El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional se tragó de un solo bocado las deficiencias procesales del Caso Cocteles, al dar comienzo al juicio, esta semana. Hasta el momento, la investigación había recibido más críticas por otros motivos. De un lado, por las arbitrariedades –consentidas por jueces– de los fiscales José Domingo Pérez y su coordinador Rafael Vela, que produjeron el innecesario encarcelamiento de Keiko Fujimori hasta en tres oportunidades. De otro lado, por considerar lavado de activos al acogimiento de fondos que no tuvieron origen ilícito, aunque fueron introducidos ilegalmente a dos campañas electorales de Fuerza Popular. Pero en la coyuntura han pasado a tener mayor visibilidad defectos procedimentales provenientes de la etapa anterior al juzgamiento.
Las irregularidades compiten en importancia. Figuran 48 acusados por hasta cinco delitos –organización criminal, lavado de activos, falsa declaración en procedimiento administrativo, falsedad genérica y obstrucción de la justicia– sin precisarse la imputación concreta. Tampoco se han individualizado las pruebas admitidas para determinar qué delito y la responsabilidad de qué acusado van a demostrar. Como hay más de 5.000 medios de prueba, el derecho de defensa resultó vulnerado. El juzgado decidió continuar, a riesgo de que el edificio se venga abajo.
El 11 marzo del 2021, un mes antes de que se produjeran las elecciones de ese año, en las que Fujimori competía, José Domingo Pérez se precipitó en dar por concluida la investigación preparatoria, no obstante que faltaban diligencias, algunas dispuestas por el juez a pedido de las defensas, y que para atenderlas el propio fiscal solicitó y obtuvo una ampliación de plazo hasta el 21 de febrero del año siguiente. Una vez cerrada la fase preparatoria, de acuerdo a ley, el fiscal tiene 15 días para presentar su acusación. Lo hizo en la misma fecha: 13.000 páginas que, obviamente, se empezaron a redactar desde mucho antes. El propósito fue afectar la candidatura fujimorista.
Como consecuencia, hubo múltiples modificaciones permitidas por el juez del caso, Víctor Zúñiga. Cuando este decidió dar por saneada la acusación, la falta de claridad persistía, aún después de 22 correcciones que hizo el Ministerio Público y pese a que la revisión solo es permitida por única vez y para aspectos no sustantivos. No existe precedente de un parchado jurídico de tales proporciones. En la audiencia del lunes 1 de julio, Percy García Cavero, abogado del penalista Arsenio Oré, a quien se atribuye obstrucción de la justicia, le pidió al colegiado que exigiera a la fiscalía presentar la acusación en un solo texto, señalando a quién se acusa de qué y con qué pruebas. Los jueces se negaron.
Todo no está dicho al respecto. La Corte Suprema debe emitir un pronunciamiento sobre la legalidad del cierre abrupto de la investigación preparatoria. Y están por conocerse dos resoluciones del Tribunal Constitucional (TC). Una ya votada corresponde a la acción de amparo presentada por Arsenio Oré, quien, según la acusación, amenazaba a testigos, junto con abogados de su estudio, para declarar a favor de la presunta organización criminal liderada por Keiko Fujimori. Oré niega los cargos. En el 2018 solicitó al fiscal Pérez que se excluyera de investigar la supuesta obstrucción de la justicia porque, de haber ocurrido, perjudicaba uno de sus casos. Alguien afectado directamente no debería dilucidar los hechos. Como Pérez se negó, Oré recurrió al coordinador de lavado de activos, Rafael Vela, con iguales resultados. Entonces acudió al TC.
El recurso se vio en audiencia pública, el 24 de mayo pasado. Sorprendentemente, el Ministerio Público no se presentó, lo que podría ser interpretado como un abandono de la causa. El magistrado Pedro Hernández llamó la atención sobre esta ausencia en un caso tan relevante y la consideró una falta de respeto al tribunal. Lo secundó Helder Domínguez. Solo en la cancha, Arsenio Oré expuso que el fiscal Pérez no evaluó en ningún sentido sus documentos de defensa, tampoco desarrolló actividad importante para sustentar los cargos y al final incorporó hechos nuevos, a los que no pudo responder. Lo mandó a juicio sin haber investigado.
Luego, Oré expuso la aritmética que haría inviable el proceso. Dijo que el juez admitió 5.436 elementos de prueba, entre los que hay 1.031 testigos que 48 abogados podían interrogar y 50 fiscales más 50 procuradores. Como todos ellos pueden preguntar porque la carga probatoria no está individualizada, podría llegarse a una exorbitante cantidad de sesiones. Para atenderlas, dijo: “A ninguno de los acusados y, me temo, ni tampoco a los magistrados que intervendrían les alcanzaría la vida. No solamente a mí que tengo 82 años”.
La pretensión de Oré es invalidar la investigación por obstruir la justicia que se le siguió y recomenzarla sin Pérez ni Vela. Si el TC le da la razón –lo que se conocerá en los próximos días–, sería declarado nulo todo lo investigado por obstrucción de la justicia desde que Vela rechazó el recurso de exclusión contra Pérez. Y no solo respecto de Oré, sino de toda la dirigencia de Fuerza Popular, pues la teoría del fiscal es que la cúpula del partido ideó la comisión del delito ejecutado por el abogado. Otro fiscal deberá determinar si corresponde acusar o archivar la carpeta.
El segundo pronunciamiento del TC corresponde a una acción de hábeas corpus presentada por José Chlimper y sustentada en la misma audiencia del 24 de mayo por el abogado Julio César Espinoza. Chlimper está imputado por los cinco delitos que concurren en el caso y la fiscalía pide que sea sentenciado a 30 años de prisión. Fue dirigente de Fuerza Popular durante los hechos investigados. El recurso contiene, en parte, los mismos fundamentos de afectación del derecho de defensa planteados por Oré, pero se centra en la protección del principio de la inmutabilidad de los hechos. Espinoza arguyó que, al inicio, en la formalización del proceso, el fiscal señaló determinadas ocurrencias que, sorpresivamente, en la acusación, fueron cambiadas por otras.
Espinoza dijo que a Chlimper se le imputaron 22 hechos nuevos por organización criminal, diez por lavado de activos, tres por obstrucción de la justicia y uno respecto del delito de falsa declaración en procedimiento administrativo. Además, durante la investigación se le consideró autor directo y en la acusación fue autor mediato por dominio de voluntad en aparatos organizados. Como no pudo defenderse, pide que se anulen todas las variantes de la acusación y se retrotraiga el proceso hasta antes de que fuera formulada.
En la fase previa al juicio se discutió intensamente el tema de las imprecisiones y de los nuevos hechos. El fiscal admitió los reparos y el juez le permitió subsanaciones incluso orales. La única opción que le dejaba la ley era sobreseer la causa, pues no prevé el manoseo de una acusación. Pero era una decisión traumática, demasiado pesada para los hombros de un juez como Víctor Zúñiga. Si el TC, en las próximas semanas, le da la razón a Chlimper, se vendrá abajo el proceso y también sería traumático. Pero al menos recomenzará sobre bases mejores. Peor es que después de muchos años el juicio quede en nada, con enormes recursos malgastados. Habría que exceptuar el caso del denominado pitufeo, cuya investigación demostró un encubrimiento de aportes que infringe la normativa electoral y que será admitido por Jaime Yoshiyama, según adelantó su abogado Humberto Abanto. Las arbitrariedades consentidas en el Caso Cocteles dañan más a la justicia que a Keiko Fujimori, cuyas cuentas pendientes debe pagarlas en el terreno de la política.