Buena idea, mala ley, por Franco Giuffra
Buena idea, mala ley, por Franco Giuffra
Franco Giuffra

Se aprobó finalmente en el Congreso el proyecto de ley sobre donación de alimentos. De todas las fórmulas posibles para regular esta materia, sin embargo, los parlamentarios escogieron la peor. 

La idea era promover la donación de alimentos en buen estado que todos los años se van a la basura porque ya no tienen valor comercial. Alguien ha estimado que solo los supermercados desechan al año 300 millones de soles de comida que otros peruanos podrían recibir.

Esos productos se destruyen hoy porque tributariamente tiene sentido. Contablemente, destruir o regalar no son lo mismo. Un supermercado puede registrar como gasto todo lo que destruya. Ese mayor gasto disminuye su impuesto a la renta. No pasa lo mismo con las donaciones. No puede registrar como gasto todo lo que dona. Si dona, paga más impuestos.

El proyecto aprobado la semana pasada debía corregir esa distorsión. Destruir o donar deberían tener el mismo efecto tributario. No ha sido así: la norma dice que se puede donar pero solo hasta el 10% de la renta neta. Todo lo que exceda ese monto conviene destruirlo.

Pues bien, resulta que lo que se permitirá donar es una pequeña parte de todo lo que se bota a la basura. Se hizo una norma para promover la donación pero no se ha promovido nada. 

No solo eso. El proyecto auspiciado por don Pedro Spadaro ha ido más allá. Ha establecido que, dentro de tres años, las donaciones sean obligatorias. ¿En qué sentido obligatorias? ¿Todo lo que hoy se destruye o solo lo que llega al 10% de la renta neta?

Hay que preguntárselo a don Pedro. El artículo 1 de su proyecto dice que a partir del tercer año de la vigencia de esta ley, “los almacenes de alimentos y supermercados donen la totalidad de los alimentos que tengan esta condición, quedando prohibida la destrucción de los mismos [...]”.

Pero la quinta disposición complementaria de su proyecto dice que “los almacenes de alimentos y supermercados estarán prohibidos de desechar o destruir alimentos que estén en la condición de ser donados, dentro del límite que permite la presente ley”.

Es decir, dos versiones contradictorias sobre la misma materia en la misma ley.

Si fuera el caso de que uno está obligado a donar todo pero solo puede deducir el 10%, esta norma es confiscatoria y seguramente será desafiada judicialmente por las empresas. 

Si fuera el caso de que uno está obligado a donar hasta el 10% de su renta neta, la norma no trajo mucho de nuevo porque ese límite, en rigor, ya existe hoy. 

Fuera de todo lo anterior, la obligación misma de donar es la segunda barbaridad del proyecto Spadaro. Es una exigencia que hoy solo ocurre en Francia y que implica una logística por parte de donantes y beneficiarios que no se puede imponer en el plazo de tres años. 

Finalmente, la norma también es mala cuando se trata de limitar la responsabilidad de los donantes sobre las condiciones sanitarias de los productos que donen y la suerte que corran una vez que son entregados. Esta materia es crítica para que el sistema funcione.

Esta norma no va a promover la donación; la va a enredar y burocratizar. Y seguramente complicará lo poco o mucho que ya ocurría espontáneamente entre empresas y beneficiarios. En resumen, una buena idea que cayó en las manos equivocadas.