Ricardo Uceda

El próximo jueves 18, en audiencia pública, la Junta Nacional de Justicia () considerará destituir a la suspendida fiscal de la Nación, , según propone uno de sus miembros. Un acuerdo en ese sentido no sorprendería a nadie. Como tampoco sorprendió, un mes atrás, que el Congreso inhabilitara a Inés Tello –autora del informe acusatorio− y a otro miembro de la JNJ, Aldo Vásquez. Ambos episodios corresponden a la batalla por el control del Ministerio Público que se libra desde hace más de un año en distintos niveles. A resultas del fuego cruzado de acciones judiciales, los acontecimientos pueden cambiar radicalmente.

Así, los destituidos de la JNJ, a quienes un juez repuso porque habrían sido inhabilitados sin debido proceso, podrían volver a quedar fuera si el Tribunal Constitucional (TC) determina que el Poder Legislativo ejerció correctamente sus atribuciones. El Congreso le ha pedido anular la medida cautelar del juez que reinstaló en sus cargos a Tello y Vásquez, arguyendo que el Poder Judicial no puede interferir en sus funciones. Además, el pleno del Congreso acordó plantear al TC una demanda que establezca las competencias únicas y excluyentes que le corresponden. El conocimiento de los resultados es cuestión de tiempo.

A su vez, Benavides podría ser rehabilitada. Pues el TC también debe decidir si las competencias de la JNJ incluyen el control de los nombramientos que hace o deshace un fiscal de la Nación, un aspecto sustantivo en la acusación de Tello. En el Poder Judicial, Benavides ha venido perdiendo tutelas de derecho resueltas en primera instancia por el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, pero aún está pendiente su acción de amparo en la que pidió apartar a Tello y Vásquez por supuesta parcialidad. El juez constitucional Juan Carlos Núñez podría resolver en cualquier momento. Una vez producida su previsible destitución por el informe de Tello, Benavides aún puede impugnar en la JNJ y luego en el Poder Judicial y el TC. ¿Por qué decimos previsible? Primero, porque hay indicios de que Benavides realizó una remoción arbitraria. Pero sobre todo por los indicios de que una mayoría de la JNJ la quiere fuera del Ministerio Público.

Tello imputa a Benavides haber removido a la fiscal suprema adjunta Bersabeth Revilla a fin de que no siguiera viendo casos que comprometían a sus hermanas juezas Enma y Ruth. Para su propósito, indica, empleó un informe de baja productividad inconsistente y espurio. La fiscal reemplazante de Revilla, Azucena Solari, habría convalidado este reporte como retribución a su nombramiento. Un segundo sucesor, el fiscal Uriel Terán, habría sido designado para archivar los procesos de las hermanas. Los cargos contra Benavides son por interferencia en las investigaciones fiscales, falta de motivación de sus resoluciones y trato degradante contra la magistrada removida. El informe plantea destituir a Benavides y a Solari, e iniciar un proceso disciplinario inmediato a Terán. Propone expulsar a la jueza Enma Benavides, atribuyéndole haber interferido en las investigaciones a través de su hermana y mediante declaraciones falsas en los medios de comunicación. Todo esto fue rechazado por los imputados en sus respectivos descargos.

El informe se fundamenta en reportes del Sistema de Gestión Fiscal (SGF) indicativos de que la producción de expedientes resueltos por al área a cargo de Revilla, especializada en corrupción de funcionarios, era superior al 90%. Asimismo, en testimonios de 14 fiscales que trabajaron con la magistrada. En cambio, el informe que sirvió de base para la remoción indicaba un rendimiento inferior al 50%. Estuvo suscrito por el jefe de la Oficina de Productividad Fiscal, Abel Cartolín, quien, en su descargo, sostuvo que lo hizo de oficio, sin indicación expresa de Benavides. La sucesora fiscal Solari elaboró su informe con los datos de Cartolín. Tello acusó a ambos de falsear la realidad, pues la información válida estaba en los documentos del SGF que estaban a su alcance. Benavides solicitó un peritaje para determinar cuál medición era la idónea. La JNJ no aceptó la petición.

Otra fuente de fundamentación del informe son las declaraciones de Jaime Villanueva, el exasesor de Patricia Benavides. Esto traerá al caso la controversia sobre la falta de corroboración de sus dichos, ya planteada por Benavides al recurrir su suspensión. Adujo que la JNJ solo tuvo a disposición la palabra de Villanueva e impresiones de unos chats entre él y un supuesto “agente Roberto”, que dejaban entrever tráfico de favores hacia parlamentarios. Para justificar la destitución, Tello apoya la manifestación de Villanueva en el sentido de que Benavides ordenó elaborar los informes de baja productividad suscritos por Cartolín y Solari, que estos suscribieron sumisamente. Tello sostiene que el testimonio de Villanueva es fiable “porque tanto en sede penal como administrativa su delación ha sido uniforme, consistente y coherente”. Esta rotundidad en un miembro de la JNJ es una carga explosiva no solo contra Benavides, sino también contra fiscales como Pablo Sánchez, Rafael Vela, José Domingo Pérez, entre otros personajes, a quienes Villanueva señala como autores de graves infracciones.

La recurrencia a Villanueva en el informe sobrepasa la supuesta manipulación de los informes de productividad. Dijo que, luego de remover a Revilla y nombrar a Solari, Benavides reemplazó a esta última con el fiscal Terán, en quien confiaba más para lograr el archivamiento de los casos de sus hermanas. Aseguró que Benavides decía tener en la mano al juez Checkley, quien debía aprobar el sobreseimiento de la causa de la hermana Enma cuando Terán lo solicitara. Añadió que el fiscal Pablo Sánchez había pactado con Benavides que ella le archivaría una investigación por aprobar un contrato de servicios supuestamente indebido, a cambio de que él cerrara la carpeta contra su hermana Ruth. Terán efectivamente solicitó concluir los procesos de las dos hermanas. Pero Checkley rechazó el referido a Enma, disponiendo nuevas diligencias. Ordenó el levantamiento de su secreto bancario, algo que la fiscalía no solicitó bajo la gestión de Revilla. Sánchez, en cambio, cerró el caso de Ruth. Tello valoró distintamente los dichos de Villanueva, creyendo más en un contubernio de Benavides con Checkley que con Sánchez. Ha solicitado que ambos sean sometidos a investigación.

Un aspecto llamativo del informe es que esboza un cierto perfil criminológico de los personajes. Benavides tendría una personalidad proclive a denigrar a sus opositores. Utilizaba a las personas para lograr sus objetivos y después las abandonaba a su suerte. Con sus dotes de manipulación logró engatusar a la Junta de Fiscales Supremos para que nombraran a Solari y a Terán. Solari estaba dispuesta a mentir en un informe para pagar su ascenso. Terán era alguien “proclive a cometer infracciones”. Revilla, en cambio, personificaba todas las cualidades esperables en un magistrado. No cabe discutir estas conclusiones, solo comentar que requieren un criterio muy especializado para sostenerlas. En sus descargos, Benavides dijo que el cargo de fiscal de la Nación le otorga la facultad discrecional para remover fiscales provisionales de todas las instancias. Es lo que hace ahora su reemplazante, Juan Carlos Villena, sin suscitar protestas.

La remoción de Revilla nunca debió suceder, por mucho que la discrecionalidad de un fiscal de la Nación lo permitiera. Benavides incurrió en un conflicto de intereses que le restó legitimidad. Lo más razonable sería que, sin perjuicio de ejercer su defensa, desista de recuperar el cargo, pues si le fuera devuelto su ejercicio sería políticamente inviable. También sería razonable que una JNJ desprestigiada esperara a que se resuelvan las principales objeciones que rodean el proceso. ¿De qué sirve que destituidos destituyan, si después se determina que no deben seguir ocupando el puesto?

Ricardo Uceda es periodista

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