Iván Alonso

Es buena la iniciativa legislativa anunciada por el ministro para aumentar el número de . Mejor sería si propusiera también reducir la cantidad de cosas que tienen que pasar por las notarías, pero eso quizás sea mucho esperar. El presidente del Consejo del Notariado de Lima le ha respondido que semejante medida podría comprometer la seguridad jurídica. Algún peso ha de tener ese argumento porque es el mismo que utilizan los controladores aéreos para impedir que se aumente el número de controladores aéreos, obligándose, de paso –oh, sacrificio–, a hacer horas extra.

Su otro argumento es el de la especialización. “¿Qué puede saber alguien que maneja economía, estadística o términos económicos –pregunta– respecto a la necesidad y utilidad de una función jurídica como es la notarial?”. Una pregunta retórica que invita a otra: ¿qué puede saber alguien que maneja el derecho y los términos jurídicos respecto, por ejemplo, de las operaciones que se registran en los libros contables que deben ser legalizados por los notarios? Aunque quizás no sea necesario que sepa de contabilidad porque los libros se legalizan en blanco, lo que significa que la legalización, en este caso particular, no da fe de nada que haya ocurrido o que esté ocurriendo; tampoco puede dar fe de nada que vaya a ocurrir en el futuro. Ahí tiene el ministro un trámite que se puede eliminar, para beneficio de millones de empresas creadas y por crearse.

Otro trámite que podría eliminarse es la necesidad de pasar por la notaría para constituir una empresa. Allí el notario debe dar fe de la identidad y la voluntad de las partes, pero también podría dar fe el registrador si las partes acudieran directamente a la Sunarp para pedir la partida de nacimiento de la empresa, como se pide la partida de nacimiento de un hijo sin necesidad de la firma de un notario.

El trámite es disuasivo para mucha gente que quisiera constituir una empresa, sobre todo porque los derechos notariales pueden consumir una parte importante del capital con el que cuentan. Las puertas de la formalidad se les cierran. Tan sencillo que sería ir de frente a la Sunarp, pagar los S/100, digamos, que cuesta el registro, y anotar en su balance: activo intangible, al lado izquierdo, S/100 de derechos registrales; capital, al lado derecho, S/100. Que vayan a la notaría después, si lo quieren aumentar.


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Iván Alonso es Economista