Editorial El Comercio

El jueves, en el penúltimo día de la legislatura, la representación nacional para debilitar la figura de la . No se puede decir que lo hayan hecho por candidez o por ignorancia sobre los efectos devastadores que esta norma tendrá en una herramienta clave para luchar contra el crimen en el país (“Busca desaparecer la colaboración eficaz como institución”, ha advertido de forma contundente el exprocurador anticorrupción José Ugaz sobre la misma), pues en los meses previos instituciones como la fiscalía, el Poder Judicial y la Procuraduría General del Estado explicaron de manera detallada cuáles eran los riesgos de aprobar este despropósito.

Los problemas que plantea la flamante ley pueden resumirse en cuatro aspectos. El primero es que establece un plazo máximo para que las autoridades puedan cerrar los acuerdos de colaboración eficaz (de ocho meses prorrogables por ocho más únicamente para casos de crimen organizado) que la normativa vigente no estipula, lo que provocará que muchos convenios no se concreten ante la imposibilidad de cumplir con las fechas, especialmente en casos complejos que requieran, por ejemplo, solicitar información del extranjero o levantar los secretos bancarios o de comunicaciones de varios investigados. El segundo es que prohíbe corroborar la declaración de un aspirante a colaborador eficaz con las declaraciones de otros en su misma situación, sin explicar por qué esta modificación sería necesaria y quitándoles más bien al juez o al fiscal la facultad de evaluar dicha opción.

Un tercer inconveniente con lo aprobado por el Legislativo es que obligará a los fiscales a guardar las declaraciones de los informantes no solo en un acta, sino también en un “medio audiovisual” (¿se imaginan lo que ocurrirá con el delator cuando ese video termine en manos de aquellos a los que busca inculpar?). Y un cuarto es que solicita que las autoridades firmen un convenio preparatorio con los aspirantes a colaboradores eficaces al principio de las negociaciones para explicarles los posibles beneficios que obtendrán, en una etapa en la que ni siquiera se conoce si la información suministrada será útil.

Con todos estos vicios, la ley fue aprobada inicialmente en junio, pero fue observada por el Gobierno, (lo que muchos interpretaron como un movimiento tímido del Ejecutivo para no incomodar al Parlamento). Sin embargo, la Comisión de Justicia decidió desoír las tibias críticas de la presidenta Dina Boluarte y compañía, y explicó que, dado “que ahora existen procuradurías públicas, fiscalías y juzgados especializados en diversos temas penales […] que permiten tener un sistema de administración de justicia especializado y conocedor de estos temas”, pues los ocho meses fijados por el proyecto “podrían ser aplicados por los operadores de justicia sin ningún problema”.

Lo incoherente de esta argumentación es que justamente la fiscalía, el Poder Judicial y la procuraduría se han pronunciado en contra de la norma porque pone, en palabras del ex procurador general del Estado, Daniel Soria, “plazos rígidos al procedimiento de colaboración eficaz”. Si quienes usan esta figura en su día a día han advertido que en muchos casos resulta muy difícil cerrar un acuerdo de colaboración eficaz en tan poco tiempo, ¿cómo los congresistas pueden sostener que un determinado plazo ya es suficiente para hacerlo? ¿Acaso alguno de ellos ha cerrado alguna vez un convenio de esta naturaleza?

No exageramos al decir que esta ley es una ayuda para el crimen. Este Diario ha informado que en investigaciones por narcotráfico, terrorismo, trata de personas, minería ilegal, delincuencia organizada, corrupción y muchos otros. Lo que han hecho los 89 congresistas que han insistido en aprobar esta barbaridad no es otra cosa que legislar a favor de los delincuentes, y el hecho de que decenas de ellos o sus jefes enfrenten hoy investigaciones fiscales parece explicar por qué tanto interés en aprobar esta iniciativa, pese a todas las invocaciones formuladas por los expertos.

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