Mercedes Aráoz destacó que se haya dado un importante paso a favor de la igualdad salarial entre varones y mujeres. (Foto: Congreso de la República)
Mercedes Aráoz destacó que se haya dado un importante paso a favor de la igualdad salarial entre varones y mujeres. (Foto: Congreso de la República)
Franco Giuffra

¿Por qué las mujeres ganan menos que los hombres? La explicación simplona, “lista para usar”, la puede obtener de su político de confianza: porque son víctimas de discriminación.

La respuesta más adecuada, sin embargo, es otra: depende. Hombres y mujeres también podrían ganar diferente porque algunas mujeres desean trabajar menos horas; porque hay trabajos más rudos que no desean hacer; porque prefieren tener hijos; porque no desean viajar por motivos laborales; porque escogen oficios y profesiones menos rentables.

Es decir, no necesariamente por un tema de discriminación. Incluso en ocupaciones similares, hombres y mujeres (u hombres versus hombres) pueden ganar diferente por una diversidad de razones (productividad, capacidad física, experiencia previa, antigüedad en el puesto, etc).

Ninguna de estas elucubraciones, por supuesto, estaba en la mente de los congresistas que la semana pasada aprobaron en el pleno un dictamen “sobre la ”. Una barbaridad absoluta, para decirlo de forma directa y anticipada.

No, ciertamente, porque se repita allí el gaseoso principio de “a igual trabajo igual remuneración” o porque se castigue a los empleadores que discriminen en sus ofertas de empleo. Todas estas cosas ya están en nuestra legislación desde hace años, empezando por la Ley 27270 del año 2000 o la Ley 28983 del 2007.

Es una barbaridad por otras razones. La primera, porque el nuevo proyecto obliga a todas las empresas, sin importar su tamaño, a elaborar “cuadros de categorías y funciones”. En buena cuenta, que expliquen en blanco y negro los puestos de la empresa, las categorías salariales y las condiciones o requisitos objetivos que definan diferencias salariales, ascensos y otros beneficios.

Imagine por un momento el ejercicio monumental que una clínica cualquiera deberá desplegar para detallar por qué dos enfermeras(os) que atienden en una emergencia pueden ganar diferente. Agregue a eso la complejidad de manejar los reclamos de trabajadoras que exijan incrementos salariales simplemente porque la diferencia de ingresos con alguno de sus compañeros no está cabalmente descrita en esos cuadros de categorías.

En segundo término, porque este proyecto obliga a todas las empresas a “informar a sus trabajadores la política salarial del centro de trabajo”. Qué pueda significar esto lo sabremos cuando se reglamente la norma, pero la posibilidad de que se exija la divulgación de sueldos o se restrinja la libertad de la empresa para fijar o modificar las compensaciones es un peligro real.

Finalmente, porque con este dictamen se extiende la prohibición de discriminar por sexo en las ofertas de empleo (una situación objetiva y verificable) a toda situación o condición de trabajo durante la relación laboral. Algo que, potencialmente, podría involucrar reclamos porque a una dama le asignaron un escritorio más chico o un turno menos conveniente o le denegaron un viaje de capacitación. A menos que, imagino, estas consideraciones, cuyo número es infinito, estén contenidas en el reglamento interno de trabajo, que en adelante seguramente deberá tener la extensión de la Enciclopedia Británica.

Una bomba atómica, en suma, que colocará al 99% de las empresas en condición de informalidad ipso facto, porque esta vaina no la va a poder cumplir nadie. Salvo en los inminentes sueños estivales de la promotora de esta iniciativa legislativa: la queridísima Meche Aráoz.