Si algo enseña la historia económica a los políticos y legisladores es la impotencia de las normas para crear realidades paralelas cual acto de magia y, en consecuencia, la importancia de la humildad sobre lo que pueden lograr ciertas políticas públicas. Del mismo modo como no se puede eliminar la pobreza con una ley que la prohíba, el Estado tampoco puede derogar las leyes de la oferta y la demanda, ni legislar de espaldas a estas. Las consecuencias de hacerlo suelen ser precisamente las opuestas a las que se buscaba inicialmente.
Sin embargo, el Congreso a duras penas ha aprendido esta lección. Como se sabe, a finales de setiembre los legisladores aprobaron la iniciativa que regula los cobros y prácticas en los estacionamientos. Entre otras disposiciones, se proponía que el cobro se realice por minuto y no por “hora o fracción”, que se eliminen las penalidades por la pérdida de ticket (el establecimiento sería responsable de “consultar sus registros físicos, electrónicos o fílmicos” para averiguar el tiempo de permanencia del vehículo), y que el servicio sea gratuito –sin necesidad de consumo mínimo– en centros comerciales y otros negocios siempre que el usuario no tarde más de 15 minutos.
Si el objetivo es hacer más accesible el servicio de estacionamiento, es difícil afirmar que la iniciativa será exitosa. En respuesta a la coyuntura, diversas playas de parqueo ya han adoptado un cobro por minuto que resulta más caro que el precio anterior basado en horas. Al tener que replantear el sistema de negocio y absorber gastos adicionales, los establecimientos optan por trasladar parte de estos sobrecostos a los propios usuarios a través de mayores precios o reducir la calidad del servicio. Más aún, a mayor carga regulatoria y restricciones, las inversiones a largo plazo se suelen resentir en cualquier sector, lo que reduce aún más la oferta, la competencia, y el acceso de los clientes.
¿Era previsible este resultado? Por supuesto que sí. Aparte de la abundancia de ejemplos históricos en los que la sobrerregulación “bienintencionada” termina por perjudicar a los mismos consumidores que pretendía favorecer, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había ya advertido sobre las eventuales consecuencias de aprobar una norma con este tenor. Es por ello que hizo bien el Ejecutivo en observar la ley y devolverla al Congreso para mayor debate.
Más allá del impacto directo sobre los precios, oferta o calidad del servicio, la medida aprobada por el Parlamento refleja una preocupante tendencia entre los legisladores a desconocer principios básicos de iniciativa privada o de libertad de empresa. De hecho, la norma podría ser declarada inconstitucional en la medida en que afecta los artículos 59 y 62 de la Constitución –referidos justamente a los principios anteriores– y en que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes. ¿Qué autoridad, después de todo, tiene el Estado para, por ejemplo, forzar a los negocios privados a regalar 15 minutos de servicios a sus potenciales clientes?
Miguel Ángel Elías, congresista por Fuerza Popular y presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, señaló ya que su grupo de trabajo está “estudiando las observaciones [del Ejecutivo]”, y que “no se aprobará la norma por insistencia”. En esta y en otras normas sensibles al ambiente de negocios que se discutirán en los meses próximos en el Congreso –por ejemplo, la ley de control de fusiones– algo de este espíritu receptivo, potenciado con sentido común y conciencia de las propias limitaciones de la regulación económica, serán de absoluta necesidad entre los parlamentarios.