Con mucho acierto, el reciente paquete simplificador incluye cambios que hacen más simple el cumplimiento de algunas formalidades innecesarias en materia laboral. Se trata de un hecho sin precedentes. No hay memoria de ningún gobierno en las últimas décadas que se haya preocupado por reducir la maraña de exigencias laborales que abruman a las empresas y perjudican a los trabajadores.
No son modificaciones que afecten derechos laborales esenciales. En primer lugar, hablando de las modalidades formativas de trabajo (prácticas, pasantías, reinserción laboral), la norma elimina un instrumento inútil: el Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil, que las empresas debían presentar al ministerio.
Una necedad en donde había que consignar los planes que tenía la empresa para el año siguiente en cuanto a número de personas por reclutar, contenido de la formación, aprendizajes por alcanzar, ocupaciones a ser cubiertas, etc.
No existe ninguna evidencia de que ese mamarracho cubriera alguna necesidad, ni para el Estado, ni para las empresas, ni para los trabajadores involucrados.
El segundo cambio ha sido pasar igualmente por la trituradora el Plan de Entrenamiento y Actualización para la Reinserción Laboral. Una tontería similar que había que preparar de forma personalizada para cada trabajador comprendido en esta modalidad de formación (personas mayores desempleadas que debían adquirir nuevos conocimientos y experiencias para reengancharse en el mercado). El bendito plan debía redactarse en un máximo de 15 días, presentarse luego al ministerio y podía sufrir cambios una sola vez.
¿Qué diablos tiene que hacer el Estado supervisando las horas y contenidos de la capacitación o formación entre una persona y su empresa? ¿Qué empleado del ministerio iba a conseguir algo útil leyendo que a don Fulano de Tal le iban a dar 100 horas de entrenamiento en torno revólver y solo 50 en manejo de fresadora?
Lo siguiente ha sido eliminar la necesidad de que todos los convenios formativos debían presentarse al ministerio, sea de forma física o virtual, pagando una tasa. No solo eso, había que llevar en la empresa un cuaderno especial donde esos convenios constaran debidamente registrados.
Se trata de una disposición prescindible, puesto que ya existe la obligación de consignar esos convenios y contrataciones en la planilla PDT que mensualmente se envía a la Sunat. Es decir, era una doble declaración para sacar plata nomás.
Usted esperaría que el respaldo hacia estas medidas fuera unánime, habida cuenta de que el trabajo no sobra en el Perú y, cuando existe, es mayoritariamente informal.
Se equivoca. Menos de una semana después de publicado este paquete, el Frente Amplio (FA) produjo un proyecto de ley para derogar estas disposiciones. Según la exposición de motivos, “la obligación de registrar los contratos y convenios ha sido reemplazada por una simple declaración en una planilla electrónica”.
Más todavía. El FA considera que con estos cambios se busca “derogar obligaciones que tratan de garantizar la seguridad y permanencia de los trabajadores en sus puestos de trabajo”. En resumen, dicen, se pretende “reducir los derechos de los trabajadores a simples trámites inútiles”.
Es un misterio de dónde saca el FA estos argumentos ni qué norma pueden haber leído. Si una planilla electrónica es capaz de “precarizar” el empleo, tendremos que regresar a escribir todo a mano sobre papel sello sexto. Es una lástima que la izquierda en el Congreso no sea capaz de discutir con seriedad la muy necesaria reforma laboral que los peruanos se merecen.