de expresión, es lícito discrepar de las decisiones del Parlamento, pero incluso las diferencias de opinión deben tener como fundamento la verdad. En el Perú no existe un quiebre democrático porque un poder del Estado en el uso de sus facultades investigue a un organismo constitucional autónomo.

Y si a quienes se manifiestan a favor de la JNJ realmente les interesara la democracia, no hubieran avalado el cierre del Parlamento del 2019, ni se habrían prestado a la farsa de Pedro Castillo.

Tienen el derecho de marchar a favor de la JNJ, pero no vengan a decirnos que les preocupa la democracia cuando esta es válida solo si favorece a sus intereses.




*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.




Diana Seminario es periodista