Ilustración: Giovanni Tazza
Ilustración: Giovanni Tazza

Algunas prácticas de la Sunat, como el Infocorp de la Sunat que publicita y penaliza a quienes ejercen derechos como diferir el pago del IGV (IGV Justo) o reclaman resoluciones de la Sunat, generan terror en los contribuyentes. A esto se suma, ahora, el poder hacer responsable al representante legal de una empresa con su propio patrimonio de una supuesta deuda que tenga con el fisco.

Lo cierto es que este mecanismo existe en el código tributario y permite al fisco perseguir las deudas de una empresa en el patrimonio personal de sus representantes legales o administradores, pero –y aquí está el pequeño gran detalle– siempre que exista dolo, negligencia grave o abuso de sus facultades, y que esas acciones sean la causa de la falta de pago. Más todavía, solo procede si Sunat prueba el nexo entre la conducta del representante y la omisión de la empresa.

Y es aquí cuando es oportuno referirnos a una reciente publicidad de la Sunat que le habría llegado a 22.000 contribuyentes y que peca de intimidatoria o terrorífica, cuando reza a secas: “La atribución de responsabilidad solidaria (RS) a representantes legales implica la afectación de su patrimonio personal”. Como dice Juan José Assereto, es como si “la policía emite un comunicado señalando que todos los ciudadanos pueden ser detenidos ... sin precisar que será cuando cometan delitos”.

Veamos un caso de la vida real. El caso de Daniel, un empresario avícola que cerró su negocio durante la pandemia. Tras liquidar a sus trabajadores y proveedores, y cerrar definitivamente su empresa en el 2020, la Sunat determinó en el 2022 una supuesta deuda de casi S/500.000. Sin embargo, al no estar de acuerdo con lo resuelto por la Sunat, Daniel decidió impugnar dicha deuda. A pesar de ello, hace pocos días recibió una resolución coactiva exigiéndole el pago en tres días hábiles, bajo amenaza de iniciar un procedimiento de RS para embargar su patrimonio personal.

El problema es que la Sunat parece estar ignorando las restricciones legales para usar la RS, utilizando la amenaza como herramienta de presión para pagos inmediatos; es decir, incluso si no hay dolo, negligencia grave o abuso de sus facultades –como ocultar ingresos o utilizar facturas falsas– probadas por la Sunat que hayan sido la causa de la falta de pago.

La estrategia de la Sunat no solo vulnera derechos constitucionales, como el de defensa y la presunción de inocencia, sino que atenta contra la responsabilidad limitada de las empresas, además de crear un clima de incertidumbre que desincentiva la formalización.

Si la Sunat realmente busca aumentar la recaudación de forma justa y sostenible, debería priorizar reformas que incentiven el cumplimiento voluntario y respeten los derechos de los contribuyentes. Por ejemplo, impugnar una sanción o deuda no debería afectar la calificación del contribuyente ni ser motivo de amenazas; o, en caso de que un contribuyente regulariza deudas o sanciones de manera voluntaria, esto debería reflejarse de forma positiva en su calificación tributaria. Asimismo, la Sunat debe abstenerse de utilizar la RS como una herramienta de presión, respetando estrictamente los supuestos establecidos por la ley.

El uso arbitrario de la RS y el Perfil de Cumplimiento, tal como está planteado, son prácticas que desalientan la formalización y refuerzan la percepción de que operar dentro de la legalidad puede ser más riesgoso que estar al margen. No aterroricemos a los pocos contribuyentes formales que tenemos en el país.


*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

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