La situación en ciertas universidades públicas revela caos y anarquía. Si bien en algunos casos han sido nombrados ya rectores interinos, hasta ayer eran cinco los rectores de universidades nacionales que habían decidido no regirse por la Ley Universitaria y la directiva de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) con respecto al cambio de autoridades en sus centros de estudios. Una rebeldía que se ha visto favorecida por la poca aptitud del Congreso para legislar sobre la materia.
La nueva Ley Universitaria fue promulgada en julio del 2014. Esta norma dispuso el cese de las asambleas universitarias de los centros de educación superior públicos al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. No obstante, el argumento utilizado en ese momento por los rectores de algunas de estas universidades para no acatar la norma fue que aquella no puede ser aplicada retroactivamente, cortando los plazos de los mandatos delegados en el marco de la ley derogada. Este argumento, sin embargo, fue declarado infundado por el Tribunal Constitucional.
Pese a ello, el 29 de diciembre, la Asociación de Universidades del Perú (ASUP) emitió una nota de prensa en que anunciaba que no se cesaría a las autoridades en la fecha establecida (31 de diciembre), “amparados en la Constitución Política del Perú” y que haría respetar el período por el cual fueron elegidos democráticamente. La asociación calificó también la decisión tomada por la Sunedu (de denunciar a las universidades que no cumplan con el proceso de elección de autoridades en el plazo establecido por ellos) como un “intervencionismo sin precedentes”.
Según la Primera Disposición Complementaria de la Ley Universitaria, en las universidades públicas –tras el cese de las asambleas universitarias y una vez aprobados los nuevos estatutos por el Comité Electoral Universitario– las asambleas estatutarias establecerán el cronograma de elección de las nuevas autoridades y el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes.
Por su parte, la Guía para la Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas de la Sunedu, publicada en julio del año pasado, estableció el 31 de diciembre del 2015 como fecha máxima para la elección, designación y asunción de las nuevas autoridades en el cargo. Esto al amparo de una resolución del Consejo Directivo de esta entidad. Para la ASUP, esta decisión es un atropello a la autonomía universitaria, pues no permite que las universidades establezcan libremente los plazos para sus procesos administrativos.
Como hemos señalado en editoriales anteriores, la Ley Universitaria comete varios excesos de regulación al vulnerar la libertad de las casas de estudios para tomar decisiones que deben ser independientes del poder público y crear estándares absurdos que encarecerán la provisión educativa sin necesariamente mejorar su calidad. Esto además de otorgar a la Sunedu amplios poderes y discrecionalidad –entre otras atribuciones–, que le permiten intervenir y condicionar el libre desarrollo de las universidades en el país.
No obstante, el Tribunal Constitucional no ha encontrado trazos de inconstitucionalidad en la norma, por lo que, como con toda ley, debe de ser acatada. Esto dentro de los marcos normativos vigentes. En ese sentido, mientras la directiva publicada por la Sunedu no se declare ilegal, los rectores están obligados a cumplir con los plazos establecidos.
Es tarea de las autoridades resolver la yuxtaposición de mandatos surgidos al amparo de normas diferentes y trabajar por recuperar el principio de autoridad sin erosionar el imperio de la ley. La toma de locales y las protestas callejeras ocurridas en los últimos días no son el medio para solucionar esta situación.
El presidente Ollanta Humala instó ayer a los rectores rebeldes a que “se les ilumine el cerebro”. Dicha iluminación, empero, debería caer también en los líderes políticos para que recompongan, serena y equilibradamente, el caos desatado por una legislación deficiente.