Editorial El Comercio

El último martes, en una audiencia del juicio que se le sigue por supuestamente haberse apropiado –junto con otros coprocesados– en una obra en su región natal, Puno, el abogado del congresista () solicitó que su patrocinado fuera absuelto de los delitos que se le imputan en virtud de que estos ya habrían prescrito. Este razonamiento, según el letrado, se apoya en lo estipulado por la Ley 31751, aprobada por el en mayo y entre cuyos coautores se encuentra nada menos que el legislador Flores Ancachi. Es decir, estamos ante un caso evidente de una ley con nombre propio.

Como recordamos, la norma en cuestión, que hoy podría salvar al parlamentario puneño de una condena de más de diez años de cárcel por los delitos de peculado doloso, malversación de fondos y falsedad ideológica, limita a un máximo de un año. Y fue aprobada pese a las objeciones del Poder Judicial y del Ministerio Público, pues corría el riesgo de convertirse –tal y como lo dijimos en su momento – en “una puerta que podría ser explotada por quienes buscan la impunidad”.

Pues bien, apenas tres meses han pasado desde que fue aprobada por la actual representación nacional y ya hemos conocido que al menos dos de sus integrantes han invocado la ley para mandar al archivo los procesos con los que cargaban (otro de sus beneficiarios, pero fuera del Parlamento, ha sido , el ex secretario general de Fuerza Popular, que aportó 19 votos para la aprobación de la iniciativa). El otro legislador es nada menos que el actual presidente del Congreso, . Como ha demostrado , la defensa legal del hoy titular de la Mesa Directiva solicitó en julio que el caso que se le seguía por el presunto delito de estafa –y por el que la fiscalía había pedido más de ocho años de prisión en su contra– fuera declarado prescrito en virtud de la ya mencionada norma. Y poco antes de que Soto fuera elegido titular del Parlamento, la jueza Érika Núñez Orihuela acogió el pedido de su abogado y, aludiendo literalmente en su resolución al cambio normativo efectuado por el Congreso, determinó que el delito que se le imputaba al legislador había prescrito en diciembre del año pasado.

Ya , a propósito del caso de Soto, que el Código de Ética Parlamentaria es inequívoco respecto de que cualquier legislador con un interés personal o familiar en la discusión o aprobación de una ley debe hacer explícita esta circunstancia. Por lo que bien haría la Comisión de Ética en abrirles sendos procesos tanto a Soto como a Flores Ancachi tan pronto como se instale.

En el caso de este último, además, vale recordar que tiene pendientes otros líos con la justicia; entre ellos, la denuncia formulada en su contra por la Procuraduría General del Estado por presuntamente haberse apropiado del de su despacho y la investigación a cargo de la fiscal de la Nación por su participación en la trama de .

Es imposible ver a Flores Ancachi hacer esfuerzos descarados por aprovecharse de una ley promovida por él mismo y no pensar en cuántos de sus colegas habrán sopesado la misma posibilidad. Solo para poner un ejemplo, recordemos que este Diario reveló hace poco más de un mes que votaron a favor de la ley que deforma la figura de la colaboración eficaz se encuentran investigados en el Ministerio Público y otros tantos más tienen a los líderes de sus partidos inmersos en el mismo trance.

Quizá cabría pedirles a los congresistas que promovieron o votaron a favor de la ley que acorta los plazos para la suspensión de la prescripción que no se acojan a esta. Al menos por decoro. Aunque el decoro, por lo visto, sea mucho pedir para este Parlamento.

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