Los que han fallecido en cualquier momento de la etapa gestacional o neonatal (que abarca desde el nacimiento hasta 28 días después) se dice que son como estrellas que brillan en el cielo, para iluminar y ser recordados por sus familias. Es una forma de llevar esperanza a las familias en duelo, que no son pocas. Le pasó a nuestras mamás, y le ocurrió a 3.029 (gestacional) y 2.630 neonatal en el Perú (Minsa, 2021). A su vez, se calcula que cerca de dos millones de bebes mueren antes de nacer cada año en el mundo (Unicef).

De ahí surgen las llamadas ‘leyes estrella’, que en su versión peruana se acaba de publicar el 10 de octubre, y que básicamente establece un registro especial en el Reniec donde se puede (no se debe) inscribir a estos hijos, y una serie de protocolos como acompañamiento psicológico a los padres, capacitación –e incluso apoyo emocional– al propio personal de salud que debe lidiar con estas situaciones límite, entrega de los restos mortales a los padres cuando lo soliciten, etc.

De hecho, en países como Chile, Paraguay, Uruguay, México y España existen protocolos similares tanto de atención como de registro de los bebes que fallecen en etapa gestacional o neonatal.

Sin este protocolo, la atención en los establecimientos de salud –públicos y privados– dependía del criterio subjetivo de cada profesional, y no era extraño que se dieran prácticas inadecuadas e incluso violatorias de los derechos de las y familias en duelo, como no dejarte conocer a tu bebe o no entregarte oportunamente los restos para ser sepultados.

Valga aclarar que, según la propia norma, las disposiciones contenidas en la ley “no se contraponen, colisionan ni restringen lo señalado en el artículo 119 del Código Penal respecto del aborto terapéutico”. Esta inscripción es voluntaria, “no modifica las normas contenidas en el Código Civil, no otorga derechos en general ni derechos patrimoniales en particular, y no genera obligaciones”.

No pretende, como en algún momento insinuó un periodista, perseguir a una mujer que optó por el aborto, sino que está pensado para aquellos casos en que involuntariamente se pierde la vida de uno de estos bebes en gestación. De hecho, solo la madre puede solicitar dicha inscripción.

Sirva esta ley como una forma de concientizar a la sociedad acerca de cómo brindar tratos humanizados a los padres cuyos bebes fallecen durante la etapa gestacional o neonatal. Esa madre y padre no necesitan que les digas: “Eres joven, puedes tener otros” o “seguro tenía algo mal” o “Por qué no has venido antes”; necesita hacer su duelo de la mejor manera como pueda, y si para hacer ese duelo le sirve ponerle un nombre y tener un registro oficial, que otorgue identidad y confirme su corto paso por la vida, no hay razón para negarlo.

Es una decisión muy subjetiva. Es probable que algunas madres lo deseen inscribir y otras no. Lo que no es subjetivo son los protocolos que deben implementarse para tratar y acompañar a las familias en duelo –y apoyar al personal de salud que los atiende–.

Este 15 de octubre, según nuestra ‘ley estrella’, se celebra el Día Nacional de la Concientización sobre la muerte gestacional y neonatal, a fin de visibilizar y sensibilizar a la población.

Miremos al cielo, que ahí estarán las estrellas de muchos de nosotros.


*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Fernando Cáceres Freyre es Director Ejecutivo de Síntesis Perú y Bolivia

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