Hay 23 universidades con al menos una carrera acreditada
Hay 23 universidades con al menos una carrera acreditada

Desde este Diario nos hemos opuesto en diversas ocasiones a los planteamientos principales de la . Hemos dicho que dicha norma vulnera la libertad de las casas de estudios para tomar decisiones que deben ser independientes del poder público y que contiene, además, estándares absurdos que encarecerán su provisión sin hacerla necesariamente de mayor calidad. 

Sin embargo, el anuncio del congresista sobre el retiro del proyecto de ley para modificar la Ley Universitaria, llamada , resulta una buena noticia. “Hemos retirado el proyecto del pleno del Congreso [...]. Si tantos problemas genera y si el gobierno considera que esto puede entorpecer su profundización de la reforma universitaria, lo retiramos y abrimos un debate en el próximo Parlamento”, comentó el vocero de la bancada Concertación Parlamentaria. 

Este plazo debe servir para serenar las pasiones y revisar los argumentos. La ley de julio del 2014 derogó la ley anterior y obligaba a la renovación de los cuadros dirigentes de las instituciones. “La designación de las nuevas autoridades debe realizarse antes de que concluya el período de mandato de las autoridades vigentes”, dice la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Universitaria. Los rectores de nueve universidades públicas sostenían que no puede aplicarse retroactivamente la nueva ley, cortando los plazos de los mandatos delegados en el marco de la ley anterior.

En el camino, sin embargo, el declaró infundada una demanda sobre la inconstitucionalidad de varias de sus disposiciones. Entre ellas, la referida al principio de no retroactividad. 

El TC no fundamentó de manera exhaustiva este extremo. Al aceptar la intromisión en asuntos que deberían competer únicamente a cada casa de estudios, el TC socava el principio de la autonomía universitaria en una de sus aristas más básicas, la elección de autoridades. Sin embargo, y al margen de las discrepancias, la sentencia del TC debe respetarse en lo que determina: la nueva ley no es, en este aspecto consultado, inconstitucional.

Por respeto a la institucionalidad, las universidades en las que el mandato de autoridades acababa el 2016 debieron someterse a la ley. Debieron convocar los comités electorales e iniciar los procesos de renovación de autoridades. Incluso, no es necesario que se afecte el principio de irretroactividad en la aplicación de la nueva ley universitaria.

Hay nueve universidades públicas que no han elegido nuevas autoridades. Podrían hacerlo, en realidad, hasta antes del 31 de diciembre. Las autoridades electas, a su vez, podrían entrar en funciones apenas acabara el mandato vigente. El nuevo mandato podría computarse desde la entrada en funciones y no desde la designación electoral.

Más allá de las protestas, de las declaraciones en contra de la Ley Cotillo de parte del ministro de Educación, Jaime Saavedra, y de las opiniones de este Diario a favor de respetar la autonomía universitaria, está el respeto por la institucionalidad. Si el TC declaró que la norma es constitucional, intentar alterar la ley para favorecer a un grupo específico de rectores terminaría por beneficiar a aquellos que han optado –hasta el momento– por desacatar el marco legal vigente. Así como sucede muchas veces en el caso de las constantes amnistías tributarias, premiar al que incumple las normas es otra manera de castigar al que las cumple, y este comportamiento termina por desalentar el respeto por la legalidad en general.

La educación superior se merece un cambio legal ordenado, riguroso y jurídicamente seguro. La Ley Universitaria, qué duda cabe, debe ser exhaustivamente analizada y revisada por el Congreso. Pero todo ello, se debe hacer dentro del marco institucional adecuado. Ceder a presiones que intentan saltar con garrocha, casi de improviso, algún punto en particular de la norma que afecta a un grupo definido de individuos solo demuestra el poder de algunos grupos de influencia y el camino que nos falta recorrer para fortalecer los canales institucionales.