Tras 23 años de prisión, fue liberado esta semana Peter Cárdenas Schulte, ex miembro del grupo terrorista MRTA. Su condena era de 25 años, pero los jueces contabilizaron la carcelería que cumplió de 1988 a 1989, antes de ser liberado por falta de pruebas.
En el momento de su captura, Cárdenas Schulte tenía 200 mil dólares, metralletas y tres cohetes antitanque. Ahí se descubrieron las ‘cárceles del pueblo’, que eran unos hoyos donde tuvieron cautivos a empresarios por los que pidieron rescates.
Al MRTA se le atribuyen más de mil muertes. A Cárdenas Schulte, específicamente la de Enrique López Albújar, ex ministro de Defensa. Además de varios secuestros, como los de los empresarios Héctor Delgado Parker y Hory Klimper.
Asimismo, el ex emerretista planeó, financió y participó en la fuga de 48 terroristas en 1990 y de la cabecilla Lucero Cumpa Miranda en 1991. También se le involucró en los atentados con cohetes antitanque contra los edificios de los ministerios de Educación y Economía y la casa del ex ministro Carlos Boloña.
Cárdenas Schulte ha cumplido su condena, lo cual le da derecho a empezar de nuevo, según nuestro ordenamiento jurídico. Él dice estar arrepentido y ha pedido perdón a las víctimas y sus familiares. Tendrá que demostrar en los hechos de cada día la sinceridad de sus palabras.
La magnitud de los delitos de los que fue responsable puede explicar el escepticismo que tienen algunos, pero el respeto al Estado de derecho exige que se cumplan las reglas del juego para todos, sin excepción.
Es crucial mantener esto en mente de cara a los próximos tres años, cuando cinco cabecillas terroristas dejarán las cárceles. Si existiese evidencia alguna de que los liberados están nuevamente involucrados en actividades delictivas, el Estado debe emplear de inmediato todas las herramientas legales de las que dispone para protegerse a sí mismo y a la sociedad.
Pero más allá del cumplimiento de los procesos legales y judiciales, la ocasión se presta para reflexionar sobre la aplicación de la justicia en nuestro país. El caso de Peter Cárdenas Schulte debe servir, en consecuencia, para replantear nuestros estándares y valores. No puede haber justicia sin proporcionalidad, no puede haber justicia sin correlación con la magnitud del daño.
El caso debe servir, entonces, para replantear nuestro ordenamiento penal. En el tema del robo agravado, por ejemplo, si tiene por consecuencia la muerte de la víctima, la pena es cadena perpetua. Asesinar a decenas, centenas o miles de personas, atacar con cohetes antitanque y ametralladoras, organizar crímenes selectivos, secuestros y torturas, ¿es menos que un robo agravado con consecuencia de una muerte?
No proponemos la cadena perpetua para todos los delitos graves. Lo que pedimos es debatir, al más alto nivel, y con la mayor serenidad, una reparación de la coherencia en nuestro derecho penal. Debe debatirse y reformularse el espíritu que anima nuestros códigos, normas y procesos en relación con el delito y las penas.
No habrá resultados sobre el delito si dejamos que el derecho penal se base en cualquier otra cosa que no sea la justicia, que no es igual a venganza. El incremento arbitrario de penas para los delincuentes –que parece ser una de las propuestas predilectas por el Ejecutivo a juzgar por las recientes normas emitidas al respecto– es poco eficaz. No habrá resultados, decimos, si no revisamos el ordenamiento jurídico sobre la base de equiparar, por lo menos, los derechos de las víctimas a los derechos de los sentenciados.
Tres décadas después del clímax de la insania terrorista, la mejor respuesta que podemos dar como sociedad es el fortalecimiento del Estado de derecho, de la justicia y de las mismas instituciones que los grupos armados querían destruir.