" Laudos arbitrales han dispuesto el pago de múltiples bonificaciones y beneficios, tales como el pago de un equivalente al 60% de la remuneración mensual cuando un trabajador sale de vacaciones, permiso por lactancia materna hasta que el menor cumpla siete años de edad –la ley estipula hasta un año".
" Laudos arbitrales han dispuesto el pago de múltiples bonificaciones y beneficios, tales como el pago de un equivalente al 60% de la remuneración mensual cuando un trabajador sale de vacaciones, permiso por lactancia materna hasta que el menor cumpla siete años de edad –la ley estipula hasta un año".
Gianfranco Castagnola

Mientras el Ejecutivo concentra sus esfuerzos en contener la expansión del nuevo coronavirus que causa la enfermedad COVID-19, el Congreso recién elegido tendrá, entre sus múltiples tareas, que revisar los decretos de urgencia emitidos en el interregno. Entre ellos está el 014-2020, que regula la negociación colectiva en el . Es una norma necesaria para evitar un creciente desorden en su planilla, privilegios indebidos –y, no pocas veces, indignantes– en algunas entidades y una presión inconveniente sobre el Tesoro Público. Haría mal el Congreso en derogarla.

En este siglo, los ingresos fiscales se multiplicaron, en términos reales, 3,4 veces. Lamentablemente, el aparato estatal no evolucionó a la misma velocidad en la calidad de su gestión. Producto de ello es que en los últimos tres años se ha ejecutado, en promedio, apenas dos terceras partes del presupuesto de inversión pública, mientras que la calidad de los servicios que el Estado proporciona a los ciudadanos sigue siendo muy deficiente. Sistemas de control ineficaces, plagados de formalismos sin sentido, han sido incapaces de detectar desde estructuras criminales, como Lava Jato y el ‘club de la construcción’, hasta situaciones de abusos en las negociaciones colectivas de entidades públicas. Estos últimos habían pasado desapercibidos. Los ejemplos abundan, como información recabada por el MEF lo muestra. Aquí van algunos.

En la Municipalidad de Chiclayo, han dispuesto el pago de múltiples bonificaciones y beneficios, tales como el pago de un equivalente al 60% de la remuneración mensual cuando un trabajador sale de vacaciones, el 50% por la celebración del Día del Trabajador Municipal, dos y tres remuneraciones cuando cumple 25 y 30 años de servicio, permiso por lactancia materna hasta que el menor cumpla siete años de edad –la ley estipula hasta un año–, los obreros cobran doble CTS al momento de su liquidación, etc. La Municipalidad de Huaraz no se quedó atrás. Laudos arbitrales han establecido, con no poca creatividad, por cierto, una infinidad de bonificaciones: dos por vestuario (S/1.200 cada una), una de S/1.000 por aniversario de la ciudad, otra de S/800 por Semana Santa, dos más similares por el Día de la Madre y el Día del Padre, otro tanto por “esmero técnico y profesional”, S/700 por “identificación profesional”, igual cifra por onomástico, S/800 por promoción turística, etc.

El impacto económico no es menor, de acuerdo a estimados del MEF. En el Reniec, por ejemplo, el costo anual de los laudos arbitrales es de S/19 millones; en Petroperú, de S/54 millones; y en Sunarp, de S/310 millones. Los laudos de Sunarp establecieron bonificaciones mensuales de S/2.615 por movilidad y alimentos, un bono por cierre de pliego de S/28 mil para cada trabajador, un bono vacacional de S/3.500 y otro de escolaridad de S/4.800.

Estos ejemplos son una muestra del festín de bonificaciones y beneficios que los laudos arbitrales han promovido –con nula transparencia, además, pues la ciudadanía no ha tenido conocimiento de este dispendio, realizado con recursos del Estado–. Precisamente, el DU 014-2020 trata de regular este tema, buscando un sano equilibrio entre el derecho de los trabajadores a negociar y la preservación del equilibrio presupuestal. El DU establece niveles de negociación de condiciones económicas, no económicas y de productividad, con pliegos de reclamos que se presentan cada dos años y se incorporan, con transparencia, a la programación fiscal. Y el resultado de las negociaciones o del laudo arbitral tiene que regirse bajo los parámetros de un informe económico que debe emitir el MEF, para evitar los excesos mencionados anteriormente. Los laudos que excedan lo dispuesto por este informe serán declarados nulos y los árbitros que los expidan serán sancionados.

Se han escuchado voces críticas de esta norma. Es comprensible que entre ellas estén sindicatos de trabajadores estatales, directamente afectados por las restricciones impuestas. Pero también están abogados laboralistas, varios de los cuales son asesores de esos sindicatos o, incluso, han sido árbitros que dieron esos generosísimos laudos. Lástima que, cuando lo hicieron, olvidaron que los recursos que dirigieron al pago de bonificaciones y otros privilegios como los descritos anteriormente provienen de los impuestos y tasas que pagamos los contribuyentes. Al final del día, se trata del buen uso de recursos públicos para una ciudadanía que clama por mejores servicios del Estado. Esperemos que el nuevo Congreso así lo entienda.

PD: El coronavirus ha sumido al mundo en su mayor crisis en tiempos de paz en los últimos 100 años. Su impacto sobre la economía y la calidad de vida de las personas es altísimo. La incertidumbre sobre su dimensión y el tiempo que tomará superarla solo contribuye a agravar ese impacto. El Gobierno Peruano ha tomado la decisión correcta. El inmenso costo económico de esta cuarentena se justifica ante la evidente imposibilidad de nuestro precario sistema sanitario de atender a la población en riesgo. Hoy todos debemos apoyar los esfuerzos del Gobierno por superar esta crisis.