Hemos comentado ya que nos parece un despropósito la existencia y creación de zonas económicas especiales (ZEE) con incentivos tributarios para los inversionistas. Los incentivos atraen a la ZEE la inversión que, de no ser por ellos, se instalaría en otros lugares del país donde las condiciones de producción son más favorables. Al cabo de unos años, podremos ver quizás las plantas que se instalaron en la ZEE, pero nunca veremos las que se dejaron de instalar fuera de ella.
El exministro Carlos Oliva ha dado lo que podría ser el argumento definitivo contra la exoneración total del Impuesto a la Renta para las nuevas inversiones en la ZEE de Chancay que se discute en el Congreso. En virtud de un acuerdo multinacional que fija una tasa mínima del 15%, si les cobramos menos acá, los inversionistas extranjeros tendrán que pagar la diferencia en sus países de origen. El beneficio tributario terminaría siendo una transferencia del Gobierno Peruano a los gobiernos de esos países.
Coincidimos más con otros connotados economistas que piensan que en la ZEE de Chancay se debería aplicar el régimen general; esto es, un impuesto a la renta del 29,5%. Sin embargo, es probable que, dadas las presiones políticas y empresariales, no sea esta la posición que prevalezca.
Pero cualquier cosa menos que una exoneración total tratará de compensarse con otros beneficios. Se ha mencionado, por ejemplo, la depreciación acelerada de la inversión, que aumenta los gastos deducibles en los primeros años, postergando el pago del impuesto a la renta. Una exoneración con otro nombre.
La depreciación acelerada no reduce la suma total de impuestos pagada a lo largo del tiempo, lo que la hace parecer inocua. Pero, al alterar el ‘timing’ de los pagos, reduce su valor presente: no es lo mismo pagar un impuesto el próximo año que pagarlo dentro de cuatro años. El efecto es equivalente al de una reducción de la tasa.
La depreciación acelerada tiene dos efectos perniciosos. Primero, favorece la inversión en activos de más corta duración y posiblemente de menor cuantía porque la repetición continua del ciclo de inversión, depreciación y reinversión maximiza el valor del beneficio para el inversionista (a costa del fisco, naturalmente). Segundo, como todo beneficio tributario para las rentas del capital, favorece el uso de tecnologías más intensivas en capital que en mano de obra; en otras palabras, tecnologías que crean menos empleo, contrariamente a lo que supuestamente estamos buscando con tantos incentivos a la inversión.