Las tarifas de estacionamiento, por Iván Alonso
Las tarifas de estacionamiento, por Iván Alonso
Redacción EC

Estacionados en la Comisión de Defensa del Consumidor del están varios proyectos para modificar la Ley 29461, promulgada a fines del 2009. Esta ley, que regula los servicios de estacionamiento, se limita a decir, en lo que se refiere a tarifas, que estas deben ser comunicadas al usuario “en forma adecuada y oportuna, antes del ingreso del vehículo”. Pero una regulación invita a la otra. Ahora algunos de los proyectos de ley que comentamos pretenden establecer cómo se debe cobrar al usuario. Uno de ellos va inclusive más allá, proponiendo que, en el caso particular de las playas de estacionamiento de los centros comerciales, el uso sea gratuito, lo que equivale a fijar el precio en cero.

Detrás de estas iniciativas no parece haber ningún análisis de la economía de una playa de estacionamiento. Antiguamente, dice un par de ellas, no se cobraba estacionamiento en los centros comerciales. Pero antiguamente el valor del terreno no era lo que es hoy. Cuando el valor es bajo, porque el terreno es abundante y no tiene muchos usos alternativos, la decisión racional puede ser, efectivamente, no cobrar estacionamiento, evitando el costo administrativo que eso supone. Al aumentar el valor del terreno, el espacio dedicado a la playa tiene que generar una rentabilidad comparable a la que se obtendría construyendo allí más tiendas.

En su mayoría, sin embargo, los autores de los proyectos admiten, con buen criterio, que aun en los centros comerciales resulta razonable cobrarle al usuario. La playa de estacionamiento tiene que generar ingresos incrementales para justificar su existencia. Si no le cobra directamente al usuario, el operador del tiene que subir los alquileres de las tiendas. Los propietarios de las tiendas, a su vez, tendrán que aumentar los precios de los productos. El usuario terminará pagando indirectamente, pero solo en la medida en que compre algo. Y el que no va en carro, pero compra, también terminará pagando por un estacionamiento que no usa.

El dictamen que ha salido de la no llega al extremo de prohibir que se le cobre al usuario (de la playa, se entiende), pero sí dispone que la primera hora sea gratis para cualquiera que acredite una compra por un importe mínimo; y que, pasada la primera hora o en caso de no acreditar el consumo mínimo, se le cobre no por hora o fracción, como es usual, sino por períodos de no más de diez minutos cada uno. Estas propuestas tendrán, en el mejor de los casos, un efecto ambiguo sobre los usuarios.

La playa, como hemos visto, debe generar un cierto nivel de ingresos para rentabilizar la inversión en el terreno. El operador tendrá una idea de cuántos carros recibe diariamente, pero le es más difícil predecir cuánto tiempo se queda cada uno. Algunos estarán menos de una hora; otros, una hora exacta; otros, una hora y cuarto u hora y media. El sistema de hora o fracción simplifica el cálculo y lo lleva a fijar una tarifa, digamos, de 6 soles. Si se ve obligado a cambiar ese sistema, no puede cobrar 1 sol por cada diez minutos. Tiene que cobrar más porque pierde el redondeo hacia arriba que está implícito en el sistema de hora o fracción. Habrá usuarios que ganen y usuarios que pierdan. No hay un beneficio inequívoco para el consumidor, como quisieran creer los congresistas. Por eso es mejor no regular.